El Tribunal Constitucional, por providencia de 30 de enero actual, ha admitido a trámite la cuestión de inconstitucionalidad número 235-2001, planteada por la Sección Séptima de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en relación con el artículo 1 del Real Decreto-ley 2/1996, de 26 de enero, sobre determinadas prestaciones patrimoniales de carácter público gestionadas por la Administración General del Estado y los entes públicos de ella dependientes por posible vulneración de los artículos 9.3 y 31.3 de la Constitución.
Madrid, 30 de enero de 2001.-El Secretario de Justicia.-Firmado y rubricado.
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