Advertidos errores en el texto mencionado, publicado en el Boletín Oficial del Estado número 251 de fecha 18 de octubre de 2004, se procede a efectuar las siguientes correcciones:
Página 34750. Segunda columna. Anexo. Número I.14.Bis, punto 7, segunda línea: Donde dice: «... podrán ser cedidos a la Entidad Gestora...».
Debe decir: «... podrán ser cedidos a las Entidades Gestora y Depositaria...».
Página 34751.
Primera columna. Anexo. Número I.57.Bis, punto 7, segunda línea: Donde dice: «... podrán ser cedidos a la Entidad Gestora...».
Debe decir: «... podrán ser cedidos a las Entidades Gestora y Depositaria...».
Primera columna. Anexo. Número I.66.Bis, punto 7, segunda línea:
Donde dice: «... podrán ser cedidos a la Entidad Gestora...».
Debe decir: «... podrán ser cedidos a las Entidades Gestora y Depositaria...».
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