Con el fin de adecuar a la reestructuración ministerial dispuesta por Real Decreto 553/2004 de 17 de abril, la constitución del Jurado que se establece en la Orden de 3 de agosto de 2001 del Ministerio de Fomento, mediante la que se crea y regula el Premio Nacional de Arquitectura del Ministerio de Fomento, se hace necesario también proceder al cambio de la denominación de dicho premio, de tal forma que en lo sucesivo pase a denominarse Premio Nacional de Arquitectura del Ministerio de Vivienda.
En su virtud, dispongo:
Primero.-El Premio se fallará por un Jurado presidido por la Ministra de Vivienda o por el titular del órgano del Departamento que designe, e integrado además por el Director General de Arquitectura y Política de Vivienda, el Secretario General Técnico, y, en su caso, la persona premiada en la anterior convocatoria, así como hasta cinco miembros más.
Segundo.-Será Secretario del Jurado, con voz y sin voto, el titular de la Subdirección General de Arquitectura del Ministerio de Vivienda, ostentando dicha Unidad la Secretaría del mismo.
Tercero.-La presente Orden entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado".
Madrid, 8 de septiembre de 2004.
TRUJILLO RINCÓN
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