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Documento BOE-A-2001-19453

Orden de 4 de octubre de 2001 por la que se regula el fichero automatizado de terceros de la aplicación SOROLLA en la Dirección General de la Guardia Civil.

Publicado en:
«BOE» núm. 250, de 18 de octubre de 2001, páginas 38339 a 38340 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio del Interior
Referencia:
BOE-A-2001-19453
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/2001/10/04/(2)

TEXTO ORIGINAL

El artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, establece que la creación, modificación o supresión de ficheros automatizados de las Administraciones Públicas sólo podrá hacerse por medio de disposición general publicada en el «Boletín Oficial del Estado» o en el diario oficial correspondiente. Al amparo de lo establecido en el artículo 18 de la Ley Orgánica 5/1992, de 29 de octubre, de Regulación del Tratamiento Automatizado de Datos de Carácter Personal, derogada por la citada Ley Orgánica 15/1999, y que recogía esta misma exigencia, se procedió por Orden de 26 de junio de 1994, ampliada por Órdenes posteriores, a la regulación de los ficheros con datos de carácter personal gestionados por el Ministerio del Interior, entre los que se describen y regulan los ficheros ubicados en los sistemas informáticos de los servicios centrales del Departamento.

Por consiguiente, a fin de dar cumplimiento al mandato legal del artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999, sobre creación, modificación o supresión de los ficheros automatizados que contengan datos de carácter personal y asegurar a los administrados el ejercicio de sus legítimos derechos, dispongo:

Artículo único.

Se amplía el anexo de la Orden de 26 de junio de 1994, que regula los ficheros con datos de carácter personal gestionados por el Ministerio del Interior, incorporando al mismo el fichero de terceros de la aplicación SOROLLA, ubicado en los sistemas informáticos de la Dirección General de la Guardia Civil y descrito en el anexo a la presente Orden.

Disposición final única.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 4 de octubre de 2001.

RAJOY BREY

ANEXO

Órgano de la Administración responsable del fichero automatizado: Dirección General de la Guardia Civil.

Finalidad y uso previsto: Gestión de la contratación y gastos de los créditos asignados a la Dirección General de la Guardia Civil en los Presupuestos Generales del Estado.

Personas o colectivos sobre los que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos: Personas y empresas relacionadas, como licitadores o adjudicatarios, con la contratación y gastos presupuestarios.

Procedimiento de recogida de los datos de carácter personal: De la documentación aportada por los concurrentes a las licitaciones, adjudicatarios, justificantes de gasto y de los que aporten los terceros a solicitud de la Dirección General de la Guardia Civil.

Estructura básica del fichero y descripción de los datos de carácter personal incluidos en el mismo: Nombre y apellidos, número de identificación fiscal, domicilio, teléfono, fax, identificación de cuenta o cuentas bancarias.

Cesiones de datos de carácter personal: A la Intervención Delegada en el Ministerio del Interior (documentos contables), a la Dirección General del Tesoro y Política Financiera (propuesta de pagos) y a la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

Medidas de seguridad: En cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 4 del Real Decreto 994/1999, de 11 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de medidas de seguridad de los ficheros automatizados que contengan datos de carácter personal, se aplicarán a este fichero las medidas de seguridad de nivel básico, previstas en dicho Reglamento.

Servicios o Unidades ante los que pudiesen ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Dirección General de la Guardia Civil, calle Guzmán el Bueno, número 110, 28003 Madrid.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 04/10/2001
  • Fecha de publicación: 18/10/2001
  • Fecha de entrada en vigor: 19/10/2001
Referencias anteriores
  • AMPLÍA anexo de la Orden de 26 de junio de 1994 (Ref. BOE-A-1994-17541).
  • DE CONFORMIDAD con el art. 20 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre (Ref. BOE-A-1999-23750).
Materias
  • Dirección General de la Guardia Civil
  • Ficheros con datos personales
  • Ministerio del Interior

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