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Documento BOE-A-2004-16778

Resolución de 24 de septiembre de 2004, de la Secretaría de Estado de Hacienda y Presupuestos, por la que se delegan competencias en materia de recursos humanos.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 235, de 29 de septiembre de 2004, páginas 32468 a 32468 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-2004-16778
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2004/09/24/(1)

TEXTO ORIGINAL

Los Reales Decretos 553/2004, de 17 de abril y 562/2004, de 19 de abril, disponen la creación del Ministerio de Economía y Hacienda y establecen una nueva estructura del mismo, incluyendo entre sus órganos superiores a la Secretaría de Estado de Hacienda y Presupuestos. Dicha estructura orgánica básica ha sido desarrollada por el Real decreto 1552/2004, de 25 de junio.

La introducción en los citados Reales Decretos de modificaciones en los órganos superiores y directivos del Ministerio y la supresión de la Secretaría de Estado de Hacienda y de la de la Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos cuyas competencias pasan a integrarse en la nueva Secretaría de Estado de Hacienda y Presupuestos, hace necesario reordenar las delegaciones para garantizar un funcionamiento ágil y eficaz en el ejercicio de las competencias y, entre ellas, de las que afectan a la materia de recursos humanos.

En virtud de todo lo anterior, esta Secretaria de Estado dispone:

Primero.-Se delegan en el titular de la Subsecretaría de Economía y Hacienda las competencias que, de acuerdo a lo dispuesto en el apartado 8 del artículo 14 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, atribuyen los números 1, 2 y 3 del artículo 9, del Real Decreto 2169/1984, de 28 de noviembre, al Secretario de Estado de Hacienda y Presupuestos, en relación con los funcionarios destinados en la Secretaría de Estado y en los centros directivos de ella dependientes.

Segundo.-La presente Resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado" y será aplicable a los supuestos de justificación documental que se encuentren pendientes del visado de conformidad del Secretario de Estado de Hacienda y Presupuestos.

Madrid, 24 de septiembre de 2004.-El Secretario de Estado, Miguel Ángel Fernández Ordóñez.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 24/09/2004
  • Fecha de publicación: 29/09/2004
  • Fecha de entrada en vigor: 30/09/2004
  • Fecha de derogación: 22/06/2012
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DEROGA, por Orden HAP/1335/2012, de 14 de junio (Ref. BOE-A-2012-8346).
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • art. 14.8 de la Ley 6/1997, de 14 de abril (Ref. BOE-A-1997-7878).
    • art. 9.1, 2 y 3 del Real Decreto 2169/1984, de 28 de noviembre (Ref. BOE-A-1984-26864).
Materias
  • Delegación de atribuciones
  • Ministerio de Economía y Hacienda
  • Secretaría de Estado de Hacienda y Presupuestos

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