El Tribunal Constitucional, por providencia de 8 de abril actual, ha admitido a trámite el recurso de inconstitucionalidad núm. 1004-2003, promovido por el Consejo de Gobierno de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha contra los apartados segundo, quinto, sexto, décimo, undécimo y decimoséptimo del art. 8 ; el art. 14 ; los arts. 29, 30 y 31; la disposición transitoria duodécima, así como, por conexión, la disposición transitoria décima y el penúltimo párrafo de la disposición transitoria undécima de la Ley 44/2002, de 22 de noviembre, de Medidas de Reforma del Sistema Financiero.
Madrid, ocho de abril de dos mil tres.-El Secretario de Justicia.
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