El Tribunal Constitucional, por Auto de 2 de febrero actual, ha acordado declarar extinguida la cuestión de inconstitucionalidad número 4567-2003 planteada por la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, en relación con el artículo 59, c), de la Ley de Cataluña 5/1994, de 4 de mayo, de regulación de los Servicios de Prevención y Extinción de Incendios y Salvamento, que fue admitida a trámite por providencia de 16 de septiembre de 2003.
Madrid, 2 de febrero de 2005.-La Presidenta del Tribunal Constitucional,
CASAS BAAMONDE
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