El Tribunal Constitucional, por auto de 16 de julio actual, ha acordado tener por desistida a la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en el recurso de inconstitucionalidad número 1808-2001, promovido por la misma contra los artículos 79, 80, 81, 82, 83, 85 y 86, así como las correspondientes partidas presupuestarias de las Secciones 32 y 33 de la Ley 13/2000, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2001.
Madrid, a 16 de julio de 2002.-El Presidente del Tribunal Constitucional,
JIMÉNEZ DE PARGA Y CABRERA
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