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Documento BOE-A-2003-13552

Orden APA/1863/2003, de 27 de junio, por la que se modifica el anexo 4 del Real Decreto 1734/2000, de 20 de octubre, por el que se establecen ayudas para la adquisición de animales de reposición de determinadas razas bovinas, ovinas y caprinas autóctonas españolas.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 161, de 7 de julio de 2003, páginas 26230 a 26230 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Referencia:
BOE-A-2003-13552
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/2003/06/27/apa1863

TEXTO ORIGINAL

Con el objeto de mejorar las condiciones de producción, incrementar la calidad de los productos y mejorar la base genética de las explotaciones, se publicó el Real Decreto 1734/2000, de 20 de octubre, por el que se establecen ayudas para la adquisición de animales de reposición de determinadas razas bovinas, ovinas y caprinas autóctonas españolas.

Posteriormente, el Real Decreto 836/2002, de 2 de agosto, por el que modifica el Real Decreto 1734/2000, de 20 de octubre, establece entre otras cuestiones un nuevo texto de su anexo 2, en el que se fijan los requisitos de los beneficiarios, así como de su anexo 5 por el que se establece la cuantía de las ayudas.

Por su parte, la disposición final segunda del Real Decreto 1734/2000, de 20 de octubre, faculta al Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación para introducir, en el ámbito de sus atribuciones, modificaciones en los anexos en concordancia con la normativa comunitaria.

Asimismo, recientemente se ha publicado la Decisión 2003/100/CE de la Comisión de 13 de febrero de 2003. Dicha decisión fija los requisitos mínimos para el establecimiento de programas de cría de ovinos resistentes a las encefalopatías espongiformes transmisibles (EET). En ella se señalan los requisitos para establecer programas de cría en todos los Estados miembros dirigidos a la selección de ovinos resistentes a las EET de todas sus razas autóctonas o que constituyan una parte importante de la cabaña de su territorio.

En consonancia con lo señalado en la mencionada Decisión procede llevar a cabo una modificación del anexo 4 del Real Decreto 1734/2000, relativo a las condiciones de las subastas y de los animales.

En la tramitación de la presente disposición han sido consultadas las Comunidades Autónomas y los sectores afectados.

En su virtud, dispongo:

Artículo único. Modificación del anexo 4 del Real Decreto 1734/2000.

El Real Decreto 1734/2000, de 20 de octubre, por el que se establecen ayudas para la adquisición de animales de reposición de determinadas razas bovinas, ovinas y caprinas autóctonas españolas, queda modificado como sigue:

En el anexo 4, «Condiciones de las subastas y de los animales», se adiciona al final de la letra b) del apartado 2, lo siguiente:

«3.ª Todos los reproductores ovinos deberán estar identificados electrónicamente y genotipados para el gen PrP.

En el caso de explotaciones inscritas en los libros genealógicos de las razas objeto de subvención, los datos indicados a continuación deberán figurar en su carta genealógica:

En el caso de los machos: sólo se admitirán los genotipos ARR/ARR, ARR/AHQ, AHQ/AHQ, ARR/ARQ, ARR/ARH, ARQ/AHQ, AHQ/ARH.

En el caso de las hembras: además de los anteriores, se admitirán las que posean los genotipos ARH/ARH, ARQ/ARH.»

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 27 de junio de 2003.

ARIAS CAÑETE

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 27/06/2003
  • Fecha de publicación: 07/07/2003
  • Fecha de entrada en vigor: 08/07/2003
  • Esta norma se entiende implícitamente derogada por Real Decreto 104/2008, de 1 de febrero, (Ref. BOE-A-2008-1782).
  • Fecha de derogación: 03/02/2008
Referencias anteriores
  • MODIFICA el anexo 4 del Real Decreto 1734/2000, de 20 de octubre (Ref. BOE-A-2000-18914).
Materias
  • Ayudas
  • Explotaciones agrarias
  • Ganado ovino
  • Subvenciones

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