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Documento BOE-A-2003-18818

Cuestión de inconstitucionalidad núm. 4817-2003, en relación con el artículo 219.2 del Texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, en la redacción resultante del artículo 88 de la Ley 13/1996, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y de Orden Social.

Publicado en:
«BOE» núm. 244, de 11 de octubre de 2003, páginas 36653 a 36653 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Tribunal Constitucional
Referencia:
BOE-A-2003-18818

TEXTO ORIGINAL

El Tribunal Constitucional, por providencia de 30 de septiembre actual, ha admitido a trámite la cuestión de inconstitucionalidad núm. 4817-2003, planteada por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en relación con el art. 219.2 del Texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, en la redacción resultante del art. 88 de la Ley 13/1996, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, por presunta vulneración de los arts. 9.3 y 41 de la Constitución.

Madrid, 30 de septiembre de 2003.-El Secretario de Justicia.

ANÁLISIS

  • Rango: Providencia
  • Fecha de disposición: 30/09/2003
  • Fecha de publicación: 11/10/2003
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DICTA en la misma y SE DECLARA su DESESTIMACIÓN, por Sentencia 128/2009, de 1 de junio (Ref. BOE-A-2009-10984).
Referencias anteriores
  • Cuestión promovida por supuesta inconstitucionalidad del art. 219.2 de la Ley General de la Seguridad Social, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio , en la redacción dada por el art. 88 de la LEY 13/1996, de 30 de diciembre (Ref. BOE-A-1994-14960).
Materias
  • Cuestiones de inconstitucionalidad
  • Desempleo
  • Seguridad Social
  • Trabajadores

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