El Tribunal Constitucional, por providencia de 10 de diciembre actual, ha admitido a trámite la cuestión de inconstitucionalidad número 4.499-2001, planteada por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en relación con el artículo 34.b) de la Ley 18/1991, de 6 de junio, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, en su redacción originaria, por posible vulneración de los artículos 14 y 31.1 de la Constitución.
Madrid, 10 de diciembre de 2002.-El Secretario de Justicia.
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