En la publicación del Protocolo de enmienda del Convenio Europeo sobre la Televisión Transfronteriza, hecho en Estrasburgo el 9 de septiembre de 1998 ("Boletín Oficial del Estado" número 92, de 17 de abril de 2002), debe ser sustituido el término "espacio" por el término "anuncio" en los siguientes artículos:
Página 14500, columna derecha, artículo 16, párrafo 1, donde dice:
"1. El tiempo de transmisión dedicado a los espacios de telecompra, a los espacios publicitarios...", debe decir:
"1. El tiempo de transmisión dedicado a los anuncios de telecompra, a los anuncios publicitarios..."
Línea 7, donde dice:
"... dedicado a los espacios publicitarios no deberán...", debe decir:
"... dedicado a los anuncios publicitarios no deberán..."
Párrafo 2, donde dice:
"2. El tiempo de transmisión dedicado a los espacios publicitarios y a los espacios de telecompra...", debe decir:
"2. El tiempo de transmisión dedicado a los anuncios publicitarios y a los anuncios de telecompra..."
Artículo 17, párrafo 1, quinta línea, donde dice:
"... en principio, los espacios de publicidad...", debe decir:
"... en principio, los anuncios de publicidad..."
Página 14501, columna izquierda, artículo 18, párrafo 1, cuarta línea, donde dice:
"... la publicidad y los espacios de telecompra...", debe decir:
"... la publicidad y los anuncios de telecompra..." Párrafo 2, cuarta línea, donde dice:
"... la publicidad y los espacios de telecompra...", debe decir:
"... la publicidad y los anuncios de telecompra..."
Párrafo 4, donde dice:
"4. Cuando se interrumpan con publicidad o espacios de telecompra...", debe decir:
"4. Cuando se interrumpan con publicidad o anuncios de telecompra ..." Lo que se hace público para conocimiento general.
Madrid, 21 de junio de 2002.-El Secretario general Técnico, Julio Núñez Montesinos.
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