El artículo 7 del reglamento regulador del Registro Central de Personal, aprobado por Real Decreto 2073/1999, de 30 de diciembre (BOE del 18 de enero de 2000), establece que el Secretario de Estado para la Administración Pública aprobará los formatos normalizados de los documentos registrales que se utilizan para la comunicación y realización de anotaciones en el Registro. Dichas competencias son atribuidas, por el Real Decreto 1320/2004, de 28 de mayo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Administraciones Públicas, al Secretario General para la Administración Pública. Los modelos actualmente vigentes fueron aprobados por Resolución de la Secretaría de Estado para la Administración Pública de 2 de septiembre de 2002 (BOE de 21 de septiembre). La aprobación de las relaciones de puestos de trabajo de personal laboral, ha puesto de relieve la necesidad de incluir en la parte descriptiva de los puestos de trabajo de todos los impresos «L», los tipos de complementos ligados a los puestos, establecidos en el artículo 75.3 del convenio único para el personal laboral de la Administración General del Estado. Por otra parte, se ha planteado la necesidad de incorporar a todos los impresos la información correspondiente a los casos en que el empleado público tiene reconocido un grado personal o un grupo profesional superior al del puesto de trabajo o categoría que desempeña, lo que se ha incluido en los datos del funcionario o trabajador que se incorporan en todos los impresos F o L, respectivamente. Asimismo, se ha planteado la necesidad de completar, a título informativo, determinados datos de las licencias, las sanciones o los datos de destino del personal que cesa por paso a otra Administración o ámbito externo al Registro Central de Personal, por lo que se modifican los apartados correspondientes en los modelos de impresos F3, F4R, F6, F6R, F12R, F17, F17R, L1R, L9R, L14 y L14R. Debe, también, considerarse que los acuerdos de movilidad del personal funcionario entre distintas Administraciones Públicas, posibilitan la consolidación del grado personal en el servicio en otra Administración y ello ha de tenerse en cuenta en su retorno al servicio de la Administración General del Estado. Por tanto, se hace preciso abrir el modelo F16R de «Resolución de reconocimiento o convalidación de grado personal», que hasta ahora se limitaba a convalidar la consolidación de grado personal en el servicio de las Administraciones autonómicas, a la convalidación de este hecho cuando se produce en el servicio a otras Administraciones Públicas. Por último, en el L21R, se han resumido las posibles causas de modificación de puestos de trabajo del apartado 4. Por consiguiente, esta Secretaría general ha resuelto:
Primero.-Aprobar los documentos registrales que figuran en el anexo de esta Resolución, sustituyendo a los mismos modelos aprobados en la Resolución del 2 de septiembre del 2002, publicada en el Boletín Oficial del Estado del 21 de septiembre del 2002.
Segundo.-Publicar las tablas de códigos que deben utilizarse para cumplimentar los nuevos apartados establecidos en los modelos de impresos F3, F4R, F6, F6R y L1R.
Tercero -Las Unidades gestoras de personal podrán consultar y descargar todos los formatos y códigos actualizados de los documentos registrales en la web del Registro Central de Personal, accesible a través de «Funciona: El Portal del Empleado Público» (www.funciona.es) en la Intranet Administrativa. Asimismo, podrán solicitar al Registro un CDROM conteniendo los documentos vigentes y sus códigos en formatos PDF y PCL.
Madrid, 26 de mayo de 2005.-El Secretario General para la Administración Pública, Francisco Javier Velázquez López.
Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF de esta disposición.
LO Administración Local.
DI Diputación. AY Ayuntamiento. CA Cabildo Insular. PJ Consejo General del Poder Judicial. AJ Órganos de la Administración de Justicia. SS Instituciones Sanitarias de la Seguridad Social. PV Comunidad Autónoma del País Vasco. CE Ciudad de Ceuta. ME Ciudad de Melilla. NA Comunidad Foral de Navarra. AN Comunidad Autónoma de Andalucía. AR Comunidad Autónoma de Aragón. AS Principado de Asturias. CL Comunidad Autónoma de Castilla y León. CM Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha. CN Comunidad Autónoma de Cantabria. CT Comunidad Autónoma de Cataluña. CV Comunidad Valenciana. EX Comunidad Autónoma de Extremadura. GA Comunidad Autónoma de Galicia. IB Comunidad Autónoma de Illes Balears. IC Comunidad Autónoma de Canarias. LR Comunidad Autónoma de La Rioja. MD Comunidad de Madrid. MU Región de Murcia
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid