El artículo 17 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, establece en su apartado 1 que los titulares de los órganos administrativos podrán ser suplidos temporalmente, en los casos de vacante, ausencia o enfermedad, por quien designe el órgano competente para el nombramiento de aquellos, especificando que si no designa suplente, la competencia del órgano administrativo se ejercerá por quien designe el órgano administrativo inmediato de quien dependa.
El Real Decreto 1415/2000, de 21 de julio, por el que se regula la estructura orgánica básica del Ministerio de Medio Ambiente no ha establecido regulación o designación alguna respecto a la suplencia de la Subsecretaria de Medio Ambiente, por lo que, ante la conveniencia de regular dicha suplencia, garantizando el adecuado funcionamiento ordinario del Departamento y teniendo en cuenta, especialmente, la necesidad de su presencia en las instituciones comunitarias durante Presidencia española del Consejo de la Unión Europea, durante el primer semestre de 2002, he resuelto:
Primero.-Designar suplente del titular de la Subsecretaría de Medio Ambiente, para los casos de vacante, ausencia o enfermedad del mismo y para las materias de recursos humanos, servicios generales del Departamento y gestión económica y presupuestaria, a la Directora General de Programación y Control Económico y Presupuestario.
Segundo.-Siempre que se ejerzan competencias en base a la suplencia establecida en esta Orden, deberá hacerse constar así en los actos o resoluciones administrativas correspondientes.
Tercero.-La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado".
Madrid, 11 de enero de 2002.
MATAS PALOU
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