El Real Decreto 1682/1997, de 7 de noviembre, por el que se actualiza el catálogo oficial de razas puras, establece el procedimiento de modificación del anexo que contienen la relación de las razas autóctonas y españolas.
En cumplimiento de lo establecido en dicho Real Decreto, a iniciativa de la Comunidad Autónoma del País Vasco y una vez informado por el Comité de Razas de Ganado de España, en su reunión de 11 de noviembre de 1999, DISPONGO:
Se incorporan en el apartado 1.2 del catálogo oficial de razas de ganado de España, las siguientes razas autóctonas de protección especial:
Especie ovina: Carranzana (variedad negra).
Especie equina: Caballo de Monte del País Vasco.
Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde el siguiente a su publicación, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o bien, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el excelentísimo Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación, significándose que en este caso, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.
Madrid, 3 de marzo de 2000.
POSADA MORENO
Ilmos. Sres. Secretario general de Agricultura y Alimentación y Director general de Ganadería.
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