DECLARACIÓN
"De acuerdo con lo previsto en el artículo 39, párrafo 4.o del Convenio sobre la obtención de pruebas en el extranjero en materia civil y mercantil, España declara aceptar la adhesión de la República de Bulgaria al citado Convenio."
El citado Convenio entró en vigor entre la República de Bulgaria y España el 13 de agosto de 2001.
Lo que se hace público para conocimiento general.
Madrid, 5 de septiembre de 2001.-El Secretario general técnico, Julio Núñez Montesinos.
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