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Documento BOE-A-2000-4046

Orden de 17 de febrero de 2000 por la que se modifica el apartado 2 del artículo 63 de la Orden de 26 de mayo de 1999 por la que se desarrolla el Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto 1637/1995, de 6 de octubre.

Publicado en:
«BOE» núm. 52, de 1 de marzo de 2000, páginas 8873 a 8873 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-2000-4046
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/2000/02/17/(3)

TEXTO ORIGINAL

La Orden de 26 de mayo de 1999, publicada en el "Boletín Oficial del Estado" número 133, de 4 de junio, desarrolla el Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto 1637/1995, de 6 de octubre, derogando expresamente la anterior Orden sobre la materia, de 22 de febrero de 1996.

No obstante, tras su aprobación, se ha advertido la necesidad de modificar el apartado 2 del artículo 63 de dicha Orden de 26 de mayo de 1999, sobre el cómputo de los plazos reglamentarios para el pago de las deudas con la Seguridad Social, a fin de mantener el criterio seguido al respecto en la anterior Orden de 22 de febrero de 1996 en aras de evitar los perjuicios y disfunciones que en el ámbito de la gestión recaudatoria de los recursos del Sistema de la Seguridad Social se producirían por la aplicación plena del artículo 48 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, sin salvedad alguna, lo que se establece por la presente Orden al amparo de las prescripciones del apartado 2 de la disposición adicional sexta de dicha Ley 30/1992, en virtud del cual los actos de gestión recaudatoria de la Seguridad Social se regulan por su normativa específica.

En su virtud, este Ministerio, en uso de las atribuciones conferidas por la disposición final segunda del citado Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto 1637/1995, de 6 de octubre, con la aprobación previa del Ministro de Administraciones Públicas, ha tenido a bien disponer:

Artículo único.

El apartado 2 del artículo 63 de la Orden de 26 de mayo de 1999, por la que se desarrolla el Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social, queda redactado en los términos siguientes:

"2. Cuando los plazos se señalen por días naturales o se fijen por meses o años, se estará a lo dispuesto en el artículo 48 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, con la particularidad de que, cuando el último día del plazo sea inhábil, se entenderá que el plazo finaliza el anterior día hábil del plazo de que se trate."

Disposición final única.

Lo dispuesto en esta Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado".

Madrid, 17 de febrero de 2000.

PIMENTEL SILES

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 17/02/2000
  • Fecha de publicación: 01/03/2000
  • Fecha de entrada en vigor: 02/03/2000
Referencias anteriores
  • MODIFICA el art. 63.2 de la Orden de 26 de mayo de 1999 (Ref. BOE-A-1999-12491).
  • DE CONFORMIDAD con la disposición final 2 del Reglamento aprobado por Real Decreto 1637/1995, de 6 de octubre (Ref. BOE-A-1995-23030).
  • CITA Ley 30/1992, de 26 de noviembre (Ref. BOE-A-1992-26318).
Materias
  • Cotización a la Seguridad Social
  • Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social
  • Recaudación
  • Seguridad Social
  • Tesorería General de la Seguridad Social

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