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Documento BOE-A-2004-7456

Resolución de 1 de abril de 2004, de la Dirección General de Trabajo, por la que se dispone la inscripción en el registro y publicación de la tabla salarial definitiva para el año 2003 y la provisional para el año 2004, del Convenio Básico de ámbito estatal para la Fabricación de Conservas Vegetales.

Publicado en:
«BOE» núm. 99, de 23 de abril de 2004, páginas 16441 a 16442 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-2004-7456
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2004/04/01/(3)

TEXTO ORIGINAL

Visto el texto del acta de fecha 17 de febrero de 2004 donde se recogen los acuerdos referentes a la tabla salarial definitiva para el año 2003 y la provisional para el año 2004 del Convenio Básico de ámbito estatal para la Fabricación de Conservas Vegetales (Código de Convenio n.º 9901305), acuerdos alcanzados de una parte por la Federación Nacional de Asociaciones de la Industria de Conservas Vegetales (FNACV) y la Asociación Española de Fabricantes de Conservas Vegetales (AGRUCON) en representación de las empresas del sector y de otra parte por las centrales sindicales UGT y CC.OO. en representación de los trabajadores del mismo, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo, Esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero.-Ordenar la inscripción de la citada Revisión salarial en el correspondiente Registro de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.-Disponer su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 1 de abril de 2004.-La Directora General, Soledad Córdova Garrido.

ACTA DE LA COMISIÓN PARITARIA DEL CONVENIO COLECTIVO NACIONAL DE CONSERVAS VEGETALES

En Madrid, en la sede de la Federación Nacional de Asociaciones de la Industria de Conservas Vegetales (FNACV), sita en la calle Princesa n.o 24, Madrid, siendo las doce horas del día diecisiete de febrero de dos mil cuatro, se reúnen:

De una parte, por las Centrales Sindicales:

D. Sebastián Serena Expósito, D.a Eva Ruiz Ferrando y D. José Luis Pérez Lizar, en representación de la Unión General de Trabajadores (U.G.T.).

D. Carlos González Abad, en representación de Comisiones Obreras (CC.OO.).

Y de otra parte por las Asociaciones Empresariales:

D.ª Carmen Balaguer Pons y D. José M.a Arregui Zamorano, en representación de la Federación Nacional de Asociaciones de la Industria de Conservas Vegetales (FNACV).

D. Ricardo Armendáriz Tainta, en representación de la Asociación Española de Fabricantes de Conservas Vegetales (AGRUCON).

Las partes se reconocen mutua capacidad para suscribir este documento y

ACUERDAN

1.o Firmar la Tabla Salarial definitiva para el año 2003 del Convenio Básico, de ámbito estatal para la Fabricación de Conservas Vegetales, así como la provisional para el año 2004.

2.o Facultar a la representación empresarial para que realice las gestiones oportunas para el registro y publicación de las Tablas.

TABLAS :

(VER IMÁGENES, PÁGINAS 16441 A 16442)

Tablas de salarios año 2003

DEFINITIVAS A 31/12/2003

Personal fijo de plantilla

P. penosidad peligrosidad -Euros/hora

Hora extra -Euros/hora

Salario año -Euros

Salario mes -Euros Niveles

Nivel 1.1 . . . . . . . . . . 1.011,97 15.179,55 11,78 0,82 Nivel 1.2 . . . . . . . . . . 934,47 14.017,05 10,82 0,78 Nivel 1.3 . . . . . . . . . . 934,47 14.017,05 10,75 0,75 Nivel 1.4 . . . . . . . . . . 893,68 13.405,20 10,29 0,71 Nivel 1.5 . . . . . . . . . . 893,16 13.397,40 10,20 0,71 P. penosidad peligrosidad -Euros/hora

Hora extra -Euros/hora

Salario año -Euros

Salario mes -Euros Niveles

Nivel 1.6 . . . . . . . . . . 875,76 13.136,40 10,08 0,70 Nivel 1.7 . . . . . . . . . . 850,82 12.762,30 9,75 0,69 Nivel 1.8 . . . . . . . . . . 848,19 12.722,85 9,70 0,69 Nivel 1.9 . . . . . . . . . . 819,51 12.292,65 9,36 0,66 Nivel 1.10 . . . . . . . . . 789,84 11.847,60 9,34 0,69 Nivel 1.11 . . . . . . . . . 784,80 11.772,00 9,28 0,68 Nivel 1.12 . . . . . . . . . 783,91 11.758,65 9,13 0,68 Nivel 1.13 . . . . . . . . . 755,31 11.329,65 9,09 0,68 Nivel 1.14 . . . . . . . . . 755,31 11.329,65 9,09 0,68 Nivel 1.15 . . . . . . . . . 629,09 9.436,35 - -Nivel 1.16 . . . . . . . . . 578,81 8.682,15 - -

Personal fijo discontinuo y eventual

Partes proporcs.

-Euros

P. penosidad peligrosidad -Euros/hora

Salario hora/global -Euros

Hora extra -Euros/hora

Salario base/hora -Euros Niveles

Nivel 2.10 . . . . . 4,00 2,66 6,66 9,34 0,69 Nivel 2.12 . . . . . 3,97 2,64 6,61 9,13 0,68 Nivel 2.13 . . . . . 3,82 2,54 6,36 9,09 0,68 Nivel 2.14 . . . . . 3,82 2,54 6,36 9,09 0,68 Nivel 2.15 . . . . . 3,18 2,12 5,30 - -Nivel 2.16 . . . . . 2,93 1,95 4,88 - - En el salario hora global está incluido el 66,67 por 100 de todas las partes proporcionales correspondientes a domingos, en su caso, sábados, festivos, vacaciones, gratificaciones extraordinarias y 30 días de premio de permanencia.

La cotización a la Seguridad Social se efectuará por el salario hora global.

Tablas de salarios año 2004

PREVISIÓN I.P.C. 2004 + 0,5%

Personal fijo de plantilla

P. penosidad peligrosidad -Euros/hora

Hora extra -Euros/hora

Salario año -Euros

Salario mes -Euros Niveles

Nivel 1.1 . . . . . . . . . . 1.037,27 15.559,05 12,07 0,84 Nivel 1.2 . . . . . . . . . . 957,83 14.367,45 11,09 0,80 Nivel 1.3 . . . . . . . . . . 957,83 14.367,45 11,02 0,77 Nivel 1.4 . . . . . . . . . . 916,02 13.740,30 10,55 0,73 Nivel 1.5 . . . . . . . . . . 915,49 13.732,35 10,46 0,73 Nivel 1.6 . . . . . . . . . . 897,65 13.464,75 10,33 0,72 Nivel 1.7 . . . . . . . . . . 872,09 13.081,35 9,99 0,71 Nivel 1.8 . . . . . . . . . . 869,39 13.040,85 9,94 0,71 Nivel 1.9 . . . . . . . . . . 840,00 12.600,00 9,59 0,68 Nivel 1.10 . . . . . . . . . 809,59 12.143,85 9,57 0,71 Nivel 1.11 . . . . . . . . . 804,42 12.066,30 9,51 0,70 Nivel 1.12 . . . . . . . . . 803,51 12.052,65 9,36 0,70 Nivel 1.13 . . . . . . . . . 774,19 11.612,85 9,32 0,70 Nivel 1.14 . . . . . . . . . 774,19 11.612,85 9,32 0,70 Nivel 1.15 . . . . . . . . . 644,82 9.672,30 - -Nivel 1.16 . . . . . . . . . 593,28 8.899,20 - -

Personal fijo discontinuo y eventual

Partes proporcs.

-Euros

P. penosidad peligrosidad -Euros/hora

Salario hora/global -Euros

Hora extra -Euros/hora

Salario base/hora -Euros Niveles

Nivel 2.10 . . . . . 4,09 2,73 6,82 9,57 0,71 Nivel 2.12 . . . . . 4,06 2,71 6,77 9,36 0,70 Nivel 2.13 . . . . . 3,91 2,61 6,52 9,32 0,70

Partes proporcs.

-Euros

P. penosidad peligrosidad -Euros/hora

Salario hora/global -Euros

Hora extra -Euros/hora

Salario base/hora -Euros Niveles

Nivel 2.14 . . . . . 3,91 2,61 6,52 9,32 0,70 Nivel 2.15 . . . . . 3,26 2,17 5,43 - -Nivel 2.16 . . . . . 3,00 2,00 5,00 - - En el salario hora global está incluido el 66,67 por 100 de todas las partes proporcionales correspondientes a domingos, en su caso, sábados, festivos, vacaciones, gratificaciones extraordinarias y 30 días de premio de permanencia.

La cotización a la Seguridad Social se efectuará por el salario hora global.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 01/04/2004
  • Fecha de publicación: 23/04/2004
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo (Ref. BOE-A-1995-7730).
    • Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo (Ref. BOE-A-1981-12841).
  • EN RELACIÓN con el Convenio publicado por Resolución de 28 de enero de 2003 (Ref. BOE-A-2003-2885).
Materias
  • Conservas
  • Convenios colectivos
  • Productos agrícolas

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