El Tribunal Constitucional, por auto de 15 de julio actual, ha acordado en el recurso de inconstitucionalidad 783-2003, interpuesto por el Presidente del Gobierno, mantener la suspensión del apartado 3 de la Disposición adicional 5.a de la Ley 10/2002, de 21 de diciembre, recurrida, por la que se aprueban normas en materia de tributos cedidos y otras medidas tributarias, administrativas y financieras, y levantar la suspensión de los apartados 1 y 2 de dicha Disposición adicional, cuya suspensión se produjo con la admisión del mencionado recurso y publicada en el Boletín Oficial del Estado núm. 83, de 7 de abril de 2003.
Madrid, quince de julio de dos mil tres.-El Presidente del Tribunal Constitucional,
JIMÉNEZ DE PARGA Y CABRERA
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