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Documento BOE-A-2002-3821

Corrección de errores del Real Decreto 164/2002, de 8 de febrero, por el que se aprueba el Estatuto de la entidad pública empresarial Red.es.

Publicado en:
«BOE» núm. 49, de 26 de febrero de 2002, páginas 7440 a 7441 (2 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de la Presidencia
Referencia:
BOE-A-2002-3821
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rd/2002/02/08/164/corrigendum/20020226

TEXTO ORIGINAL

Advertidos errores en el Real Decreto 164/2002, de 8 de febrero, por el que se aprueba el Estatuto de la entidad pública empresarial Red.es, publicado en el "Boletín Oficial del Estado" número 41, de 16 de febrero de 2002, se procede a efectuar las oportunas rectificaciones:

En la página 6314, primera columna, párrafo cuarto, donde dice: "... la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información.", debe decir: "... la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información. Los apartados 10 y 11 de esta disposición adicional sexta han sido nuevamente objeto de reforma por el artículo 14.3 de la Ley 24/2001, de 27 de diciembre, de Medidas fiscales administrativas y del orden social, que modifican aspectos relativos a la tasa por asignación de nombres de dominio.".

En la página 6314, primera columna, párrafo quinto, donde dice: "En la Ley se prevé...", debe decir: "En la disposición adicional sexta de la Ley 11/1998, en redacción dada por Ley 14/2000, se prevé..." ; y donde dice:

"... Red Técnica Española de Televisión, que data de 1989.", debe decir: "... Red Técnica Española de Televisión, aprobado por Real Decreto 545/1989, de 19 de mayo".

En la página 6315, segunda columna, en el título del capítulo II, donde dice: "Fin, funciones y objeto de la entidad pública empresarial Red.es", debe decir:

"Funciones y objeto de la entidad pública empresarial Red.es".

En la página 6316, primera columna, artículo 3.1.e), 1.a, segundo párrafo, a continuación de la frase "... con el desarrollo de la Administración electrónica", debe figurar la siguiente: "De las actuaciones realizadas en este ámbito se dará cuenta al Ministerio de Administraciones Públicas".

En la página 6317, primera columna, inciso final del artículo 7.2, donde dice: "... en sus párrafos b), c), e) y f)", debe decir: "... en sus párrafos b), c), e), f) y h)".

En la página 6317, primera columna, en el artículo 9 debe insertarse entre los actuales dos párrafos el siguiente: "Excepcionalmente, podrá acordarse el nombramiento como Vocales del Consejo de Administración, del personal al servicio de la Administración General del Estado de reconocido prestigio o experto en las materias que constituyen el objeto de la entidad pública empresarial".

En la página 6319, primera columna, en el artículo 18.1, debe desaparecer la última frase del mismo:

"Su composición, organización y funciones son los que se determinan en los presentes Estatutos".

En la página 6320, primera columna, debe desaparecer íntegramente el apartado 10 del artículo 19.

En la página 6320, segunda columna, en el artículo 24, apartado 1, donde dice: "... en el artículo 55 de la Ley...", debe decir: "... en el apartado tercero del artículo 55 de la Ley...".

En la página 6320, segunda columna, en el artículo 25, debe añadirse al inciso: final actual "...

Administraciones públicas", el siguiente inciso "... y, en su caso, a la Ley 12/1995, de 11 de mayo, de Incompatibilidades de los Miembros del Gobierno de la Nación y de los Altos Cargos de la Administración General del Estado".

En la página 6321, primera columna, en el artículo 28, apartado 2, donde dice: "... con el artículo 65 de la Ley de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, estarán integrados por:", debe decir:

"... con el artículo 65 de la Ley de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado y por lo dispuesto en la disposición adicional sexta de la Ley 11/1998, en la redacción dada por la Ley 14/2000, estarán integrados por:".

En la página 6321, segunda columna, en el título de la Sección 2.a, donde dice: "Contabilidad, control y régimen tributario", debe decir: "Contabilidad y control".

En la página 6321, segunda columna, en el artículo 33, debe añadirse al último inciso: "... entidades públicas empresariales", el siguiente: "... y en lo dispuesto en el apartado 8 de la disposición adicional sexta de la Ley 11/1998".

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 26/02/2002
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores del Real Decreto 164/2002, de 8 de febrero (Ref. BOE-A-2002-3138).
Materias
  • Entidades Públicas Empresariales
  • Internet
  • Nombres de dominio
  • Organización de la Administración del Estado
  • Red es
  • Redes de telecomunicación
  • Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información

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