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Documento BOE-A-2005-4817

Resolucion de 11 de marzo de 2005, de la Secretaría General Técnica, relativa al Acuerdo Multilateral M-164 en virtud de la Sección 1.5.1 del Acuerdo Europeo sobre transporte internacional de mercancías peligrosas por carretera (ADR) (publicado en el «Boletín Oficial del Estado» n.º 18, de 21 de enero de 2005), relativo al transporte de sólidos en cisternas de código de cisterna (L), hecho en Madrid el 27 de diciembre de 2004.

[Vigencia agotada]

Publicado en:
«BOE» núm. 71, de 24 de marzo de 2005, páginas 10324 a 10324 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación
Referencia:
BOE-A-2005-4817
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/ai/2004/12/27/(1)

TEXTO ORIGINAL

ACUERDO MULTILATERAL ADR M-164
En virtud de la sección 1.5.1 del ADR, relativo al transporte de sólidos en cisternas de código de cisterna (L)

1. Como excepción a las disposiciones del 4.3.4.1.2 del ADR relativo a la jerarquía de las cisternas, las cisternas con código de cisternas para líquidos (L) pueden utilizarse también para el transporte de sólidos, siempre que cualquier elemento (número o letra) de las partes 2 a 4 de este código cisterna sea conforme a las disposiciones del 4.3.4.1.2.

2. Son de aplicación el resto de las disposiciones del ADR relativas al transporte de la materia. 3. Además de la información requerida, el expedidor deberá incluir en la carta de porte la mención:

«Transporte conforme a la sección 1.5.1 del ADR (M-64)»

4. El presente acuerdo se aplicará a los transportes entre los países que firmen este acuerdo hasta el 31 de diciembre de 2006. Si se revoca por uno de los países signatarios, seguirá siendo aplicable únicamente a los transportes entre las Partes Contratantes que lo hayan firmado y no lo hayan revocado, en su territorio.

Madrid, 27 de diciembre de 2004.-La autoridad competente del ADR en España, Juan Miguel Sánchez García, Director General de Transportes por Carretera. El presente Acuerdo ha sido firmado por las Autoridades competentes del ADR de:

Alemania.

Austria. España. Francia. Noruega. República Checa.

Lo que se hace público para conocimiento general.

Madrid, 11 de marzo de 2005.-El Secretario General Técnico, Francisco Fernández Fábregas.

ANÁLISIS

  • Rango: Acuerdo Internacional
  • Fecha de disposición: 27/12/2004
  • Fecha de publicación: 24/03/2005
  • Efectos hasta el 31 de diciembre de 2006.
  • Esta disposición ha dejado de estar vigente.
  • Fecha Resolución Ministerio de Asuntos Exteriores: 11 de marzo de 2005.
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • CORRECCIÓN de erratas, en BOE núm. 90, de 15 de abril de 2005 (Ref. BOE-A-2005-6026).
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con la sección 1.5.1 del anexo A del Acuerdo de 30 de septiembre de 1957, texto revisado (ADR) (Ref. BOE-A-2005-1076).
Materias
  • Acuerdos internacionales
  • Alemania
  • Austria
  • Comisión Económica para Europa de las Naciones Unidas CEPE
  • Envases
  • España
  • Francia
  • Mercancías peligrosas
  • Noruega
  • República Checa
  • Transportes por carretera

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