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Documento BOE-A-2002-4218

Orden INT/435/2002, de 1 de marzo, por la que se modifica la Orden de 16 de enero de 2001, y se da nueva regulación a la composición y funciones de la Comisión de Informática y de Comunicaciones del Ministerio del Interior.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 53, de 2 de marzo de 2002, páginas 8607 a 8608 (2 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio del Interior
Referencia:
BOE-A-2002-4218
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/2002/03/01/int435

TEXTO ORIGINAL

La Orden de 16 de enero de 2001, por la que se regula la composición y funciones de determinados órganos colegiados del Ministerio del Interior, llevó a cabo las modificaciones necesarias en la composición y funciones de dichos órganos colegiados para adaptarlos a las reformas organizativas operadas, entre otras, por el Real Decreto 1449/2000, de 28 de julio, por el que se modifica y desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio del Interior.

El apartado cuarto de esta Orden regula la Comisión de Informática y de Comunicaciones, cuyos números 3 y 4 prevén la creación de una Comisión Permanente a la que se le puede encomendar el conocimiento de ciertos expedientes de contratación. Pues bien, la experiencia ha demostrado que resulta necesario introducir ciertos cambios en la composición y funciones de dicha Comisión Permanente.

Por lo que se refiere a su composición, la Presidencia pasa a ser ejercida por el Presidente de la Comisión de Informática y de Comunicaciones. Ello implica que el titular de la Dirección General de Infraestructuras y Material de la Seguridad se incorpora a la Vicepresidencia de la Comisión Permanente.

En cuanto a las funciones de dicha Comisión, también se ha considerado conveniente que se le pueda delegar con carácter ordinario, además del conocimiento de ciertos expedientes relativos a contratos de suministros, los que posean esas mismas características y sean de consultoría, de asistencia técnica y de servicios [artículo 210 g) del texto refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio].

En su virtud, previa aprobación del Ministro de Administraciones Públicas, dispongo:

Apartado único.-Se modifica el apartado cuarto de la Orden de 16 de enero de 2001, por la que se regula la composición y funciones de determinados órganos colegiados del Ministerio del Interior, que queda redactado de la siguiente forma:

"Cuarto.-Comisión de Informática y de Comunicaciones:

1. La Comisión de Informática y de Comunicaciones ejercerá las funciones siguientes:

a) Informar los planes informáticos y de comunicaciones de los distintos órganos directivos y organismos del Departamento, así como supervisar su cumplimiento.

b) Servir de enlace y órgano de colaboración técnica del Consejo Superior de Informática y sus comisiones especializadas, de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 2291/1983, de 28 de julio, por el que se crea el Consejo Superior de Informática.

c) Supervisar el inventario de recursos informáticos y de comunicaciones del Departamento y sus organismos, de acuerdo con las directrices del Consejo Superior de Informática.

d) Informar los proyectos de adquisición y arrendamiento de equipos, y los proyectos de contratación con oficinas de servicios, empresas de asesoramiento y asistencia técnica en cuestiones referentes al tratamiento de la información y las comunicaciones.

e) Promover y fomentar la formación del personal en tecnologías de la información y de las comunicaciones en el ámbito del departamento.

2. La Comisión de Informática y de Comunicaciones estará constituida por los siguientes miembros:

Presidente: El Subsecretario del Interior.

Vicepresidente primero: El Director general de Infraestructuras y Material de la Seguridad, que en caso de vacante, ausencia o enfermedad podrá ser sustituido por el Subdirector general de Planificación y Control de la citada Dirección General.

Vicepresidente segundo: El Subdirector general de la Oficialía Mayor y Centro de Sistemas de Información.

Vocales:

El Jefe de la División de Coordinación Económica y Técnica de la Dirección General de la Policía.

El Subdirector general de Apoyo de la Dirección General de la Guardia Civil.

Un representante de la Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas.

Un representante de la Delegación del Gobierno para la Extranjería y la Inmigración.

El Subdirector general de Personal e Inspección.

El Subdirector general de Sistemas de Información y Organización de Procedimientos de la Dirección General de Tráfico.

El Subdirector general de Política Interior y Procesos Electorales.

El Subdirector general de Servicios Penitenciarios.

El Subdirector general de Atención al Ciudadano y Asistencia a las Víctimas del Terrorismo.

El Subdirector general de Planes y Operaciones de la Dirección General de Protección Civil.

Un representante del Gabinete de Coordinación y Estudios (Área Schengen) de la Secretaría de Estado de Seguridad.

Secretario: Un funcionario titular de un puesto de trabajo de la Oficialía Mayor y Centro de Sistemas de Información, designado por el Presidente.

3. Bajo la dependencia inmediata de la Comisión de Informática y de Comunicaciones, actuará una Comisión Permanente en la que se podrá delegar con carácter ordinario el ejercicio de la función prevista en la letra d) del párrafo 1 de este apartado, cuando se trate de procedimientos negociados sin publicidad en cualquiera de los supuestos previstos en los artículos 182 h) y 210 g) del texto refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio.

4. La composición de la Comisión Permanente será la siguiente:

Presidente: El Subsecretario del Interior.

Vicepresidente: El Director general de Infraestructuras y Material de la Seguridad.

Vocales:

El Jefe de la División de Coordinación Económica y Técnica de la Dirección General de la Policía.

El Subdirector general de Apoyo de la Dirección General de la Guardia Civil.

Un representante del Gabinete de Coordinación y Estudios (Área Schengen) de la Secretaría de Estado de Seguridad.

El Subdirector general de la Oficialía Mayor y Centro de Sistemas de Información.

El Subdirector general de Planificación y Control de la citada Dirección General de Infraestructuras y Material de la Seguridad.

Secretario: El Secretario de la Comisión en Pleno."

Disposición final única.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado".

Madrid, 1 de marzo de 2002.

RAJOY BREY

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 01/03/2002
  • Fecha de publicación: 02/03/2002
  • Fecha de entrada en vigor: 03/03/2002
  • Fecha de derogación: 07/06/2003
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

Referencias anteriores
  • MODIFICA el apartado 4 de la Orden de 16 de enero de 2001 (Ref. BOE-A-2001-1660).
  • CITA Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio (Ref. BOE-A-2000-11533).
Materias
  • Comisiones de Informática
  • Ministerio del Interior
  • Organización de la Administración del Estado

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