El Tribunal Constitucional, por providencia de 18 de septiembre actual, ha admitido a trámite el Recurso de inconstitucionalidad número 4.407/2001, promovido por el Abogado del Estado, en nombre del Presidente del Gobierno, en relación con la Ley del Parlamento de las Islas Baleares 7/2001, de 23 de abril, del Impuesto sobre las Estancias en Empresas Turísticas de Alojamiento, destinado a la dotación del fondo para la mejora de la actividad turística y la preservación del medio ambiente. Y se hace constar que por el Presidente del Gobierno se ha invocado el artículo 161.2 de la Constitución, lo que produce la suspensión de la vigencia y aplicación de la Ley impugnada desde la fecha de interposición del recurso -30 de julio de 2001- para las partes del proceso, y desde la publicación del correspondiente edicto en el "Boletín Oficial del Estado" para los terceros.
Madrid, 18 de septiembre de 2001.-El Presidente del Tribunal Constitucional,
CRUZ VILLALÓN
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