El Tribunal Constitucional, por providencia de 13 de julio actual, ha admitido a trámite la cuestión de inconstitucionalidad número 7814-2003 planteada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, en relación con el artículo 91.b.1) de la Ley 25/1964, de 29 de abril, de Energía Nuclear, tal y como fue redactado por la disposición adicional sexta de la Ley 40/1994, de 30 de diciembre, de Ordenación del Sistema Eléctrico Nacional y cuya redacción se mantiene en la disposición adicional quinta de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, de regulación del Sector Eléctrico, por posible vulneración del artículo 25.1 de la Constitución.
Madrid, 13 de julio de 2004.-El Secretario de Justicia.
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