El Tribunal Constitucional, por Auto de 2 de febrero actual, ha acordado tener por desistido al Abogado del Estado, en la representación que legalmente ostenta del recurso de inconstitucionalidad número 783-2003, planteado en relación con la disposición adicional quinta de la Ley de Andalucía 10/2002, de 21 de diciembre, por la que se aprueban normas en materia de tributos cedidos y otras medidas tributarias, administrativas y financieras, declarándose extinguido el proceso que fue admitido a trámite por providencia de 25 de marzo de 2003.
Madrid, 2 de febrero de 2005.-La Presidenta del Tribunal Constitucional,
CASAS BAAMONDE
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