A propuesta de del Consejo de Universidades, en uso de la autorización contenida en la disposición transitoria primera de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, y de acuerdo con la autorización concedida por la disposición final primera del Real Decreto 1954/1994, de 30 de septiembre, sobre homologación de títulos a los del Catálogo de Títulos Universitarios Oficiales, creado por el Real Decreto 1497/1987, de 27 de noviembre, dispongo:
Se incluye en el anexo al Real Decreto 1954/1994, de 30 de septiembre, sobre homologación de títulos a los del Catálogo de Títulos Universitarios Oficiales creado por el Real Decreto 1497/1987, de 27 de noviembre, el título de Licenciado en Ciencias (Sección de Informática) como homologado al título de Ingeniero en Informática que figura en el apartado III, Enseñanzas Técnicas, del Catálogo de Títulos Universitarios Oficiales.
La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 26 de septiembre de 2002.
DEL CASTILLO VERA
Excmo. Sr. Secretario de Estado de Educación y Universidades.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid