EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO DE NAVARRA
Hago saber que el Parlamento de Navarra ha aprobado la siguiente Ley Foral por la que se modifica la disposición adicional quinta de la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
La Comisión de Ordenación del Territorio, Vivienda y Medio Ambiente del Parlamento de Navarra, en sesión celebrada el 10 de marzo de 2004, instó al Gobierno de Navarra a presentar un Proyecto de Ley Foral de Modificación de la disposición adicional quinta de la Ley Foral 35/2002, de 2 de diciembre, de Ordenación del Territorio y urbanismo, para que se amplíe el plazo máximo para la remisión al Parlamento del documento de Estrategia Territorial de Navarra, fijándolo en dieciocho meses a partir de la entrada en vigor de la mencionada Ley Foral.
Artículo único.
Se modifica la disposición adicional quinta de la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo, que queda redactada del siguiente modo:
"Estrategia Territorial de Navarra.
El Gobierno de Navarra remitirá al Parlamento de Navarra el Proyecto de Estrategia Territorial de Navarra en el plazo máximo de dieciocho meses desde la entrada en vigor de la presente Ley Foral."
Disposición final única.
La presente Ley Foral entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.
Yo, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 22 de la Ley Orgánica de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra, promulgo, en nombre de S. M. el Rey, esta Ley Foral, ordeno su inmediata publicación en el Boletín Oficial de Navarra y su remisión al "Boletín Oficial del Estado" y mando a los ciudadanos y a las autoridades que la cumplan y la hagan cumplir.
Pamplona, 29 de marzo de 2004.
MIGUEL SANZ SESMA,
Presidente
(Publicada en el Boletín Oficial de Navarra número 40, de 2 de abril de 2004)
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