El Real Decreto 439/1990, de 30 de marzo, por el que se regula el Catálogo Nacional de Especies Amenazadas, aprobado en desarrollo de la Ley 4/1989, de 27 de marzo, de conservación de los Espacios Naturales y de la Flora y Fauna Silvestres, establece en sus artículos 4 y 5, que la inclusión o exclusión de una especie, subespecie o población en el citado Catálogo Nacional, así como el cambio de categoría dentro del mismo, se realizará mediante Orden ministerial, previo informe de la Comisión Nacional de Protección de la Naturaleza. A su vez el Real Decreto 2488/1994, de 23 de Diciembre, por el que se determinan las funciones de la Comisión Nacional de Protección de la Naturaleza, en su artículo 2, d) 1, establece que este órgano ejercerá la función, entre otras, de proponer la catalogación, descatalogación o cambio de categoría de las especies, subespecies o poblaciones incluidas en el Catálogo Nacional de Especies Amenazadas. De acuerdo con lo anterior, las modificaciones del citado Catálogo Nacional que se contemplan en esta Orden, fueron informadas y propuestas por dicha Comisión Nacional en su reunión del día 16 de diciembre de 2004, según propuesta previamente presentada y debatida por el Comité de Flora y Fauna Silvestres en su reunión del 28 de octubre de 2004. Esta modificación del Catálogo Nacional de Especies Amenazadas supone la inclusión de la especie de flora, Astragalus nitidiflorus, en la categoría «En peligro de extinción», dado que es un endemismo con una sola población conocida muy reducida, así como la inclusión en esta misma categoría del Lagarto gigante de La Gomera, reptil que había sido considerado extinto y del que actualmente se conoce la existencia de una población con pocos ejemplares y con graves amenazas a su supervivencia. A su vez, cambian a una categoría de mayor protección el Urogallo cantábrico y el Visón europeo, que pasan a «En peligro de extinción». Ambas especies ya habían sufrido un cambio de categoría. El Urogallo cantábrico pasó de la categoría «De interés especial» a «Vulnerable» según la Orden de 9 de julio de 1998 y el Visón europeo, también «De interés especial» a «Vulnerable» según la Orden de 9 de junio de 1999. La situación de estas dos especies se ha visto agravada en los últimos años, en el caso del Urogallo cantábrico por una acusada reducción de su población y acentuado fracaso reproductivo. De igual modo la situación de la población del Visón europeo ha continuado agravándose principalmente por la competencia que está sufriendo con el Visón americano, una especie alóctona. Por todo lo anterior, a propuesta de la Comisión Nacional de Protección de la Naturaleza, y en virtud de lo establecido en el artículo 5 del Real Decreto 439/1990, de 30 de marzo, por el que se regula el Catálogo Nacional de Especies Amenazadas, dispongo:
Primero.-Se incluyen en el Catálogo Nacional de Especies Amenazadas, las especies que figuran en el anexo I de esta Orden.
Segundo.-Cambian de categoría, dentro del Catálogo Nacional de Especies Amenazadas, las especies que figuran en el anexo II de esta Orden.
Tercero.-Esta Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 27 de junio de 2005.
NARBONA RUIZ
ANEXO I Taxones incluidos en el Catálogo «En peligro de extinción» |
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Nombre común |
Nombre científico |
- Lagarto gigante de La Gomera. |
Astragalus nitidiflorus. Gallotia bravoana. |
ANEXO II Taxones que cambian de categoría Especies que cambian a la categoría «En peligro de extinción» |
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Nombre común |
Nombre científico |
Categoría anterior |
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Urogallo cantábrico. Visón europeo. |
Tetrao urogallus cantabricus. Mustela lutreola. |
Vulnerable. Vulnerable. |
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