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Documento BOE-A-2002-23858

Orden TAS/3096/2002, de 3 de diciembre, sobre ampliación del plazo previsto para la tramitación de expedientes de modificación presupuestaria durante el ejercicio 2002.

Publicado en:
«BOE» núm. 293, de 7 de diciembre de 2002, páginas 42744 a 42744 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-2002-23858
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/2002/12/03/tas3096

TEXTO ORIGINAL

La Orden de 5 de marzo de 1992, sobre contabilidad y seguimiento presupuestario de la Seguridad Social, establece en su artículo 11, apartado 4, que las propuestas de modificación de los créditos presupuestarios cuya facultad de resolución exceda de las atribuidas al Director general de la Entidad Gestora o Tesorería General, serán tramitadas a la Dirección General de Planificación y Ordenación Económica de la Seguridad Social, en la actualidad Dirección General de Ordenación Económica de la Seguridad Social, antes del 1 de noviembre del ejercicio en vigor.

En el corriente año, y con posterioridad a la citada fecha de 1 de noviembre, han sobrevenido diversas circunstancias, propias de la complejidad de la gestión del Sistema, con una incidencia presupuestaria que, en algunos casos, requiere adecuar las dotaciones disponibles en los créditos afectados.

Por esta razón, dispongo:

Artículo único. Ampliación del plazo de tramitación de expedientes de modificación presupuestaria.

Con carácter exclusivo para el ejercicio 2002, se autoriza a las Entidades Gestoras y Tesorería General de la Seguridad Social para tramitar ante la Dirección General de Ordenación Económica de la Seguridad Social aquellos expedientes de modificación de crédito que sean precisos para completar la gestión presupuestaria del citado ejercicio, hasta el día 20 de diciembre.

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado".

Madrid, 3 de diciembre de 2002.

ZAPLANA HERNÁNDEZ-SORO

Excmo. Sr. Secretario de Estado de la Seguridad Social e Ilmos. Sres. Director general de Ordenación Económica de la Seguridad Social, Interventor general de la Seguridad Social y Directores generales de las Entidades Gestoras y Tesorería General de la Seguridad Social.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 03/12/2002
  • Fecha de publicación: 07/12/2002
  • Fecha de entrada en vigor: 08/12/2002
Referencias anteriores
  • AMPLÍA plazo establecido en el art. 11.4 de la Orden de 5 de marzo de 1992 (Ref. BOE-A-1992-7856).
Materias
  • Entidades Gestoras y Servicios Comunes de la Seguridad Social
  • Presupuestos de la Seguridad Social
  • Tesorería General de la Seguridad Social

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