El Tribunal Constitucional, por providencia de 21 de mayo actual, ha admitido a trámite el recurso de inconstitucionalidad número 1.893/2002, promovido por el Abogado del Estado, en nombre del Presidente del Gobierno, contra el inciso "o para la realización de actividades propias de su profesión por cuenta de aquéllas" del artículo 30.2 de la Ley 15/2001, de 26 de diciembre, del Parlamento de Andalucía, por la que se aprueban medidas fiscales, presupuestarias, de control y administrativas.
Madrid, 21 de mayo de 2002.-El Secretario de Justicia.
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