El Consejo de Administración de la entidad pública empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias, en su sesión de 28 de enero de 2005, ha adoptado por unanimidad de sus miembros el siguiente Acuerdo de delegación de competencias en el Presidente en materia de contratación:
Primero.-El Consejo de Administración actuará como órgano de contratación de esta Entidad Pública Empresarial en todos aquellos contratos cuyo importe exceda de 6.000.000,00 de euros, en el ejercicio de las competencias que se relacionan a continuación: Las facultades que impliquen la aprobación del expediente, del gasto, la apertura del procedimiento de adjudicación y la adjudicación misma de aquellos contratos.
Las facultades relativas a la modificación de los contratos citados, cuando tales modificaciones impliquen, aislada o conjuntamente, una alteración superior al 10 % del precio de adjudicación de contrato, o la modificación sea causa de resolución contractual. Las facultades relativas a los contratos complementarios de los citados contratos, cuando los contratos complementarios, aislada o conjuntamente, tengan un presupuesto que represente más de un 10 % de contrato principal. Las facultades relativas a las certificaciones finales y liquidaciones de los mencionados contratos, cuando tales certificaciones finales o liquidaciones impliquen un gasto adicional superior al 10 % del precio del contrato. Las facultades relativas al desistimiento y a la suspensión de la ejecución de los citados contratos cuando sean causa de resolución. Las facultades relativas a la resolución de los contratos mencionados.
Segundo.-Se delegan en el Presidente del Administrador de Infraestructuras Ferroviarias el resto de las competencias que correspondan al órgano de contratación en los contratos de importe superior a 6.000.000,00 de euros.
Madrid, 28 de enero de 2005.-El Presidente, Antonio González Marín.
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