Visto el expediente de indulto de doña Juana María García Reche, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenada por la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Alicante, en sentencia de fecha 9 de julio de 1993, como cómplice de un delito de detención ilegal, a la pena de un año de prisión menor, y como encubridora de un delito de realización arbitraria del propio derecho, a la pena de multa de 2.000.000 de pesetas, con las accesorias de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 1992, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación de Consejo de Ministros en su reunión del día 1 de diciembre de 2000,
Vengo en indultar a doña Juana María García Reche la mitad de la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso durante el tiempo de normal cumplimiento de la condena.
Dado en Madrid a 1 de diciembre de 2000.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
ÁNGEL ACEBES PANIAGUA
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