ENMIENDAS AL ANEXO DEL CONVENIO INTERNACIONAL PARA LA REGULACIÓN DE LA PESCA DE LA BALLENA, 1946
En la 55.ª Reunión Anual de la Comisión Ballenera Internacional, celebrada en Berlín del 16 al 19 de junio de 2003, se aprobaron las siguientes enmiendas del Anexo (modificaciones en negrilla):
Párrafos 11 y 12 y Cuadros 1, 2 y 3:
Sustitución de las fechas por: Temporada pelágica 2003/2004, temporada costera 2004, temporada 2004 ó 2004, según proceda.
Las presentes Enmiendas entrarán en vigor el 30 de septiembre del 2003.
Las presentes Enmiendas entraron en vigor el 30 de septiembre de 2003.
Lo que se hace público para conocimiento general.
Madrid, 2 de febrero de 2004.-El Secretario general Técnico, Julio Núñez Montesinos.
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