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Documento BOE-A-2005-4513

Orden JUS/659/2005, de 14 de marzo, por la que se dispone que los juzgados de primera instancia e instrucción del partido judicial de Vilanova i la Geltrú (Barcelona) sean servidos por Magistrados.

Publicado en:
«BOE» núm. 66, de 18 de marzo de 2005, páginas 9545 a 9546 (2 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Justicia
Referencia:
BOE-A-2005-4513
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/2005/03/14/jus659

TEXTO ORIGINAL

El apartado 2 del artículo 21 de la Ley 38/1988, de 28 de diciembre, de demarcación y de planta judicial, dispone que el Ministro de Justicia podrá establecer que los juzgados de primera instancia y de instrucción, o de primera instancia e instrucción, sean servidos por magistrados, siempre que estén radicados en un partido judicial superior a 150.000 habitantes de derecho o experimenten aumentos de población de hecho que superen dicha cifra, y el volumen de cargas competenciales así lo exija. Asimismo, el apartado 3 del mencionado artículo dispone que, en el caso de que así se establezca, se procederá a la modificación correspondiente de los anexos de la ley relativos a la planta judicial. En su virtud y con informe previo del Consejo General del Poder Judicial, dispongo:

Artículo 1. Elevación a categoría de magistrado.

Los juzgados de primera instancia e instrucción del partido judicial de Vilanova i la Geltrú (Barcelona) serán servidos por magistrados.

Artículo 2. Régimen retributivo de la Carrera Judicial.

Los jueces que actualmente sirven estos juzgados se integrarán en el grupo 4 del anexo II.1, de la Ley 15/2003, de 26 de mayo, reguladora del régimen retributivo de las carreras judicial y fiscal y percibirán el complemento de destino correspondiente a este grupo anexo II.2 de la citada ley. Respecto a la cuantía de las pagas extraordinarias, está fijada en la Ley de Presupuestos Generales del Estado.

Artículo 3. Complemento de destino de los secretarios judiciales y demás personal de la Administración de Justicia.

Los secretarios judiciales y demás personal al servicio de estos juzgados percibirán el complemento de destino correspondiente a la nueva categoría.

Disposición transitoria única. Situación de los secretarios judiciales.

Los secretarios judiciales que continuarán prestando servicios en los juzgados de primera instancia e instrucción del partido judicial de Vilanova y la Geltrú (Barcelona) servidos por jueces, convertidos en juzgados de primera instancia e instrucción, servidos por magistrado, ascenderán a la segunda categoría sin pérdida de su destino cuando lo haga el que le siga en el escalafón.

Disposición final primera. Modificación de anexos.

El anexo VI de la Ley 38/1988, de 28 de diciembre, de demarcación y de planta judicial, en lo concerniente a la provincia de Barcelona, queda modificado conforme se establece en el anexo de la presente orden.

Disposición final segunda. Entrada en vigor.

La presente orden entrará en vigor el día 21 de marzo de 2005.

Madrid, 14 de marzo de 2005.

LÓPEZ AGUILAR

Sr. Director general de Relaciones con la Administración de Justicia.
Anexo

«ANEXO VI

Juzgados de Primera Instancia e Instrucción

Cataluña

Provincia

Partido judicial número

Primera Instancia

Instrucción

Primera Instancia e Instrucción

Barcelona.

1

-

-

5

2

-

-

5 Servidos por Ma-gistrados.

3

5

4

-

4

5

4

-

5

-

-

4

6

-

-

6 Servidos por Ma-gistrados.

7

-

-

4

8

-

-

2

9

-

-

3

10

6

4

-

11

59

33

-

12

-

-

4

13

6

4

-

14

-

-

6 Servidos por Ma-gistrados.

15

5

4

-

16

-

-

7 Servidos por Ma-gistrados.

17

6

5

-

18

-

-

6 Servidos por Ma-gistrados.

19

-

-

6 Servidos por Ma-gistrados.

20

-

-

4

21

-

-

6 Servidos por Ma-gistrados.

22

-

-

4

23

-

-

2

24

-

-

5 Servidos por Ma-gistrados.

25

-

-

5 Servidos por Ma-gistrados.

Total

234»

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 14/03/2005
  • Fecha de publicación: 18/03/2005
  • Fecha de entrada en vigor: 21/03/2005
Referencias anteriores
  • MODIFICA el anexo VI de la Ley 38/1988, de 28 de diciembre (Ref. BOE-A-1988-29622).
Materias
  • Administración de Justicia
  • Barcelona
  • Juzgados de Primera Instancia e Instrucción
  • Magistrados
  • Reparto de asuntos

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