Regularmente se publican mediante Resolución de esta Dirección General las normas que regulan los concursos de pronósticos de Lotería Primitiva y sus modalidades, que son modificadas cuando así resulta necesario. Las vigentes normas reguladoras fueron aprobadas por Resoluciones de 16 de octubre de 2000 ("Boletín Oficial del Estado" del 20), de 23 de abril de 2001 ("Boletín Oficial del Estado" del 26) y de 17 de octubre de 2001 ("Boletín Oficial del Estado" del 23) de la Entidad Pública Empresarial Loterías y Apuestas del Estado.
Esta última Resolución establecía los importes de la unidad de apuesta en todas las variedades de Lotería Primitiva, a partir del 1 de enero de 2002, como consecuencia de la entrada en vigor del euro.
Transcurrido ya un período razonable desde la plena implantación de la moneda única europea, la dinámica comercial deseable en toda la red de ventas de Loterías y Apuestas del Estado, aconseja modificar los precios unitarios de apuestas, el importe de los reintegros y el premio fijo para la 5.a categoría, 3 aciertos, de las variedades Lotería Primitiva y Bonoloto, de forma que se agilicen y simplifiquen los millones de transacciones que semanalmente se realizan.
En consecuencia, esta Dirección General, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 8, apartado 2, letra p), del Estatuto de la Entidad Pública Empresarial de Loterías y Apuestas del Estado, aprobado por Real Decreto 2069/1999, de 30 de diciembre ("Boletín Oficial del Estado" de 14 de enero de 2000), ha resuelto aprobar lo siguiente:
Primero.-Los concursos de pronósticos de Lotería Primitiva y sus modalidades se regirán por las normas establecidas para dicho tipo de eventos, aprobadas por Resolución de esta Dirección General de 16 de octubre de 2000, 23 de abril de 2001 y 17 de octubre de 2001, que quedan prorrogadas, con las modificaciones que se introducen en el apartado siguiente.
Segundo.-Se modifican las normas 50. ª, 51.ª, 55.ª, 60.ª y 61.ª, de las que rigen los concursos de Lotería Primitiva y sus modalidades, que quedan redactadas como sigue:
1. Norma 50.ª, donde dice: "El precio de cada apuesta queda fijado en 0,90 euros", debe decir: "El precio de cada apuesta queda fijado en 1 euro".
2. Norma 51.ª, en el párrafo donde dice: "por su premio fijo de 7,20 euros", debe decir: "por su premio fijo de 8 euros".
3. Norma 55.ª, donde dice: "El precio por apuesta y sorteo es de 0,45 euros por lo que deberá abonarse un mínimo de 0,90, 1,35 ó 1,80 euros por cada apuesta, según se participe en dos, tres o cuatro concursos. El mínimo de apuestas a jugar cuando se participe en un solo sorteo es de dos y deberán abonarse 0,90 euros", debe decir: "El precio por apuesta y sorteo es de 0,50 euros por lo que deberá abonarse un mínimo de 1, 1,50 ó 2 euros por cada apuesta, según se participe en dos, tres o cuatro concursos. El mínimo de apuestas a jugar cuando se participe en un solo sorteo es de dos y deberá abonarse 1 euro".
4. Norma 60.ª, donde dice: "obtendrán un premio fijo de 3,60 euros", debe decir: "obtendrán un premio fijo de 4 euros".
5. Norma 61.ª, donde dice: "por su premio fijo de 3,60 euros", debe decir: "por su premio fijo de 4 euros".
Tercero.-Estas normas serán de aplicación a todos los concursos que se celebren a partir del día 2 de septiembre de 2002.
Madrid, 23 de julio de 2002.-El Director general, José Miguel Martínez Martínez.
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