El Real Decreto 648/2002, de 5 de julio, ha modificado el modelo de informe establecido en el anexo III del Real Decreto 1987/1985, de 24 de septiembre, sobre normas generales de instalación y funcionamiento de la estaciones ITV, como consecuencia de la revisión a las que ha sido sometido el Manual de Procedimiento de Inspección de las Estaciones ITV, para adaptarlo a los criterios técnicos de inspección, tanto de carácter nacional como de la Unión Europea sobre la materia.
La inspección técnica de los vehículos del Parque Móvil del Estado está regulada por la Orden del Ministerio de la Presidencia, de 14 de abril de 1999, cuyo anexo I establece el modelo de informe que ha de emitirse tras la correspondiente inspección. Con las adaptaciones precisas a las características específicas del Parque Móvil del Estado, dicho modelo es, básicamente, una reproducción del que, con carácter general, estaba establecido y que ha sido modificado por el Real Decreto 648/2002, anteriormente citado.
Por ello, las mismas razones que han determinado dicha reforma, ponen de manifiesto la necesidad de modificar el modelo de informe de inspección vigente en el Parque Móvil del Estado, para adecuarlo al nuevo Manual de Procedimiento de Inspección de las Estaciones ITV, así como para mejorar la información sobre el alcance y trazabilidad de la inspección, mediciones efectuadas y defectos encontrados durante la misma.
En su virtud, a propuesta de los Ministros de Hacienda y de Ciencia y Tecnología, dispongo:
Se modifica el anexo I de la Orden del Ministerio de la Presidencia, de 14 de abril de 1999, que queda redactado como se indica en el anexo de la presente disposición.
La presente Orden entrará en vigor el día 1 de enero de 2003.
Madrid, 20 de diciembre de 2002.
RAJOY BREY
Excmos. Sres. Ministros de Hacienda y de Ciencia y Tecnología.
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