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Documento BOE-A-2001-12073

Real Decreto 667/2001, de 22 de junio, por el que se modifica el Plan Nacional de Numeración de los Servicios de Telecomunicaciones, a los efectos de unificar distritos en las islas de La Palma y Fuerteventura.

Publicado en:
«BOE» núm. 150, de 23 de junio de 2001, páginas 22431 a 22431 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Ciencia y Tecnología
Referencia:
BOE-A-2001-12073
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rd/2001/06/22/667

TEXTO ORIGINAL

El artículo 31 de la Ley 11/1998, de 24 de abril, General de Telecomunicaciones, dispone que corresponde al Gobierno, mediante Real Decreto y a propuesta del Ministro de Fomento, la aprobación de los Planes Nacionales de Numeración. Esta competencia de propuesta ha sido asumida por el titular del Ministerio de Ciencia y Tecnología, en virtud del artículo 5.1 del Real Decreto 557/2000, de 27 de marzo, de reestructuración de los Departamentos ministeriales.

En este sentido, el artículo 28 del Reglamento, por el que se desarrolla el título II de la Ley 11/1998, de 24 de abril, General de Telecomunicaciones, en lo relativo a la interconexión y al acceso a las redes públicas y a la numeración, aprobado por el Real Decreto 1651/1998, de 24 de julio, dispone que será de aplicación el Plan Nacional de Numeración para los Servicios de Telecomunicaciones, aprobado por Acuerdo del Consejo de Ministros de 14 de noviembre de 1997.

En el artículo 6 del citado Plan Nacional de Numeración para los Servicios de Telecomunicaciones se establece que España se divide en 50 zonas telefónicas provinciales, organizándose el territorio nacional en 510 distritos.

Por otra parte, la Comisión de Infraestructuras del Congreso de los Diputados, en su sesión de 26 de febrero de 1998, aprobó una proposición no de Ley por la que se "insta al Gobierno a realizar las oportunas operaciones para reestructurar en breve plazo la división tarifaria telefónica existente en la isla de La Palma, para que ésta pase a considerarse un distrito telefónico único y de la misma manera se actuará en la isla de Fuerteventura".

La realización práctica de esta proposición no de Ley supone una disminución en el número de distritos en los que se organiza el territorio nacional, que pasarán de 510 a 508, disminuyendo en dos unidades. Así, esta medida implica una modificación de lo establecido en el citado artículo 6 del Plan Nacional de Numeración para los Servicios de Telecomunicaciones vigente.

Las medidas contenidas en este Real Decreto han sido sometidas a la audiencia del sector afectado, a través del Consejo Asesor de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, y al informe de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones, de acuerdo con lo previsto en el artículo 1.dos.2.j) de la Ley 12/1997, de 24 de abril, de Liberalización de las Telecomunicaciones.

En su virtud, a propuesta de la Ministra de Ciencia y Tecnología, de acuerdo con el Consejo de Estado y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 22 de junio de 2001,

D I S P O N G O :

Artículo único. Unificación de distritos en las islas de La Palma y Fuerteventura.

El territorio de la isla de La Palma, perteneciente a la Comunidad Autónoma de Canarias, actualmente dividido en dos distritos a efectos de la prestación del servicio telefónico, se organizará en un único distrito.

De igual forma, se procederá a la unificación de los dos distritos que dividen la isla de Fuerteventura.

En consecuencia de lo anterior, el número de distritos en los que se divide el territorio nacional se reducirá en dos unidades, pasando de 510 a 508 distritos.

La citada unificación de distritos en las islas de La Palma y Fuerteventura será efectiva el día 23 de junio de 2001, a la una, hora local en la Comunidad Autónoma de Canarias.

Disposición final única. Entrada en vigor.

Este Real Decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado".

Dado en Madrid a 22 de junio de 2001.

JUAN CARLOS R.

La Ministra de Ciencia y Tecnología,

ANNA M. BIRULÉS I BERTRAN

ANÁLISIS

  • Rango: Real Decreto
  • Fecha de disposición: 22/06/2001
  • Fecha de publicación: 23/06/2001
  • Fecha de entrada en vigor: 23/06/2001
Referencias anteriores
  • MODIFICA el plan aprobado por Resolución de 18 de noviembre de 1997 (Ref. BOE-A-1997-24854).
  • DE CONFORMIDAD con la Ley 12/1997, de 24 de abril (Ref. BOE-A-1997-8876).
Materias
  • Canarias
  • Redes de telecomunicación
  • Servicios de telecomunicación
  • Teléfonos

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