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Documento BOE-A-2000-3759

Orden de 24 de febrero de 2000 por la que se dispone la efectividad de plazas de Magistrado y el inicio de actividad de nuevas Secciones en Audiencias Provinciales, así como la entrada en funcionamiento de determinados órganos unipersonales.

Publicado en:
«BOE» núm. 48, de 25 de febrero de 2000, páginas 8291 a 8292 (2 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Justicia
Referencia:
BOE-A-2000-3759
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/2000/02/24/(1)

TEXTO ORIGINAL

En uso de las atribuciones que me confiere el artículo 10 del Real Decreto 763/1993, de 21 de mayo, y el artículo 6 del Real Decreto 194/2000, de 11 de febrero, y oído el Consejo General del Poder Judicial, dispongo:

Artículo 1.

El día 2 de mayo de 2000 tendrán efectividad las plazas de Magistrado en los Tribunales Superiores de Justicia que a continuación se relacionan:

a) Una para la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Granada.

b) Una para la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Málaga.

c) Dos para la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Sevilla.

d) Una para la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia del Principado de Asturias.

e) Una para la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, con sede en Las Palmas.

f) Una para la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana.

g) Dos para la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

Artículo 2.

El día 2 de mayo de 2000 tendrán efectividad las plazas de Magistrado en las Audiencias Provinciales que a continuación se relacionan:

Una para la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Granada.

Una para la Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Málaga.

Una para las Secciones Tercera, Cuarta y Quinta de la Audiencia Provincial de Las Palmas.

Una para la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife.

Una para la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Castellón de la Plana.

Tres para la Audiencia Provincial de Valencia.

Una para la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Bilbao.

Una para la Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Oviedo, con sede en Gijón.

Una para la Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Alicante, con sede en Elche.

Una para la Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Pontevedra, con sede en Vigo.

Artículo 3.

1. El día 2 de mayo de 2000 iniciará su actividad la siguiente Sección:

La Sección Décima de la Audiencia Provincial de Valencia.

2. El día 2 de mayo de 2000 entrarán en funcionamiento los siguientes Juzgados:

Juzgados de Primera Instancia e Instrucción:

Números 3 y 4 de Torrevieja.

Número 10 de Castellón de la Plana.

Número 4 de Vinarós.

Número 6 de Torrente.

Juzgados de lo Penal.

Número 1 de Benidorm.

Número 1 de Vinarós.

Número 1 de Gandia.

Juzgados de lo Social:

Número 1 de Benidorm.

Artículo 4.

El día 30 de junio de 2000 tendrán efectividad las plazas de Magistrado en las Secciones de las Audiencias Provinciales que a continuación se relacionan:

Tres para la Audiencia Provincial de Huelva.

Tres para la Audiencia Provincial de Sevilla.

Dos para la Audiencia Provincial de Santander.

Una para la Audiencia Provincial de Lugo.

Una para la Audiencia Provincial de Ourense.

Tres para la Audiencia Provincial de Madrid.

Artículo 5.

1. El día 30 de junio de 2000 iniciarán sus actividades las siguientes Secciones:

La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Huelva.

La Sección Octava de la Audiencia Provincial de Sevilla.

La Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Santander.

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Lugo.

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Ourense.

La Sección Vigésimo Quinta de la Audiencia Provincial de Madrid.

2. El día 30 de junio de 2000 entrarán en funcionamiento los siguientes Juzgados:

Juzgado Decano Exclusivo:

Palma de Mallorca.

Juzgados de Primera Instancia:

Número 16 de Zaragoza.

Número 8 de Santa Cruz de Tenerife.

Número 10 de Valladolid.

Juzgados de Primera Instancia e Instrucción:

Número 3 de Sanlúcar la Mayor.

Número 5 de Torrelavega.

Número 5 de Guadalajara.

Número 3 de Illescas.

Número 6 de Cerdanyola del Vallés.

Número 4 de El Prat de Llobregat.

Número 5 de Rubí.

Número 7 de Reus.

Número 5 de Paterna.

Número 3 de Vilagarcía de Arousa.

Número 5 de Coslada.

Número 10 de Móstoles.

Número 5 de Torrejón de Ardoz.

Número 2 de Yecla.

Juzgados de lo Penal:

Número 12 de Sevilla.

Número 8 de Palma de Mallorca.

Número 5 de Santa Cruz de Tenerife.

Número 3 de Ciudad Real.

Número 1 de Don Benito.

Número 3 de Móstoles.

Números 1 y 2 de Getafe.

Juzgados de lo Social:

Número 4 de Jaén.

Número 11 de Sevilla.

Número 3 de Ciudad Real.

Números 31, 32 y 33 de Barcelona.

Lo que digo a V. I. para su conocimiento y efectos.

Madrid, 24 de febrero de 2000.

MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN

Ilmo. Sr. Director general de Relaciones con la Administración de Justicia.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 24/02/2000
  • Fecha de publicación: 25/02/2000
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DICTA EN RELACIÓN, sobre agrupaciones de forensías: Orden de 26 de julio de 2000 (Ref. BOE-A-2000-15005).
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • el art. 6 del Real Decreto 194/2000, de 11 de febrero (Ref. BOE-A-2000-2883).
    • el art. 10 del Real Decreto 763/1993, de 21 de mayo (Ref. BOE-A-1993-15746).
Materias
  • Administración de Justicia
  • Audiencias Provinciales
  • Juzgados de lo Penal
  • Juzgados de lo Social
  • Juzgados de Primera Instancia
  • Juzgados de Primera Instancia e Instrucción
  • Tribunales Superiores de Justicia

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