El Real Decreto 2188/1995, de 28 de diciembre, modificado por el Real Decreto 339/1998, de 6 de marzo, por el que se regula el régimen de control interno ejercido por la Intervención General de la Administración del Estado, establece en su artículo 46.1 la obligación de los titulares de los Departamentos ministeriales y de los Presidentes o Directores de los organismos autónomos y entes públicos, de facilitar información a la Intervención General de la Administración del Estado sobre las subvenciones y ayudas públicas por ellos gestionadas, en los términos que determine el Ministerio de Economía y Hacienda mediante Orden ministerial.
A su vez, el artículo 46.2 del citado Real Decreto establece el contenido general de la información a suministrar por los órganos gestores de subvenciones y ayudas públicas y dispone que con ésta la Intervención General de la Administración del Estado formará una base de datos nacional que facilite la planificación y el seguimiento de las actuaciones de control cuya ejecución tiene atribuida por el texto refundido de la Ley General Presupuestaria. También establece que la creación de la base de datos se efectuará por Orden del Ministerio de Economía y Hacienda que contendrá los aspectos exigidos por la Ley Orgánica 5/1992, de 29 de octubre, de Regulación del Tratamiento Automatizado de Datos de Carácter Personal, en particular por su artículo 18.2.
Por lo que respecta a las ayudas financiadas total o parcialmente con cargo a fondos comunitarios, el artículo 10 del Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea determina la obligación de los Estados miembros de adoptar todas las medidas generales o particulares apropiadas para asegurar el cumplimiento de las obligaciones derivadas de dicho Tratado o resultantes de los actos de las instituciones de la Comunidad y facilitarán a esta última el cumplimiento de su emisión. Asimismo, en el artículo 280 del mismo Tratado se señala que la Comunidad y los Estados miembros combatirán el fraude y toda actividad ilegal que afecte a los intereses financieros de la Comunidad mediante medidas que deberán tener un efecto disuasorio y ser capaces de ofrecer una protección eficaz en los Estados miembros; además, los Estados miembros adoptarán para combatir el fraude que afecte a los intereses financieros de la Comunidad las mismas medidas que para combatir el fraude que afecte a sus propios intereses financieros.
El Reglamento (CE, EURATOM) 2988/95 del Consejo, de 18 de diciembre de 1995, relativo a la protección de los intereses financieros de las Comunidades Europeas determina en su artículo 8.1 que, de conformidad con las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas nacionales, los Estados miembros adoptarán las medidas necesarias para garantizar la regularidad y veracidad de las operaciones en las que se comprometan los intereses financieros de las Comunidades. En este sentido, el apartado 2 de dicho precepto remite a la normativa sectorial la regulación de la naturaleza y frecuencia de los controles a realizar.
La obligación de los Estados miembros de realizar controles se determina en el artículo 8 del Reglamento (CEE) 729/70 del Consejo para el FEOGA-Garantía, en el artículo 23 del Reglamento (CEE) 4253/88 del Consejo y en el artículo 38 del Reglamento (CE) 1260/99 del Consejo para los Fondos estructurales, y en el artículo 12 del Reglamento (CE) 1164/94 del Consejo por el que se crea el Fondo de Cohesión, modificado por los Reglamentos (CE) 1264/99 y 1265/99 del Consejo.
Por otra parte, el régimen de incompatibilidades en la financiación de una misma medida por distintos Fondos o instrumentos de financiación, previsto en el artículo 14 del Reglamento (CEE) 2052/88 del Consejo y en el artículo 28 del Reglamento (CE) 1260/99 del Consejo para Fondos Estructurales, y en el artículo 9 del Reglamento (CE) 1164/94 para el Fondo de Cohesión, aconseja disponer de una información centralizada que permita hacer las comprobaciones necesarias para verificar el cumplimiento de estos requisitos.
Con el objeto de dar respuesta a las obligaciones impuestas por la normativa comunitaria, y teniendo en cuenta la pluralidad de órganos e instituciones involucrados en la gestión y control de los distintos fondos comunitarios, el artículo 18.2 del texto refundido de la Ley General Presupuestaria establece que para este ámbito la Intervención General de la Administración del Estado será el órgano competente para establecer, de acuerdo con la normativa comunitaria y nacional vigente, la necesaria coordinación de controles, manteniendo, a estos solos efectos, las necesarias relaciones con los órganos correspondientes de las Comunidades Europeas, de los entes territoriales y de la Administración del Estado.
Para dar cumplimiento a todas estas obligaciones se considera necesario disponer de sistemas de información que permitan coordinar la lucha contra el fraude al presupuesto comunitario y la realización de aquellas verificaciones que sólo la disposición del conjunto de la información permiten realizar.
Dado que la gestión de las subvenciones y ayudas públicas es competencia de distintas Administraciones Públicas, se instará la celebración de los oportunos convenios de colaboración con las Comunidades Autónomas y Entidades Locales que correspondan, con la finalidad de que la base de datos pueda integrar la información de las subvenciones y ayudas públicas concedidas en todo el ámbito nacional, en aras de una mayor eficacia en la gestión y control de estas subvenciones y ayudas por cada Administración, en el ámbito de sus correspondientes competencias.
A tal fin, la presente Orden tiene por objeto crear la base de datos nacional sobre subvenciones y ayudas públicas, así como establecer los procedimientos a seguir para la remisión de la información necesaria y definir el formato y contenido de los soportes a utilizar.
En su virtud, previo informe de la Agencia de Protección de Datos, dispongo:
1. Están obligados a facilitar información a la Intervención General de la Administración del Estado sobre la gestión de las subvenciones y ayudas públicas los titulares de los Departamentos ministeriales y los Presidentes o Directores de los Organismos autónomos y de los entes públicos que las gestionen. En caso de delegación de competencias, la obligación recaerá en aquellos órganos gestores en los que se delegue. Esta obligación es independiente de que, según el artículo 81.3 del texto refundido de la Ley General Presupuestaria, se precise autorización de otras instancias para la concesión de las subvenciones o ayudas públicas.
2. Los órganos gestores obligados facilitarán información a la Intervención General de la Administración del Estado sobre las subvenciones y ayudas públicas reguladas por el artículo 81 del texto refundido de la Ley General Presupuestaria.
1. La información a facilitar a la Intervención General de la Administración del Estado tendrá el contenido que se detalla en el anexo 1 de esta Orden.
En caso de ayudas financiadas en todo o en parte por fondos de la Unión Europea, la información a facilitar será igualmente la detallada en el anexo 1 de esta Orden, con las adaptaciones que correspondan por razón de sus especiales características.
2. Dicha información será la referida a las operaciones realizadas durante cada trimestre natural a partir del primero de enero del año 2000, correspondientes a acuerdos de concesión realizados igualmente a partir de dicha fecha.
3. Asimismo, en cada trimestre se deberá incluir la información que, por razones excepcionales, no hubiese sido comunicada en su momento.
1. La presentación de la información solicitada se realizará en los soportes informáticos y con el formato especificado en los anexos 2 y 3 de esta Orden, acompañados de oficio firmado por el obligado a presentar la información con el contenido que se indica en el anexo 4. En los casos debidamente autorizados y siempre que se garanticen los niveles adecuados de confidencialidad y seguridad, la Intervención General de la Administración del Estado podrá autorizar el envío de la información por vía telemática.
2. La Intervención General de la Administración del Estado establecerá los procedimientos técnicos o de cualquier otra naturaleza, que garanticen la seguridad en la entrega, recepción y custodia de los soportes informáticos.
3. En caso de imposibilidad de entregar la información en los soportes previstos, se podrá utilizar, a petición del órgano gestor interesado, con la previa autorización de la Intervención General de la Administración del Estado y en los términos y condiciones que ésta determine en cada caso, el conjunto de fichas de cumplimentación manual que se indican en el anexo 5 de esta Orden, acompañadas igualmente de oficio firmado por el obligado a presentar la información con el contenido que se indica en el anexo 4.
1. La información se presentará dentro de los primeros veinte días naturales de los meses de enero, abril, julio y octubre.
2. Los soportes identificarán externamente el órgano remitente y el propio envío, de acuerdo con las normas de etiquetado definidas en el anexo 2 de esta Orden.
3. En el caso de que, al vencimiento del período de referencia, no exista información a facilitar, el obligado a presentar la información comunicará dicha circunstancia en el plazo establecido para la presentación de los soportes, mediante oficio con el contenido que se indica en el anexo 4 de esta norma.
4. Por su especial trascendencia, una vez conocidas, se comunicarán a la Intervención General de la Administración del Estado las resoluciones administrativas o sentencias firmes que den lugar a inhabilitación para recibir subvenciones o ayudas públicas.
1. La información solicitada, junto con el oficio de remisión, que se indica en el anexo 4 de esta Orden, será presentada en los Servicios Centrales de la Intervención General de la Administración del Estado.
2. En caso de presentación por vía telemática, la Intervención General de la Administración del Estado establecerá el procedimiento de presentación de la información.
1. Una vez comprobada la información recibida por la Intervención General de la Administración del Estado, ésta lo pondrá en conocimiento del órgano gestor correspondiente por escrito, para que, en su caso, y en el plazo de quince días naturales contados a partir de la fecha de recepción de la comunicación, proceda a subsanar los errores detectados mediante envíos complementarios de información, de acuerdo con el contenido del anexo 2 de esta Orden. La comprobación a realizar por la Intervención General de la Administración del Estado deberá realizarse en el plazo máximo de dos meses a contar desde de la fecha de recepción de la información.
2. Se tendrá por no presentada la información que no se ajuste al contenido y especificaciones establecidas en esta Orden o aquella cuyos errores no hayan sido subsanados en la forma prevista en el párrafo anterior.
En el caso de que transcurrido el plazo establecido en el apartado 4 no se haya presentado la información debida, o habiéndose presentado ésta, contenga errores que no se hayan subsanado en el plazo regulado para ello, la Intervención General de la Administración del Estado, si procede, lo elevará al Ministro de Economía y Hacienda a los efectos oportunos.
1. La base de datos sobre subvenciones se crea para facilitar la planificación y el seguimiento de las actuaciones de control cuya ejecución y coordinación tiene atribuidas la Intervención General de la Administración del Estado por el texto refundido de la Ley General Presupuestaria.
2. La utilización de los datos contenidos en esta base de datos queda sujeta a lo previsto en la Ley Orgánica 5/1992, de 29 de octubre, de Regulación del Tratamiento Automatizado de Datos de Carácter Personal.
3. En cumplimiento del artículo 18.2 de la Ley antes citada, las características de la base de datos que se crea son las que se enumeran a continuación:
a) La finalidad de la base de datos nacional es almacenar y mantener actualizada la información relativa a los perceptores de subvenciones y ayudas públicas, con el contenido regulado en el apartado segundo de esta Orden.
b) La citada información será utilizada por la Intervención General de la Administración del Estado exclusivamente para el cumplimiento de sus funciones de control interno. En las condiciones y forma que establezca la Intervención General de la Administración del Estado, los órganos gestores de subvenciones y ayudas públicas podrán solicitar, a través de las Intervenciones Delegadas correspondientes, la información que precisen para el ejercicio de las competencias de comprobación que tienen atribuidas de acuerdo con lo establecido en el artículo 81 del texto refundido de la Ley General Presupuestaria.
c) El colectivo al que se refieren los datos está constituido por los beneficiarios y perceptores de subvenciones y ayudas públicas y las entidades colaboradoras reguladas por el artículo 81 del texto refundido de la Ley General Presupuestaria.
d) En la base de datos se recogerá, para cada perceptor, información relacionada con las subvenciones o ayudas percibidas, así como de las posibles actuaciones administrativas y judiciales relacionadas con aquéllas. Respecto a estas últimas actuaciones, y a los efectos de posibilitar las funciones de control interno atribuidas a la Intervención General de la Administración del Estado por el texto refundido de la Ley General Presupuestaria, en la base de datos se recogerá información sobre las multas impuestas, así como sobre los períodos de pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones públicas o de prohibición para celebrar contratos con el Estado u otros Entes públicos.
e) La Intervención General de la Administración del Estado será el órgano de la Administración del Estado responsable del mantenimiento y custodia de la información contenida en la base de datos, así como el órgano ante el que ejercitar los derechos de acceso, rectificación y cancelación.
4. Dado el carácter de base de datos nacional a que se refiere el artículo 46 del Real Decreto 2188/1995, de 28 de diciembre, la Intervención General de la Administración del Estado, con el objeto de alcanzar una mayor eficacia en la gestión y control de las subvenciones, instará la celebración de los oportunos convenios de colaboración con las Comunidades Autónomas y Entidades Locales en el ámbito de sus correspondientes competencias, con el fin de que la base de datos pueda integrar la información de las subvenciones y ayudas públicas concedidas en todo el ámbito nacional.
1. En relación con las ayudas financiadas por el FEOGA-Garantía, el Fondo Español de Garantía Agrícola, como organismo de coordinación, de acuerdo con lo previsto en los Reglamentos (CE) 1663/95 y (CE) 2390/1999 de la Comisión, facilitará a la Intervención General de la Administración del Estado la información derivada de los pagos realizados por los distintos organismos pagadores.
2. En el caso de las ayudas cofinanciadas por Fondos estructurales o por el Fondo de Cohesión, la información será facilitada por los órganos gestores de las mismas a través de la autoridad u organismo designado como responsable de cada Fondo.
3. Dadas las características especiales de las ayudas financiadas con fondos de la Unión Europea, fundamentalmente en cuanto a la normativa aplicable en cada momento, y en particular a la tramitación de las mismas, a los períodos especiales de control y a las nomenclaturas utilizadas, la Intervención General de la Administración del Estado realizará las adaptaciones necesarias en el contenido de los anexos de esta Orden para contemplar estas peculiaridades.
La Intervención General de la Administración del Estado podrá modificar las especificaciones técnicas, los soportes informáticos y telemáticos utilizables en el intercambio de información con los órganos gestores de subvenciones y ayudas públicas, así como la estructura lógica de la información que deban contener, de acuerdo con las posibilidades técnicas de cada momento.
Madrid, 13 de enero de 2000.
DE RATO Y FIGAREDO
A) Información para el control de las entregas de fondos a las entidades colaboradoras o Comunidades Autónomas para su distribución a los perceptores de subvenciones:
En caso de que, según lo previsto por el artículo 81.5 del texto refundido de la Ley General Presupuestaria, el pago de las subvenciones y ayudas públicas a los perceptores se realice a través de las Comunidades Autónomas o de entidades colaboradoras, la información a suministrar por los órganos gestores de dichas subvenciones permitirá el control de la aplicación de los fondos facilitados a dichas entidades para su distribución a los perceptores de las subvenciones y ayudas públicas.
La información a suministrar por cada convocatoria y entidad colaboradora o Comunidad Autónoma se estructura en las siguientes operaciones, cuyo contenido se detalla en el anexo 3 «Formato de los registros de detalle».
1. El órgano gestor de la subvención comunicará las entregas de los fondos que hayan sido efectuadas a cada una de las entidades colaboradoras o Comunidades Autónomas. Esta comunicación se realizará a través de la operación «Entrega de fondos a entidad colaboradora en el pago».
2. El órgano gestor de la subvención comunicará los ingresos efectuados por la entidad colaboradora o Comunidad Autónoma, cuando ésta proceda a la devolución de todos o parte de ellos sin que haya mediado una resolución de procedencia de reintegro por parte del propio órgano gestor que entregó los fondos. Esta comunicación se realizará a través de la operación «Reintegro de fondos a iniciativa de la entidad colaboradora en el pago».
3. El órgano gestor de la subvención comunicará la cantidad total distribuida por la entidad colaboradora o Comunidad Autónoma. Esta comunicación se realizará a través de la operación «Distribución de los fondos recibidos por la entidad colaboradora en el pago».
4. La información sobre cada uno de los pagos realizados a los perceptores de las subvenciones será facilitada por el órgano gestor mediante la operación «Pago de subvención a beneficiario», descrita más adelante.
5. El órgano gestor de la subvención comunicará la apertura del procedimiento administrativo para declarar la procedencia del reintegro de todos o parte de los fondos entregados a las entidades colaboradoras o Comunidades Autónomas. Esta comunicación se realizará a través de la operación «Inicio del procedimiento para el reintegro de fondos entregados a entidad colaboradora en el pago».
6. El órgano gestor de la subvención comunicará el contenido de la resolución del procedimiento administrativo iniciado para declarar la procedencia del reintegro de todos o parte de los fondos entregados a las entidades colaboradoras o Comunidades Autónomas para su distribución entre los beneficiarios de la subvención. Esta comunicación se realizará a través de la operación «Resolución del procedimiento para el reintegro de fondos entregados a entidad colaboradora en el pago».
7. El órgano gestor de la subvención comunicará, en caso de que así se produzca, la posible suspensión de la ejecución de la resolución, así como, en su caso, sus modificaciones. Esta comunicación se realizará a través de la operación «Modificaciones en la resolución del procedimiento para el reintegro de fondos entregados a entidad colaboradora en el pago».
8. El órgano gestor de la subvención, si de la resolución del procedimiento iniciado resultara la procedencia del reintegro de todos o parte de los fondos entregados a las entidades colaboradoras o Comunidades Autónomas para su distribución entre los beneficiarios de la subvención, comunicará la información sobre las gestiones llevadas a cabo para promover el procedimiento de recaudación de los fondos requeridos. Esta comunicación se realizará a través de la operación «Inicio del procedimiento para la recaudación de reintegros de fondos entregados a la entidad colaboradora en el pago».
9. Una vez producido el ingreso de los reintegros requeridos y puesto dicho ingreso en conocimiento del órgano gestor, éste comunicará el resultado del proceso de recaudación. Esta comunicación se realizará a través de la operación «Recaudación de reintegros de fondos entregados a la entidad colaboradora en el pago».
B) Información para el control de los pagos de subvenciones a beneficiarios:
Tanto en el caso de que los pagos a los beneficiarios de las subvenciones contempladas se realice a través de las entidades colaboradoras o Comunidades Autónomas previstas en el artículo 81 del texto refundido de la Ley General Presupuestaria, como en caso de pagos por parte del órgano gestor al perceptor de la subvención, ya sean éstos pagos directos a perceptor o que tuvieran el carácter de «pagos masivos» previstos por la Resolución conjunta de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera y la Intervención General del Estado de 28 de febrero de 1997, sobre la realización de ciertos pagos a través de agentes mediadores, la información a suministrar por los órganos gestores se refiere a la concesión de la subvención realizada y a las condiciones de concurrencia aportadas por el beneficiario, a la propia del pago material, a la de la justificación de las subvenciones prepagables, a la derivada de los procedimientos de reintegro efectuados por el gestor de las subvenciones, así como a la referente a la recaudación de dichos reintegros.
La información a suministrar por cada convocatoria, concesión y beneficiario, se estructura en las siguientes operaciones, cuyo contenido se detalla en el anexo 3 «Formato de los registros de detalle».
1. El órgano gestor de la subvención comunicará la información de las concesiones de subvenciones realizadas. Esta comunicación se realizará a través de la operación «Concesión de subvención a beneficiario». La obligatoriedad de comunicar la información sobre la concesión de la subvención nacerá en el momento en que ésta comience a ser pagada.
2. El órgano gestor de la subvención comunicará la información facilitada por el beneficiario sobre la obtención de subvenciones o ayudas para la misma finalidad procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos nacionales o internacionales. Esta comunicación se realizará a través de la operación «Concurrencia de ayudas».
3. El órgano gestor de la subvención comunicará los pagos que hayan sido efectuados a cada uno de los beneficiarios de subvenciones. Esta comunicación alcanzará tanto a los pagos directos, realizados individualmente a cada beneficiario o a través del procedimiento de «pagos masivos» previsto para el Cajero de Pagos Especiales de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, como a los pagos realizados a través de las entidades colaboradoras o Comunidades Autónomas cuando han resultado éstas las competentes para la distribución de los fondos para este fin recibidos. Esta comunicación se realizará a través de la operación «Pago de subvención a beneficiario».
4. El órgano gestor de la subvención comunicará los ingresos efectuados por el beneficiario, cuando éste proceda al reintegro de la totalidad o de parte de la subvención percibida sin que haya mediado una resolución de procedencia de reintegro por parte del propio órgano gestor. Esta comunicación se realizará a través de la operación «Reintegro de subvención a iniciativa del beneficiario».
5. El órgano gestor de la subvención comunicará las justificaciones realizadas por los beneficiarios de las subvenciones cuyo pago se haya producido con anterioridad al momento en el que el beneficiario vino obligado a justificar las condiciones que posibilitaron su concesión. Respecto a las subvenciones en las que la justificación del derecho a la subvención se produce con anterioridad a su concesión o, en cualquier caso, con anterioridad al pago de la misma, no es necesaria la comunicación de dicha justificación. En el caso previsto, esta comunicación se realizará a través de la operación «Justificación efectuada por el beneficiario de la subvención».
6. El órgano gestor de la subvención comunicará la apertura del procedimiento administrativo para declarar la procedencia del reintegro de la totalidad o parte de la subvención pagada a beneficiario. Esta comunicación se realizará a través de la operación «Inicio del procedimiento para el reintegro de subvención».
7. El órgano gestor de la subvención comunicará el contenido de la resolución del procedimiento administrativo iniciado para declarar la procedencia del reintegro de la totalidad o parte de la subvención pagada a beneficiario. Esta comunicación se realizará a través de la operación «Resolución del procedimiento para el reintegro de subvención».
8. El órgano gestor de la subvención comunicará, en caso de que así se produzca, la posible suspensión de la ejecución de la resolución de requerimiento de reintegro de subvención, así como, en su caso, sus modificaciones. Esta comunicación se realizará a través de la operación «Modificaciones en la resolución del procedimiento para el reintegro de subvención».
9. El órgano gestor de la subvención, si de la resolución del procedimiento iniciado resultara la procedencia del reintegro de la totalidad o parte de la subvención pagada a beneficiario, comunicará la información sobre las gestiones llevadas a cabo para promover el procedimiento de recaudación del reintegro requerido. Esta comunicación se realizará a través de la operación «Inicio del procedimiento para la recaudación de reintegros de subvención».
10. Una vez producido el ingreso de los reintegros requeridos y puesto dicho ingreso en conocimiento del órgano gestor, éste comunicará el resultado del proceso de recaudación. Esta comunicación se realizará a través de la operación «Recaudación de reintegros de subvención».
C) Información para el control de los procesos sancionadores:
El órgano gestor de las subvenciones deberá iniciar expedientes sancionadores cuando se aprecie la existencia de conductas legalmente tipificadas. En estos casos, deberá comunicar la información correspondiente al inicio del expediente, a su resolución, a las posibles modificaciones posteriores, y a las gestiones derivadas del cobro de las multas impuestas.
La información a suministrar por cada convocatoria, concesión y beneficiario, se estructura en las siguientes operaciones, cuyo contenido se detalla en el anexo 3 «Formato de los registros de detalle».
1. El órgano gestor de la subvención comunicará la apertura del procedimiento sancionador iniciado contra los beneficiarios de las subvenciones que realicen conductas tipificadas como infracciones. Esta comunicación se realizará a través de la operación «Inicio del procedimiento sancionador».
2. En los supuestos en que la conducta seguida por el beneficiario de las subvenciones pudiera ser constitutiva de delito contra la Hacienda Pública, el órgano gestor de la subvención comunicará el traslado del procedimiento a la jurisdicción competente. Esta comunicación se realizará a través de la operación «Traslado del procedimiento sancionador a la vía penal».
3. De no haberse estimado existencia de delito por la autoridad judicial, el órgano gestor continuará la elaboración del expediente sancionador sobre la base de los hechos que los Tribunales hayan considerado probados; en este caso, el órgano gestor de la subvención comunicará la continuación del expediente sancionador mediante la operación «Reanudación del procedimiento sancionador por regreso de vía penal».
4. El órgano gestor de la subvención comunicará el contenido de la resolución del expediente sancionador iniciado contra los beneficiarios de las subvenciones. Esta comunicación se realizará a través de la operación «Resolución del procedimiento sancionador».
5. El órgano gestor de la subvención comunicará, en caso de que así se produzca, la posible suspensión de la ejecución de la resolución de expediente sancionador, así como, en su caso, sus modificaciones. Esta comunicación se realizará a través de la operación «Modificaciones en la resolución del procedimiento sancionador».
6. El órgano gestor de la subvención, si de la resolución del expediente sancionador resultara la imposición de multa, comunicará la información sobre las gestiones llevadas a cabo para promover el procedimiento de recaudación de las mismas. Esta comunicación se realizará a través de la operación «Inicio del procedimiento para la recaudación de sanciones dinerarias».
7. Una vez producido el ingreso de las multas y puesto dicho ingreso en conocimiento del órgano gestor, éste comunicará el resultado del proceso de recaudación. Esta comunicación se realizará a través de la operación «Recaudación de sanciones dinerarias».
D) Información para el control de los procesos penales:
En los supuestos en que la conducta seguida por el beneficiario de las subvenciones pudiera ser constitutiva de delito contra la Hacienda Pública, la Administración pasará el tanto de culpa a la jurisdicción competente y se abstendrá de seguir el procedimiento sancionador mientras la autoridad judicial no dicte sentencia firme, circunstancias que deberán ser comunicadas por el órgano gestor, así como el contenido de las sentencias que los tribunales pudieran dictar.
La información a suministrar por cada convocatoria, concesión, beneficiario e instancia judicial, se estructura en las operaciones «Demandas en vía judicial» y «Sentencias en vía judicial», cuyo contenido se detalla en el anexo 3 «Formato de los registros de detalle».
E) Información identificativa de los agentes relacionados:
Respecto a los beneficiarios y perceptores de las subvenciones, los órganos gestores de las mismas comunicarán la información de identificación necesaria. Esta información será comunicada mediante la operación «Datos personales». La misma información será comunicada por los órganos gestores de las subvenciones respecto a los responsables subsidiarios de las obligaciones de reintegro y de sanción.
El alcance de las responsabilidades de los responsables subsidiarios respecto a cada concesión será comunicado por los órganos gestores mediante la operación «Alcance de responsabilidades».
a) Soporte.–La información a facilitar a la Intervención General de la Administración del Estado a la que se refiere la presente Orden se presentará en formato ASCII, utilizando preferentemente el código de página 850 para caracteres extendidos, en disquetes de 3 1/2’’ de doble cara, formateados bajo el sistema operativo MS-DOS, en doble o alta densidad (720 kilobytes o 1,44 megabytes, respectivamente), o en CD-ROM bajo formato ISO-9660 Modo 1.
En los casos debidamente autorizados y siempre que se garanticen los niveles adecuados de confidencialidad y seguridad, la Intervención General de la Administración del Estado podrá autorizar el envío de la información por vía telemática.
b) Nombre del fichero.–Los soportes, en los que no se definirá ningún directorio, contendrán un único fichero, multivolumen en su caso, que agrupará los ficheros de operaciones descritos más adelante, comprimidos mediante el programa de compresión que, a estos efectos, definirá la Intervención General de la Administración del Estado, quien facilitará la correspondiente licencia de uso a los órganos gestores obligados a presentar información que no dispongan de la misma.
El fichero se comprimirá incorporando una clave de seguridad calculada de acuerdo a un algoritmo comunicado por la Intervención General de la Administración del Estado a cada órgano gestor.
El nombre del fichero comprimido tendrá el siguiente formato:
Pos | Lon | Tip | Nombre | Contenido y descripción |
---|---|---|---|---|
Nombre | ||||
1 | 8 | Num | Fecha de referencia. | Fecha de referencia del envío, codificado de acuerdo con el contenido del apartado cuarto, «Características generales de los campos» de este anexo. Esta fecha se corresponderá con el último día natural de cada trimestre. |
Extensión | ||||
1 | 3 | Alf | Extensión. | La que en cada caso determine la Intervención General de la Administración del Estado de acuerdo al programa compresor utilizado. |
c) Otros soportes.–Si el órgano obligado a facilitar la información no pudiese ajustarse a las especificaciones técnicas exigidas deberá dirigirse por escrito a la Intervención General de la Administración del Estado exponiendo las características del soporte alternativo y el volumen de la información a presentar, con objeto de autorizar, en su caso, el soporte propuesto.
El soporte magnético deberá tener una etiqueta adherida en el exterior en el que se hagan constar los datos que se especifican a continuación y, necesariamente, en el mismo orden:
a) Código del órgano gestor que remite la información, codificado de acuerdo con el contenido del apartado quinto «Estructura de campos usuales» de este anexo.
b) Denominación del órgano gestor que remite la información.
c) Fecha de referencia del envío, codificado de acuerdo con el contenido del apartad o cuarto «Características generales de los campos» de este anexo. Esta fecha se corresponderá con el último día natural de cada trimestre.
d) Número de envío dentro del trimestre.
e) Tipo de envío, codificado de acuerdo con el contenido del apartado sexto «Contenido de las tablas» de este anexo.
f) Número de orden del volumen en el conjunto de los presentados.
g) Número total de volúmenes presentados.
Para hacer constar los referidos datos, bastará consignar cada uno de ellos precedido de la letra que le corresponda según la relación anterior.
En caso de archivos multivolumen, en la etiqueta del segundo y sucesivos volúmenes bastará con consignar los datos indicados en las letras a), b), f) y g).
a) Número de ficheros.–El fichero comprimido identificado en el apartado primero de este anexo estará compuesto por ficheros independientes, en número variable, conteniendo cada uno información específica de un aspecto parcial de la gestión de las subvenciones.
b) Nombre de los ficheros.–Los nombres de los ficheros responderán al siguiente formato:
Pos | Lon | Tip | Nombre | Contenido y descripción |
---|---|---|---|---|
Nombre | ||||
1 | 8 | Num | Fecha de referencia. | Fecha de referencia del envío, codificado de acuerdo con el contenido del apartado cuarto, «Características generales de los campos», de este anexo. Esta fecha se corresponderá con el último día natural de cada trimestre. |
Extensión | ||||
1 | 2 | Alf | Tipo de operación. | Tipo de operación, codificado de acuerdo con el contenido del apartado sexto, «Contenido de las tablas», de este anexo. |
c) Contenido de los ficheros.–Cada uno de los ficheros tendrá la siguiente estructura:
Un único registro de cabecera.
Uno o varios registros de detalle.
Un único registro de fin.
En caso de que no existiera información de detalle correspondiente a un fichero concreto, no se incluirá éste en el envío.
Los ficheros contienen registros de longitud fija, que se corresponde con la del registro de detalle.
c.1) Registro de cabecera: El registro de cabecera, que será único en cada fichero, identifica el órgano gestor de las subvenciones que remite la información, la fecha de referencia del envío, el número de orden del envío dentro de los producidos en el trimestre, y el tipo de envío, de acuerdo con el siguiente formato:
Pos | Lon | Tip | Nombre | Contenido y descripción |
---|---|---|---|---|
Nombre | ||||
1 | 1 | Alf | Tipo de registro. | Valor fijo «C». |
2 | 12 | Alf | Órgano gestor. | Órgano gestor de la subvención, codificado de acuerdo con el contenido del apartado quinto, «Estructura de campos usuales» de este anexo. |
14 | 8 | Num | Fecha de referencia. | Fecha de referencia del envío, codificado de acuerdo con el contenido del apartado cuarto, «Características generales de los campos», de este anexo. Esta fecha se corresponderá con el último día natural de cada trimestre. |
22 | 2 | Num | Número de envío. | Número de envío dentro del trimestre. |
24 | 1 | Alf | Tipo de envío. | Tipo de envío, codificado de acuerdo con el contenido del apartado sexto, «Contenido de las tablas», de este anexo. |
25 | Resto de posiciones sin contenido, hasta completar la longitud del registro de detalle. |
c.2) Registros de detalle: Cada fichero contendrá la información correspondiente en los registros de detalle, que se ajustarán al siguiente formato:
Pos | Lon | Tip | Nombre | Contenido y descripción |
---|---|---|---|---|
1 | 1 | Alf | Tipo de registro. | FIJO. VALOR «D». |
2 | 2 | Alf | Tipo de operación. | Tipo de operación, codificado de acuerdo con el contenido del apartado sexto, «Contenido de las tablas», de este anexo. |
4 | 1 | Alf | Tipo de movimiento. | «A» Alta. «B» Baja. «M» Modificación. |
5 | Datos del registro, formateado de acuerdo con el contenido del anexo 3, «Formato de los registros de detalle». |
c.3) Registro de fin: El registro de fin de fichero, que será único en cada fichero, es un registro de control del contenido del fichero con el siguiente formato:
Pos | Lon | Tip | Nombre | Contenido y descripción |
---|---|---|---|---|
1 | 1 | Alf | Tipo de registro. | FIJO. VALOR «F». |
2 | 6 | Num | Contador. | Contador del número de registros existentes en el fichero, incluidos los registros de cabecera y fin. |
8 | Resto de posiciones sin contenido hasta completar la longitud del registro. |
a) Campos alfanuméricos.–Su contenido se presentará justificado a la izquierda y con caracteres, espacio a la derecha, hasta completar la longitud del campo –a excepción del número de identificación fiscal, que se codificará de acuerdo con el contenido del apartado quinto, «Estructura de campos usuales», de este anexo–, admitiéndose tanto mayúsculas como minúsculas, así como Vocales acentuadas. Si el campo no tuviera contenido, se rellenarán con espacios todas sus posiciones.
b) Campos numéricos.–Su contenido se presentará sin empaquetar y sin signo, justificado a la derecha, con ceros a la izquierda hasta completar la longitud del campo. Si el campo no tuviera contenido, se rellenarán con ceros todas sus posiciones.
c) Campos de importes.–Los importes incluidos en los registros se entenderán siempre como positivos, no incluirán signo alguno y se ajustarán al siguiente formato:
Pos | Lon | Tip | Nombre | Contenido y descripción |
---|---|---|---|---|
1 | 1 | Alf | Indicador de moneda. | «E»: euro; «P»: peseta. |
2 | 12 | Num | Parte entera. | Parte entera del importe, sin separadores de miles. |
14 | 2 | Num | Parte decimal. | Parte decimal del importe, sin separador decimal. |
d) Campos de fecha:
Pos | Lon | Tip | Nombre | Contenido y descripción |
---|---|---|---|---|
1 | 2 | Num | Día. | Día. |
3 | 2 | Num | Mes. | Mes. |
5 | 4 | Num | Año. | Año. |
a) Identificación.
a.1) De beneficiarios, perceptores y responsables subsidiarios: Los beneficiarios, perceptores o, en su caso, los responsables subsidiarios de las obligaciones de reintegro y de los expedientes sancionadores se identificarán mediante su número o código de identificación fiscal con el formato que sigue.
Pos | Lon | Tip | Nombre | Contenido y descripción |
---|---|---|---|---|
1 | 2 | Alf | País. | Indicador del país, codificado de acuerdo con el contenido del apartado sexto, «Contenido de las tablas», de este anexo. |
3 | 12 | Alf | NIF/CIF. | NIF/CIF ajustado a la derecha, siendo la última posición el carácter de control, y rellenando con ceros las posiciones de la izquierda. |
15 | 1 | Num | Contador. | Contador de NIF duplicado. En caso de que un mismo NIF haya sido asignado a distintos beneficiarios, el órgano gestor recibirá instrucciones de la Intervención General de la Administración del Estado sobre el contenido de este campo. En otro caso, tendrá siempre el valor cero. |
a.2) De entidades colaboradoras: Las entidades que colaboren en la gestión de las subvenciones, así como órganos de las Comunidades Autónomas, que desarrollen estas funciones, quedarán identificadas mediante su número o código de identificación fiscal, con el formato que sigue:
Pos | Lon | Tip | Nombre | Contenido y descripción |
---|---|---|---|---|
1 | 12 | Alf | NIF/CIF. | NIF/CIF ajustado a la derecha, siendo la última posición el carácter de control, y rellenando con ceros las posiciones de la izquierda. |
b) Identificación de órganos gestores.
b.1) Órganos gestores de la Administración Central del Estado: Se identificarán mediante el código de su clasificación orgánica presupuestaria con el formato que sigue.
Pos | Lon | Tip | Nombre | Contenido y descripción |
---|---|---|---|---|
1 | 4 | Num | Año del presupuesto. | Ejercicio presupuestario. |
5 | 2 | Num | Sección. | Sección presupuestaria, codificada de acuerdo con la clasificación orgánica del gasto de los P.G.E. |
7 | 3 | Num | Organismo. | En su caso, código del organismo, codificado de acuerdo con la clasificación orgánica del gasto de los P.G.E. |
10 | 2 | Num | Servicio | En su caso, código del servicio presupuestario, codificado de acuerdo con la clasificación orgánica del gasto de los P.G.E. |
12 | 1 | Alf | Sin contenido. |
b.2) Órganos gestores de otras Administraciones: Quedarán identificados mediante su número o código de identificación fiscal, con el formato que sigue:
Pos | Lon | Tip | Nombre | Contenido y descripción |
---|---|---|---|---|
1 | 12 | Alf | NIF/CIF. | NIF/CIF ajustado a la derecha, siendo la última posición el carácter de control, y rellenando con ceros las posiciones de la izquierda. |
c) Operación contable.
Pos | Lon | Tip | Nombre | Contenido y descripción |
---|---|---|---|---|
1 | 17 | Alf | Operación contable. | Número de operación contable, codificada de acuerdo a las especificaciones del sistema contable SIC2 y obtenida, mediante certificación, en la contabilización de las operaciones de ejecución del presupuesto. |
d) Aplicación presupuestaria.
Pos | Lon | Tip | Nombre | Contenido y descripción |
---|---|---|---|---|
1 | 4 | Num | Ejercicio presupuestario. | Ejercicio presupuestario. |
5 | 2 | Num | Sección. | Sección presupuestaria. |
7 | 2 | Alf | Orgánica libre 1. | Orgánica libre 1. |
9 | 2 | Alf | Orgánica libre 2. | Orgánica libre 2 (opcional). |
11 | 4 | Alf | Programa. | Programa. |
15 | 1 | Alf | Subprograma. | Subprograma (opcional). |
16 | 2 | Alf | Elemento de programa. | Elemento de programa (opcional). |
18 | 3 | Num | Concepto. | Concepto. |
21 | 2 | Num | Subconcepto. | Subconcepto (opcional). |
23 | 2 | Num | Partida. | Partida (opcional). |
e) Código postal.
Pos | Lon | Tip | Nombre | Contenido y descripción |
---|---|---|---|---|
1 | 2 | Num | Provincia. | Provincia, codificado de acuerdo con el contenido del apartado sexto, «Contenido de las tablas», de este anexo. |
3 | 3 | Num | Resto. | Resto del código postal. |
f) Convocatoria de subvención.–Las convocatorias anuales se identificarán mediante el número marginal de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» y de acuerdo con el formato que sigue.
En caso de no existencia de convocatoria anual o de que ésta no resulte publicada en el «Boletín Oficial del Estado», la identificación de la convocatoria se referirá al número marginal de la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la resolución de concesión de las subvenciones.
Pos | Lon | Tip | Nombre | Contenido y descripción |
---|---|---|---|---|
1 | 4 | Num | Año de convocatoria. | Año de la fecha de publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la norma que contiene la convocatoria anual de la subvención. |
5 | 6 | Num | Marginal de la convocatoria. | Número secuencial con el que aparece numerada en el «Boletín Oficial del Estado» la norma que contiene la convocatoria anual de la subvención. |
11 | 2 | Num | Ordinal de la convocatoria. |
En caso de que una única norma legal incluya la convocatoria de subvenciones distintas, el ordinal identifica cada una de las subvenciones incluidas en la norma, comenzando por «00». En caso de convocatoria de subvención única, tendrá el valor «00». |
13 | 1 | Alf | Tipo de normativa. |
Codificado de acuerdo con el contenido del apartado sexto, «Contenido de las tablas», de este anexo. Identifica el origen nacional o comunitario de la norma. En caso de normativa comunitaria, identifica el rango de la norma. |
Tabla: Alcance de responsabilidad
Valor | Contenido y descripción |
---|---|
1 | En el reintegro. |
2 | En sanciones. |
3 | En reintegro y sanciones. |
Tabla: Causas de inicio del procedimiento de reintegro
Valor | Contenido y descripción |
---|---|
1 | Incumplimiento de la obligación de justificación. |
2 | Obtener la subvención sin reunir las condiciones requeridas para ello. |
3 | Incumplimiento de la finalidad para la que la subvención fue concedida. |
4 | Incumplimiento de las condiciones impuestas a las entidades colaboradoras y beneficiarios con motivo de la concesión de la subvención. |
5 | Obtención de subvención por encima del coste de la actividad desarrollada. |
6 | Otros supuestos previstos en la normativa específica. |
Tabla: Causas de inicio del procedimiento sancionador
Valor | Contenido y descripción |
---|---|
1 | Obtención de subvención falseando las condiciones requeridas para su concesión u ocultando las que la hubiesen impedido o limitado. |
2 | La no aplicación de las cantidades recibidas a los fines para los que la subvención fue concedida. |
3 | Incumplimiento de las obligaciones asumidas como consecuencia de la concesión de la subvención. |
4 | La falta de justificación del empleo dado a los fondos recibidos. |
Tabla: Causas de vía penal
Valor | Contenido y descripción |
---|---|
1 | Obtención de subvención falseando las condiciones requeridas para su concesión. |
2 | Obtención de subvención ocultando las condiciones que la hubiesen impedido o limitado. |
3 | Incumplimiento de las condiciones establecidas alterando sustancialmente los fines para los que fue concedida. |
Tabla: Causas que fundamentan la procedencia del reintegro
Valor | Contenido y descripción |
---|---|
1 | Incumplimiento de la obligación de justificación. |
2 | Obtener la subvención sin reunir las condiciones requeridas para ello. |
3 | Incumplimiento de la finalidad para la que la subvención fue concedida. |
4 | Incumplimiento de las condiciones impuestas a las entidades colaboradoras y beneficiarios con motivo de la concesión de la subvención. |
5 | Obtención de subvención por encima del coste de la actividad desarrollada. |
6 | Otros supuestos previstos en la normativa específica. |
Tabla: Causas que fundamentan la sanción
Valor | Contenido y descripción |
---|---|
1 | Obtención de subvención falseando las condiciones requeridas para su concesión u ocultando las que la hubiesen impedido o limitado. |
2 | La no aplicación de las cantidades recibidas a los fines para los que la subvención fue concedida. |
3 | Incumplimiento de las obligaciones asumidas como consecuencia de la concesión de la subvención. |
4 | La falta de justificación del empleo dado a los fondos recibidos. |
Tabla: Causas que fundamentan la sentencia
Valor | Contenido y descripción |
---|---|
1 | Obtención de subvención falseando las condiciones requeridas para su concesión. |
2 | Obtención de subvención ocultando las condiciones que la hubiesen impedido o limitado. |
3 | Incumplimiento de las condiciones establecidas alterando sustancialmente los fines para los que fue concedida. |
Tabla: Clases de actuación
Valor | Contenido y descripción |
---|---|
1 | Suspensión de la ejecución de la resolución. |
2 | Reanudación de la ejecución de la resolución. |
3 | Modificación del contenido de la resolución. |
4 | Anulación de la resolución. |
Tabla: Formas de instar el procedimiento de reintegro
Valor | Contenido y descripción |
---|---|
1 | De oficio por el órgano gestor concedente. |
2 | Por orden superior. |
3 | Por petición razonada de otros órganos de la administración. |
4 | Por denuncia. |
Tabla: Formas de instar el procedimiento sancionador
Valor | Contenido y descripción |
---|---|
1 | De oficio como consecuencia de la actuación investigadora desarrollada por el órgano concedente. |
2 | Como consecuencia de la actuación investigadora desarrollada por la entidad colaboradora. |
3 | Como consecuencia de las actuaciones de control financiero. |
Tabla: Formas de instar la vía penal
Valor | Contenido y descripción |
---|---|
1 | De oficio por el órgano gestor concedente sin mediar procedimiento sancionador. |
2 | En el transcurso de un procedimiento sancionador. |
3 | Por las actuaciones de control financiero. |
Tabla: Graduación de la gravedad de las faltas
Valor | Contenido y descripción |
---|---|
1 | Leve. |
2 | Grave. |
3 | Muy grave. |
Tabla: Instancias judiciales
Valor | Contenido y descripción |
---|---|
1 | Primera instancia. |
2 | Segunda instancia. |
3 | Tribunal Supremo. |
4 | Tribunal Constitucional. |
Tabla: Motivos de suspensión de resoluciones
Valor | Contenido y descripción |
---|---|
1 | Interposición de recurso por el interesado. |
2 | Suspensión establecida por una disposición. |
3 | Por necesitar aprobación o autorización superior para poder ejecutarse. |
Tabla: Orígenes de modificación de resoluciones
Valor | Contenido y descripción |
---|---|
1 | Interposición de recurso por el interesado. |
2 | Otras. |
Tabla: Períodos de recaudación
Valor | Contenido y descripción |
---|---|
1 | En período voluntario. |
2 | En vía ejecutiva. |
Tabla: Países
Valor | Contenido y descripción |
---|---|
AU | Austria. |
BE | Bélgica. |
DE | Alemania. |
DK | Dinamarca. |
EL | Grecia. |
ES | España. |
FL | Finlandia. |
FR | Francia. |
GB | Gran Bretaña. |
IE | Irlanda. |
IT | Italia. |
LU | Luxemburgo. |
NL | Holanda. |
PT | Portugal. |
SW | Suecia. |
OT | Otros. |
Tabla: Provincias
Valor | Contenido y descripción |
---|---|
01 | Álava. |
02 | Albacete. |
03 | Alacant/Alicante. |
04 | Almería. |
05 | Ávila. |
06 | Badajoz. |
07 | Illes Balears/Islas Baleares. |
08 | Barcelona. |
09 | Burgos. |
10 | Cáceres. |
11 | Cádiz. |
12 | Castelló/Castellón. |
13 | Ciudad Real. |
14 | Córdoba. |
15 | A Coruña. |
16 | Cuenca. |
17 | Girona. |
18 | Granada. |
19 | Guadalajara. |
20 | Guipúzcoa. |
21 | Huelva. |
22 | Huesca. |
23 | Jaén. |
24 | León. |
25 | Lleida. |
26 | Logroño. |
27 | Lugo. |
28 | Madrid. |
29 | Málaga. |
30 | Murcia. |
31 | Nafarroa/Navarra. |
32 | Ourense. |
33 | Oviedo. |
34 | Palencia. |
35 | Las Palmas. |
36 | Pontevedra. |
37 | Salamanca. |
38 | Santa Cruz de Tenerife. |
39 | Cantabria. |
40 | Segovia. |
41 | Sevilla. |
42 | Soria. |
43 | Tarragona. |
44 | Teruel. |
45 | Toledo. |
46 | Valencia. |
47 | Valladolid. |
48 | Vizcaya. |
49 | Zamora. |
50 | Zaragoza. |
55 | Ceuta. |
56 | Melilla. |
Tabla: Resultados de la recaudación
Valor | Contenido y descripción |
---|---|
1 | Recaudación total de la deuda. |
2 | Recaudación parcial de la deuda. |
3 | Imposibilidad de recaudación. |
Tabla: Tipos de beneficiario
Valor | Contenido y descripción |
---|---|
10 | Persona física española mayor de catorce años. |
11 | Persona física española menor de catorce años. |
12 | Persona física española residente en el extranjero. |
20 | Persona física extranjera. |
30 | Persona jurídica española sociedad anónima. |
31 | Persona jurídica española sociedad de responsabilidad limitada. |
32 | Persona jurídica española sociedad colectiva. |
33 | Persona jurídica española sociedad comanditaria. |
34 | Persona jurídica española comunidad de bienes. |
35 | Persona jurídica española sociedad cooperativa. |
36 | Persona jurídica española asociaciones y otros no definidos. |
37 | Persona jurídica española comunidades de propietarios. |
38 | Persona jurídica española instituciones religiosas. |
50 | Persona jurídica extranjera. |
Tabla: Tipos de envío
Valor | Contenido y descripción |
---|---|
1 | Envío normal. La información contenida en el envío normal será la correspondiente a las operaciones realizadas durante cada trimestre natural, así como cualquier otra información que, por razones excepcionales, no hubiese sido comunicada en su momento. |
2 | Envío complementario. La información contenida en los envíos complementarios se refiere a la solución de las posibles incidencias detectadas al procesar un envío normal, de acuerdo a lo previsto en el apartado sexto de esta Orden. |
3 | Envío extraordinario. Las resoluciones administrativas o sentencias firmes que den lugar a inhabilitación para recibir subvenciones o ayudas públicas serán comunicadas mediante envíos extraordinarios. |
Tabla: Tipos de movimiento
Los registros de detalle de cada tipo de operación incorporan una clave, que identifica cada operación en concreto, y unos datos que informan sobre la misma. Las referencias que deseen efectuarse a operaciones ya suministradas se harán identificando la operación por su clave. Los movimientos serán procesados en este orden: Primero bajas, seguido de las altas y por último las modificaciones.
Valor | Contenido y descripción |
---|---|
A | Alta. Envío de la información por primera vez. |
B | Baja. Los movimientos de baja no necesitan incorporar ningún tipo de dato, salvo la clave cuyo contenido se desee eliminar. |
M | Modificación. Se sustituirán en su totalidad los datos suministrados anteriormente con la misma clave, por los que figuren en el movimiento de modificación. |
Tabla: Tipos de normativa
Valor | Contenido y descripción |
---|---|
1 | Normativa nacional. |
2 | Normativa Comunitaria Reglamento. |
3 | Normativa Comunitaria Decisión. |
4 | Normativa Comunitaria Directiva. |
5 | Normativa Comunitaria Recomendación. |
6 | Normativa Comunitaria Dictamen. |
Tabla: Tipos de operación
Valor | Contenido y descripción |
---|---|
01 | Entrega de fondos a entidad colaboradora en el pago. |
02 | Reintegro de fondos a iniciativa de la entidad colaboradora en el pago. |
03 | Distribución de los fondos recibidos por la entidad colaboradora en el pago. |
04 | Inicio del procedimiento para el reintegro de fondos entregados a entidad colaboradora en el pago. |
05 | Resolución del procedimiento para el reintegro de fondos entregados a entidad colaboradora en el pago. |
06 | Modificaciones en la resolución del procedimiento para el reintegro de fondos entregados a entidad colaboradora en el pago. |
07 | Inicio del procedimiento para la recaudación de reintegros de fondos entregados a la entidad colaboradora en el pago. |
08 | Recaudación de reintegros de fondos entregados a la entidad colaboradora en el pago. |
20 | Concesión de subvención a beneficiario. |
21 | Concurrencia de ayudas. |
22 | Pago de subvención a beneficiario. |
23 | Reintegro de subvención a iniciativa del beneficiario. |
24 | Justificación efectuada por el beneficiario de la subvención. |
25 | Inicio del procedimiento para el reintegro de subvención. |
26 | Resolución del procedimiento para el reintegro de subvención. |
27 | Modificaciones en la resolución del procedimiento para el reintegro de subvención. |
28 | Inicio del procedimiento para la recaudación de reintegros de subvención. |
29 | Recaudación de reintegros de subvención. |
40 | Inicio del procedimiento sancionador. |
41 | Traslado del procedimiento sancionador a la vía penal. |
42 | Reanudación del procedimiento sancionador por regreso de vía penal. |
43 | Resolución del procedimiento sancionador. |
44 | Modificaciones en la resolución del procedimiento sancionador. |
45 | Inicio del procedimiento para la recaudación de sanciones dinerarias. |
46 | Recaudación de sanciones dinerarias. |
60 | Denuncias en vía judicial. |
61 | Sentencias en vía judicial. |
70 | Datos personales. |
71 | Alcance de responsabilidades. |
Tabla: Tipos de recurso
Valor | Contenido y descripción |
---|---|
1 | Recurso ordinario. |
2 | Recurso extraordinario de revisión. |
3 | Recurso contencioso-administrativo. |
Tabla: Tipos de resolución del procedimiento de reintegro
Valor | Contenido y descripción |
---|---|
1 | Reintegro improcedente por caducidad del procedimiento. |
2 | Reintegro improcedente por otras causas. |
3 | Reintegro procedente. |
Tabla: Tipos de resolución del procedimiento sancionador
Valor | Contenido y descripción |
---|---|
1 | Improcedente por caducidad del procedimiento. |
2 | Improcedente por otras causas. |
3 | Procedente. |
4 | Procedente con condonación parcial. |
Tabla: Tipos de sentencias
Valor | Contenido y descripción |
---|---|
1 | Favorable al beneficiario. |
2 | Parcialmente favorable al beneficiario. |
3 | Desfavorable al beneficiario. |
4 | Favorable por prescripción/caducidad del recurso. |
Antes de efectuar el primer envío, los órganos gestores obligados solicitarán de la Intervención General de la Administración del Estado el programa compresor y la clave de seguridad a utilizar, de acuerdo con lo previsto en el punto primero de este anexo.
En caso de envío de información de nueva convocatoria, los órganos gestores obligados solicitarán de la Intervención General de la Administración del Estado instrucciones para establecer la codificación de la propia convocatoria, de sus gestores y entidades colaboradoras, así como cualesquiera otros aspectos técnicos que deban ser resueltos.
Catálogo de operaciones
Tipo | Título de la operación |
---|---|
Información para el control de las entregas de fondos a las entidades colaboradoras o Comunidades Autónomas para su distribución a los perceptores de subvenciones: | |
01 | Entrega de fondos a entidad colaboradora en el pago. |
02 | Reintegro de fondos a iniciativa de la entidad colaboradora en el pago. |
03 | Distribución de los fondos recibidos por la entidad colaboradora en el pago. |
04 | Inicio del procedimiento para el reintegro de fondos entregados a entidad colaboradora en el pago. |
05 | Resolución del procedimiento para el reintegro de fondos entregados a entidad colaboradora en el pago. |
06 | Modificaciones en la resolución del procedimiento para el reintegro de fondos entregados a entidad colaboradora en el pago. |
07 | Inicio del procedimiento para la recaudación de reintegros de fondos entregados a la entidad colaboradora en el pago. |
08 |
Recaudación de reintegros de fondos entregados a la entidad colaboradora en el pago. Información para el control de los pagos de subvenciones a beneficiarios: |
20 | Concesión de subvención a beneficiario. |
21 | Concurrencia de ayudas. |
22 | Pago de subvención a beneficiario. |
23 | Reintegro de subvención a iniciativa del beneficiario. |
24 | Justificación efectuada por el beneficiario de la subvención. |
25 | Inicio del procedimiento para el reintegro de subvención. |
26 | Resolución del procedimiento para el reintegro de subvención. |
27 | Modificaciones en la resolución del procedimiento para el reintegro de subvención. |
28 | Inicio del procedimiento para la recaudación de reintegros de subvención. |
29 |
Recaudación de reintegros de subvención. Información para el control de procesos sancionadores: |
40 | Inicio del procedimiento sancionador. |
41 | Traslado del procedimiento sancionador a la vía penal. |
42 | Reanudación del procedimiento sancionador por regreso de vía penal. |
43 | Resolución del procedimiento sancionador. |
44 | Modificaciones en la resolución del procedimiento sancionador. |
45 | Inicio del procedimiento para la recaudación de sanciones dinerarias. |
46 |
Recaudación de sanciones dinerarias. Información para el control de procesos penales: |
60 | Denuncias en vía judicial. |
61 |
Sentencias en vía judicial. Información identificativa de los agentes relacionados: |
70 | Datos personales. |
71 | Alcance de responsabilidades. |
Observaciones:
1. Las referencias hechas a «entidad colaboradora» deben entenderse hechas también a «Comunidad Autónoma», de acuerdo con el contenido del artículo 81.5 del texto refundido de la Ley General Presupuestaria.
2. Salvo que en la descripción de cada campo figure expresamente la posibilidad de no contener información, se entenderá que el campo es de contenido obligatorio.
3. Abreviaturas empleadas:
Pos = Posición de inicio del campo.
Lon = Longitud de campo en caracteres.
Tip = Formato del campo.
Alf = Alfanumérico.
Num = Numérico. Fec = Fecha.
Entrega de fondos a entidad colaboradora en el pago
Pos | Lon | Tip | Nombre | Contenido y descripción |
---|---|---|---|---|
1. Clase | ||||
1 | 1 | Alf | Tipo de registro. | FIJO. VALOR «D». |
2 | 2 | Alf | Tipo de operación. | FIJO. VALOR «01». |
4 | 1 | Alf | Tipo de movimiento. | «A» Alta. «B» Baja. «M» Modificación. |
2. Clave | Identificación de la entrega | |||
5 | 13 | Num | Convocatoria. | Clave que identifica la convocatoria anual de la subvención. |
18 | 12 | Alf | Entidad colaboradora. | NIF de la entidad colaboradora en el pago. |
30 | 2 | Num | Ordinal de la entrega. | En cada convocatoria, identifica secuencialmente cada una de las entregas de fondos realizadas a la entidad colaboradora en el pago, empezando por «01». En caso de entrega de fondos única tendrá el valor «01». |
3. Datos | Datos de la entrega de fondos | |||
32 | 2 | Num | Número de entregas. | Número total de las entregas de fondos previstas por el gestor de la convocatoria a la entidad colaboradora en el pago. En caso de entrega única tendrá el valor «01». |
34 | 8 | Fec | Fecha de pago. |
Fecha del pago de la entrega de fondos realizada por el gestor a la entidad colaboradora para su distribución entre los perceptores de la subvención. Sin información en caso de que el pago deba ser ordenado por la Dirección General del Tesoro en base a una propuesta enviada a través de la Central Contable del Estado. |
42 | 15 | Alf | Importe. | Cuantía de la entrega de fondos realizada por el gestor a la entidad colaboradora en el pago para su distribución entre los perceptores de la subvención. |
57 | 24 | Alf | Aplicación presupuestaria. | Aplicación presupuestaria con cargo a la que se realiza la entrega de fondos a la entidad colaboradora en el pago. |
81 | 17 | Alf | Operación contable. |
Identificación de la operación contable de la entrega de fondos a la entidad colaboradora en el pago. En caso de que el pago deba ser ordenado por la Dirección General del Tesoro en base a una propuesta enviada a través de la Central Contable del Estado, identificación de la operación contable de propuesta de pago. |
98 | 8 | Fec | Fecha de justificación. | Fecha límite para que la entidad colaboradora en el pago justifique la aplicación de los fondos recibidos para su distribución entre los perceptores de la subvención. |
106 | 8 | Fec | Fecha prorrogada de justificación. | En su caso, última fecha límite para que la entidad colaboradora en el pago justifique la aplicación de los fondos recibidos para su distribución entre los perceptores de la subvención. |
Reintegro de fondos a iniciativa de la entidad colaboradora en el pago
Pos | Lon | Tip | Nombre | Contenido y descripción |
---|---|---|---|---|
1. Clase | ||||
1 | 1 | Alf | Tipo de registro. | FIJO. VALOR «D». |
2 | 2 | Alf | Tipo de operación. | FIJO. VALOR «02». |
4 | 1 | Alf | Tipo de movimiento. | «A» Alta. «B» Baja. «M» Modificación. |
2. Clave | Identificación del reintegro | |||
5 | 13 | Alf | Convocatoria. | Clave que identifica la convocatoria anual de la subvención. |
18 | 12 | Alf | Entidad colaboradora. | NIF de la entidad colaboradora en el pago. |
30 | 2 | Num | Ordinal del reintegro. | En cada convocatoria, identifica secuencialmente cada uno de los reintegros producidos a iniciativa de la entidad colaboradora y sin que medie resolución de procedencia del mismo por parte del órgano gestor, empezando por «01». En caso de reintegro a iniciativa de la entidad colaboradora único tendrá el valor «01». |
3. Datos | Datos del reintegro de fondos | |||
32 | 2 | Num | Ordinal de la entrega. | Número de orden de la entrega de fondos que se reintegra total o parcialmente; contenido obligatorio sólo cuando el reintegro pueda asociarse a una única entrega. |
34 | 8 | Fec | Fecha del reintegro. | Fecha del ingreso del reintegro producido a iniciativa de la entidad colaboradora. |
42 | 15 | Alf | Importe. | Cuantía de los fondos que se reintegran a iniciativa de la entidad colaboradora y sin que medie resolución de procedencia de reintegro. |
Distribución de los fondos recibidos por la entidad colaboradora en el pago
Pos | Lon | Tip | Nombre | Contenido y descripción |
---|---|---|---|---|
1. Clase | ||||
1 | 1 | Alf | Tipo de registro. | FIJO. VALOR «D». |
2 | 2 | Alf | Tipo de operación. | FIJO. VALOR «03». |
4 | 1 | Alf | Tipo de movimiento. | «A» Alta. «B» Baja. «M» Modificación. |
2. Clave | Identificación de la distribución | |||
5 | 13 | Num | Convocatoria. | Clave que identifica la convocatoria anual de la subvención. |
18 | 12 | Alf | Entidad colaboradora. | NIF de la entidad colaboradora en el pago. |
30 | 2 | Num | Ordinal de la distribución. | En cada convocatoria, identifica secuencialmente cada una de las distribuciones parciales de fondos realizadas a la entidad colaboradora en el pago, empezando por «01». En caso de distribución de fondos única tendrá el valor «01». |
3. Datos | Datos de la distribución de los fondos | |||
32 | 2 | Num | Ordinal de la entrega. | Número de orden de la entregas de fondos que se distribuye entre los perceptores de subvenciones; contenido obligatorio sólo cuando la distribución pueda asociarse a una única entrega. |
34 | 8 | Fec | Fecha de la distribución. | Fecha en la que se realiza la justificación de la distribución de los fondos entre los perceptores de la subvención. |
42 | 15 | Alf | Importe. | Cuantía de los fondos distribuidos por la entidad colaboradora en el pago entre los perceptores de la subvención. |
Inicio del procedimiento para el reintegro de fondos entregados a entidad colaboradora en el pago
Pos | Lon | Tip | Nombre | Contenido y descripción |
---|---|---|---|---|
1. Clase | ||||
1 | 1 | Alf | Tipo de registro. | FIJO. VALOR «D». |
2 | 2 | Alf | Tipo de operación. | FIJO. VALOR «04». |
4 | 1 | Alf | Tipo de movimiento. | «A» Alta. «B» Baja. «M» Modificación. |
2. Clave | Identificación del procedimiento | |||
5 | 13 | Num | Convocatoria. | Clave que identifica la convocatoria anual de la subvención. |
18 | 12 | Alf | Entidad colaboradora. | NIF de la entidad colaboradora en el pago. |
30 | 8 | Fec | Fecha de inicio. | Fecha de apertura del procedimiento administrativo de procedencia del reintegro de fondos. |
3. Datos | Datos del inicio del procedimiento | |||
38 | 3 | Alf | Causa. |
Causa principal que origina el inicio del procedimiento de reintegro. Valor existente en tabla «Causas de inicio del procedimiento de reintegro». |
41 | 3 | Alf | Forma. |
Forma en que se insta el inicio del procedimiento de reintegro. Valor existente en tabla «Formas de instar el procedimiento de reintegro». |
44 | 8 | Fec | Fecha de notificación. | Fecha de notificación al interesado en el procedimiento. |
52 | 8 | Fec | Fecha de acuse de recibo. | Fecha de acuse de recibo de la notificación de inicio del procedimiento o, en su caso, fecha de publicación con estos efectos. |
Resolución del procedimiento para el reintegro de fondos entregados a entidad colaboradora en el pago
Pos | Lon | Tip | Nombre | Contenido y descripción |
---|---|---|---|---|
1. Clase | ||||
1 | 1 | Alf | Tipo de registro. | FIJO. VALOR «D». |
2 | 2 | Alf | Tipo de operación. | FIJO. VALOR «05». |
4 | 1 | Alf | Tipo de movimiento. | «A» Alta. «B» Baja. «M» Modificación. |
2. Clave | Identificación del procedimiento | |||
5 | 13 | Num | Convocatoria. | Clave que identifica la convocatoria anual de la subvención. |
18 | 12 | Alf | Entidad colaboradora. | NIF de la entidad colaboradora en el pago. |
30 | 8 | Fec | Fecha de resolución. | Fecha de la resolución administrativa sobre la procedencia del reintegro. |
3. Datos | Datos de la resolución del procedimiento | |||
38 | 8 | Fec | Fecha de inicio. | Fecha de apertura del procedimiento administrativo de procedencia del reintegro de fondos. |
46 | 3 | Alf | Tipo. |
Tipo de resolución que finaliza el procedimiento. Valor existente en tabla «Tipo de resolución del procedimiento de reintegro». |
49 | 3 | Alf | Causa. |
En su caso, causa principal que fundamenta la procedencia del reintegro. Valor existente en tabla «Causas que fundamentan la procedencia del reintegro». Contenido obligatorio en caso de reintegro procedente. |
52 | 15 | Alf | Importe. | En su caso, cuantía de los fondos a reintegrar. |
67 | 8 | Fec | Fecha de notificación. | Fecha de notificación al interesado en el procedimiento. |
75 | 8 | Fec | Fecha de acuse de recibo. | Fecha de acuse de recibo de la notificación de inicio del procedimiento o, en su caso, fecha de publicación con estos efectos. |
Modificaciones en la resolución del procedimiento para el reintegro de fondos entregados a entidad colaboradora en el pago
Pos | Lon | Tip | Nombre | Contenido y descripción |
---|---|---|---|---|
1. Clase | ||||
1 | 1 | Alf | Tipo de registro. | FIJO. VALOR «D». |
2 | 2 | Alf | Tipo de operación. | FIJO. VALOR «06». |
4 | 1 | Alf | Tipo de movimiento. | «A» Alta. «B» Baja. «M» Modificación. |
2. Clave | Identificación de la actuación | |||
5 | 13 | Num | Convocatoria. | Clave que identifica la convocatoria anual de la subvención. |
18 | 12 | Alf | Entidad colaboradora. | NIF de la entidad colaboradora en el pago. |
30 | 8 | Fec | Fecha de resolución. | Fecha de la resolución administrativa sobre la procedencia del reintegro. |
38 | 8 | Fec | Fecha de actuación. | Fecha en la que se produce la modificación o anulación del contenido de la resolución, la suspensión de su ejecución o la reanudación de la misma. |
3. Datos | Datos de la actuación | |||
46 | 3 | Alf | Clase de actuación. | Efecto sobre la resolución producido por la actuación. Valor existente en tabla «Clases de actuación». |
49 | 3 | Alf | Motivo de la suspensión. |
En caso de suspensión de la ejecución de la resolución, motivo de la misma. Valor existente en tabla «Motivos de suspensión de resoluciones». |
52 | 3 | Alf | Origen de la modificación. |
En caso de modificación del contenido de la resolución, origen de la misma. Valor existente en tabla «Orígenes de modificación de resoluciones». |
55 | 15 | Alf | Nuevo importe a reintegrar. | En caso de modificación del contenido de la resolución, nueva cuantía a reintegrar. |
70 | 8 | Fec | Fecha de interposición de recurso. | En caso de que la suspensión o modificación de la ejecución de la resolución tenga su origen en recurso interpuesto, fecha de interposición del mismo. |
78 | 3 | Alf | Tipo de recurso. |
En caso de que la suspensión o modificación de la ejecución de la resolución tenga su origen en recurso interpuesto, tipo de recurso interpuesto. Valor existente en tabla «Tipos de recurso». |
81 | 8 | Fec | Fecha de comunicación. | En su caso, fecha de comunicación de la actuación al órgano de recaudación competente. |
Inicio del procedimiento para la recaudación de reintegros de fondos entregados a la entidad colaboradora en el pago
Pos | Lon | Tip | Nombre | Contenido y descripción |
---|---|---|---|---|
1. Clase | ||||
1 | 1 | Alf | Tipo de registro. | FIJO. VALOR «D». |
2 | 2 | Alf | Tipo de operación. | FIJO. VALOR «07». |
4 | 1 | Alf | Tipo de movimiento. | «A» Alta. «B» Baja. «M» Modificación. |
2. Clave | Identificación del procedimiento | |||
5 | 13 | Num | Convocatoria. | Clave que identifica la convocatoria anual de la subvención. |
18 | 12 | Alf | Entidad colaboradora. | NIF de la entidad colaboradora en el pago. |
30 | 8 | Fec | Fecha de resolución. | Fecha de la resolución administrativa sobre la procedencia del reintegro. |
3. Datos | Datos del inicio de la recaudación | |||
38 | 8 | Fec | Fecha de notificación. | Fecha de notificación al interesado en el procedimiento. |
46 | 8 | Fec | Fecha de acuse de recibo. | Fecha de acuse de recibo de la notificación de inicio del procedimiento o, en su caso, fecha de publicación con estos efectos. |
54 | 8 | Fec | Fecha de comunicación. | Fecha de comunicación de la resolución adoptada a la Delegación de Economía y Hacienda, a efectos de iniciar el procedimiento de recaudación. |
Recaudación de reintegros de fondos entregados a la entidad colaboradora en el pago
Pos | Lon | Tip | Nombre | Contenido y descripción |
---|---|---|---|---|
1. Clase | ||||
1 | 1 | Alf | Tipo de registro. | FIJO. VALOR «D». |
2 | 2 | Alf | Tipo de operación. | FIJO. VALOR «08». |
4 | 1 | Alf | Tipo de movimiento. | «A» Alta. «B» Baja. «M» Modificación. |
2. Clave | Identificación de la recaudación | |||
5 | 13 | Num | Convocatoria. | Clave que identifica la convocatoria anual de la subvención. |
18 | 12 | Alf | Entidad colaboradora. | NIF de la entidad colaboradora en el pago. |
30 | 8 | Fec | Fecha de resolución. | Fecha de la resolución administrativa sobre la procedencia del reintegro. |
3. Datos | Datos del inicio de la recaudación | |||
38 | 1 | Alf | Resultado. |
Resultado de la gestión de recaudación. Valor existente en tabla «Resultados de la recaudación». |
39 | 8 | Fec | Fecha del ingreso. | En su caso, fecha comunicada por los órganos de recaudación en la que se ha producido el ingreso. |
47 | 1 | Alf | Período de recaudación. |
En su caso, momento de recaudación. Valor existente en tabla «Períodos de recaudación». |
48 | 15 | Alf | Importe principal. | En su caso, cuantía de la cantidad a reintegrar ingresada. |
63 | 15 | Alf | Importe intereses. | En su caso, cuantía de los intereses ingresados. |
Concesión de subvención a beneficiario
Pos | Lon | Tip | Nombre | Contenido y descripción |
---|---|---|---|---|
1. Clase | ||||
1 | 1 | Alf | Tipo de registro. | FIJO. VALOR «D». |
2 | 2 | Alf | Tipo de operación. | FIJO. VALOR «20». |
4 | 1 | Alf | Tipo de movimiento. | «A» Alta. «B» Baja. «M» Modificación. |
2. Clave | Identificación de la concesión | |||
5 | 13 | Num | Convocatoria. | Clave que identifica la convocatoria anual de la subvención. |
18 | 15 | Alf | Beneficiario. | NIF del beneficiario de la subvención. |
33 | 4 | Num | Año de concesión. | Año de la fecha de la resolución de concesión de la subvención. |
37 | 2 | Num | Ordinal de la concesión. | En cada convocatoria, identifica secuencialmente cada una de las concesiones realizadas al beneficiario, empezando por «01». En caso de concesión única tendrá el valor «01». |
39 | 4 | Num | Anualidad. | En caso de concesión que origine reconocimiento de obligaciones en ejercicios posteriores (concesiones plurianuales), identifica la anualidad (año). En otro caso, coincidirá con el contenido del campo «Año de concesión» de este mismo registro. |
3. Datos | Datos de la concesión | |||
43 | 12 | Alf | Entidad colaboradora. | En su caso, NIF de la entidad colaboradora en la concesión y justificación de la subvención. |
55 | 8 | Fec | Fecha de concesión. | Fecha de la resolución de concesión de la subvención. |
63 | 15 | Alf | Importe concedido total. | Importe de la resolución de concesión de la subvención. En caso de concesión que origine reconocimiento de obligaciones en ejercicios posteriores, se refiere al importe concedido acumulado de todas las anualidades. En otro caso, coincidirá con el «Importe concedido de la anualidad actual». |
78 | 2 | Num | Número de anualidades. | Número de anualidades previsto en caso de concesión que origine reconocimiento de obligaciones en ejercicios posteriores. En caso de anualidad única, tendrá el valor «01». |
80 | 15 | Alf | Importe concedido de la anualidad actual. | Importe de la resolución de concesión de la subvención para la anualidad que figura en el campo «Anualidad». |
Concurrencia de ayudas
Pos | Lon | Tip | Nombre | Contenido y descripción |
---|---|---|---|---|
1. Clase | ||||
1 | 1 | Alf | Tipo de registro. | FIJO. VALOR «D». |
2 | 2 | Alf | Tipo de operación. | FIJO. VALOR «21». |
4 | 1 | Alf | Tipo de movimiento. | «A» Alta. «B» Baja. «M» Modificación. |
2. Clave | Identificación de la concurrencia | |||
5 | 13 | Num | Convocatoria. | Clave que identifica la convocatoria anual de la subvención. |
18 | 15 | Alf | Beneficiario. | NIF del beneficiario de la subvención. |
33 | 4 | Num | Año de concesión. | Año de la fecha de la resolución de concesión de la subvención. |
37 | 2 | Num | Ordinal de la concesión. | En cada convocatoria, identifica secuencialmente cada una de las concesiones realizadas al beneficiario, empezando por «01». En caso de concesión única tendrá el valor «01». |
39 | 4 | Num | Anualidad. | En caso de concesión que origine reconocimiento de obligaciones en ejercicios posteriores (concesiones plurianuales), identifica la anualidad (año). En otro caso, coincidirá con el contenido del campo «Año de concesión» de este mismo registro. |
3. Datos | Datos de la concurrencia | |||
43 | 15 | Alf | Importe UE. | En su caso, importe de otras ayudas concurrentes procedentes de Fondos de la Unión Europea. |
58 | 15 | Alf | Importe AGE. | En su caso, importe de otras ayudas concurrentes procedentes de la Administración central. |
73 | 15 | Alf | Importe CC.AA. | En su caso, importe de otras ayudas concurrentes procedentes de la Administración Autonómica. |
88 | 15 | Alf | Importe CC.LL. | En su caso, importe de otras ayudas concurrentes procedentes de la Administración Local. |
103 | 15 | Alf | Concurrencia privada. | En su caso, importe de otras ayudas concurrentes procedentes de la iniciativa privada. |
118 | 15 | Alf | Concurrencia propia. | En su caso, importe de los fondos propios aplicados a la finalidad de la subvención. |
Pago de subvención a beneficiario
Pos | Lon | Tip | Nombre | Contenido y descripción |
---|---|---|---|---|
1. Clase | ||||
1 | 1 | Alf | Tipo de registro. | FIJO. VALOR «D». |
2 | 2 | Alf | Tipo de operación. | FIJO. VALOR «22». |
4 | 1 | Alf | Tipo de movimiento. | «A» Alta. «B» Baja. «M» Modificación. |
2. Clave | Identificación del pago | |||
5 | 13 | Num | Convocatoria. | Clave que identifica la convocatoria anual de la subvención. |
18 | 15 | Alf | Beneficiario. | NIF del beneficiario de la subvención. |
33 | 4 | Num | Año de concesión. | Año de la fecha de la resolución de concesión de la subvención. |
37 | 2 | Num | Ordinal de la concesión. | En cada convocatoria, identifica secuencialmente cada una de las concesiones realizadas al beneficiario, empezando por «01». En caso de concesión única tendrá el valor «01». |
39 | 4 | Num | Anualidad. | En caso de concesión que origine reconocimiento de obligaciones en ejercicios posteriores (concesiones plurianuales), identifica la anualidad (año). En otro caso, coincidirá con el contenido del campo «Año de concesión» de este mismo registro. |
43 | 2 | Num | Ordinal del pago. | En cada concesión a favor de un beneficiario, identifica secuencialmente cada uno de los pagos fraccionados o parciales realizados al perceptor de la subvención empezando por «01». En caso de pago único tendrá el valor «01». |
3. Datos | Datos del pago | |||
45 | 15 | Alf | Perceptor. | NIF de la persona que recibe el importe de la subvención. Normalmente coincidirá con el beneficiario de la subvención. |
60 | 12 | Alf | Entidad colaboradora. | En su caso, NIF de la entidad colaboradora en el pago. |
72 | 2 | Num | Número de pagos. |
En caso de pagos fraccionados o parciales, indica el número de pagos previstos en la anualidad indicada en el campo «Anualidad». En caso de pago único tendrá el valor «01». |
74 | 8 | Fec | Fecha de pago. |
Fecha del pago de la subvención realizado por el gestor o por la entidad colaboradora en el pago. Sin información en caso de que el pago deba ser ordenado por la Dirección General del Tesoro en base a una propuesta enviada a través de la Central Contable del Estado, incluidos los pagos masivos realizados a través del Cajero de Pagos Especiales. |
82 | 15 | Alf | Importe. | Cuantía del pago de subvención realizado. |
97 | 24 | Alf | Aplicación presupuestaria. |
En su caso, aplicación presupuestaria con cargo a la que se realiza el pago de la subvención. En caso de pago a través de entidad colaboradora, aplicación presupuestaria con cargo a la que se realizó la entrega de fondos a la entidad colaboradora en el pago. |
121 | 17 | Alf | Operación contable. |
Identificación de la operación contable del pago de la subvención. En caso de pago a través de entidad colaboradora, identificación de la operación contable de la entrega de fondos a la entidad colaboradora en el pago. En caso de que el pago deba ser ordenado por la Dirección General del Tesoro en base a una propuesta enviada a través de la Central Contable del Estado, incluidos los pagos masivos realizados a través del Cajero de Pagos Especiales, identificación de la operación contable de propuesta de pago. |
138 | 100 | Alf | Municipio. | Lugar donde se realiza la actividad o se adopta el comportamiento que fundamenta la concesión de la subvención. |
238 | 5 | Num | Código postal. | Código postal del lugar donde se realiza la actividad o se adopta el comportamiento que fundamenta la concesión de la subvención. Si el campo «Municipio» se refiere a una localización fuera del territorio nacional, contendrá el valor «99999». |
243 | 8 | Fec | Fecha de justificación. | En subvenciones prepagables, fecha límite de justificación del pago. |
251 | 8 | Fec | Fecha prorrogada de justificación. | En subvenciones prepagables, en su caso, última fecha prorrogada de justificación del pago. |
Reintegro de subvención a iniciativa del beneficiario
Pos | Lon | Tip | Nombre | Contenido y descripción |
---|---|---|---|---|
1. Clase | ||||
1 | 1 | Alf | Tipo de registro. | FIJO. VALOR «D». |
2 | 2 | Alf | Tipo de operación. | FIJO. VALOR «23». |
4 | 1 | Alf | Tipo de movimiento. | «A» Alta. «B» Baja. «M» Modificación. |
2. Clave | Identificación del reintegro | |||
5 | 13 | Num | Convocatoria. | Clave que identifica la convocatoria anual de la subvención. |
18 | 15 | Alf | Beneficiario. | NIF del beneficiario de la subvención. |
33 | 4 | Num | Año de concesión. | Año de la fecha de la resolución de concesión de la subvención. |
37 | 2 | Num | Ordinal de la concesión. | En cada convocatoria, identifica secuencialmente cada una de las concesiones realizadas al beneficiario, empezando por «01». En caso de concesión única tendrá el valor «01». |
39 | 4 | Num | Anualidad. | En caso de concesión que origine reconocimiento de obligaciones en ejercicios posteriores (concesiones plurianuales), identifica la anualidad (año). En otro caso, coincidirá con el contenido del campo «Año de concesión» de este mismo registro. |
43 | 2 | Num | Ordinal del reintegro. | En cada concesión a favor de un beneficiario, identifica secuencialmente cada uno de los reintegros producidos a iniciativa del beneficiario y sin que medie resolución de procedencia del mismo por parte del órgano gestor, empezando por «01». En caso de reintegro único a iniciativa del beneficiario tendrá el valor «01». |
3. Datos | Datos del reintegro | |||
45 | 2 | Num | Ordinal del pago. | Número de orden del pago que se reintegra total o parcialmente a iniciativa del beneficiario y sin que medie resolución de procedencia del reintegro por parte del órgano gestor; contenido obligatorio sólo cuando el reintegro pueda asociarse a un único pago. |
47 | 8 | Fec | Fecha del reintegro. | Fecha del ingreso del reintegro producido a iniciativa del beneficiario. |
55 | 15 | Alf | Importe. | Cuantía de la subvención que se reintegra a iniciativa del beneficiario y sin que medie resolución de procedencia de reintegro. |
Justificación efectuada por el beneficiario de la subvención
Pos | Lon | Tip | Nombre | Contenido y descripción |
---|---|---|---|---|
1. Clase | ||||
1 | 1 | Alf | Tipo de registro. | FIJO. VALOR «D». |
2 | 2 | Alf | Tipo de operación. | FIJO. VALOR «24». |
4 | 1 | Alf | Tipo de movimiento. | «A» Alta. «B» Baja. «M» Modificación. |
2. Clave | Identificación de la justificación | |||
5 | 13 | Num | Convocatoria. | Clave que identifica la convocatoria anual de la subvención. |
18 | 15 | Alf | Beneficiario. | NIF del beneficiario de la subvención. |
33 | 4 | Num | Año de concesión. | Año de la fecha de la resolución de concesión de la subvención. |
37 | 2 | Num | Ordinal de la concesión. | En cada convocatoria, identifica secuencialmente cada una de las concesiones realizadas al beneficiario, empezando por «01». En caso de concesión única tendrá el valor «01». |
39 | 4 | Num | Anualidad. | En caso de concesión que origine reconocimiento de obligaciones en ejercicios posteriores (concesiones plurianuales), identifica la anualidad (año). En otro caso, coincidirá con el contenido del campo «Año de concesión» de este mismo registro. |
43 | 2 | Num | Ordinal de la justificación. | En cada concesión a favor de un beneficiario, identifica secuencialmente cada una de las justificaciones de la subvención prepagable realizadas por el beneficiario, empezando por «01». En caso de justificación única tendrá el valor «01». |
3. Datos | Datos de la justificación de la subvención | |||
45 | 2 | Num | Ordinal del pago. | Número de orden del pago que se justifica total o parcialmente; contenido obligatorio sólo cuando la justificación pueda asociarse a un único pago. |
47 | 8 | Fec | Fecha de la justificación. | Fecha en la que se realiza la justificación total o parcial de uno o varios pagos de la subvención prepagable. |
55 | 15 | Alf | Importe. | Importe de la subvención prepagable justificado. |
Inicio del procedimiento para el reintegro de subvención
Pos | Lon | Tip | Nombre | Contenido y descripción |
---|---|---|---|---|
1. Clase | ||||
1 | 1 | Alf | Tipo de registro. | FIJO. VALOR «D». |
2 | 2 | Alf | Tipo de operación. | FIJO. VALOR «25». |
4 | 1 | Alf | Tipo de movimiento. | «A» Alta. «B» Baja. «M» Modificación. |
2. Clave | Identificación del procedimiento | |||
5 | 13 | Num | Convocatoria. | Clave que identifica la convocatoria anual de la subvención. |
18 | 15 | Alf | Beneficiario. | NIF del beneficiario de la subvención. |
33 | 4 | Num | Año de concesión. | Año de la fecha de la resolución de concesión de la subvención. |
37 | 2 | Num | Ordinal de la concesión. | En cada convocatoria, identifica secuencialmente cada una de las concesiones realizadas al beneficiario, empezando por «01». En caso de concesión única tendrá el valor «01». |
39 | 4 | Num | Anualidad. | En caso de concesión que origine reconocimiento de obligaciones en ejercicios posteriores (concesiones plurianuales), identifica la anualidad (año). En otro caso, coincidirá con el contenido del campo «Año de concesión» de este mismo registro. |
43 | 8 | Fec | Fecha de inicio. | Fecha de apertura del procedimiento administrativo de procedencia del reintegro de fondos. |
3. Datos | Datos del inicio del procedimiento | |||
51 | 3 | Alf | Causa. |
Causa principal que origina el inicio del procedimiento de reintegro. Valor existente en tabla «Causas de inicio del procedimiento de reintegro». |
54 | 3 | Alf | Forma. |
Forma en que se insta el inicio del procedimiento de reintegro. Valor existente en tabla «Formas de instar el procedimiento de reintegro». |
57 | 8 | Fec | Fecha de notificación. | Fecha de notificación al interesado en el procedimiento. |
65 | 8 | Fec | Fecha de acuse de recibo. | Fecha de acuse de recibo de la notificación del inicio del procedimiento o, en su caso, fecha de publicación con estos efectos. |
Resolución del procedimiento para el reintegro de subvención
Pos | Lon | Tip | Nombre | Contenido y descripción |
---|---|---|---|---|
1. Clase | ||||
1 | 1 | Alf | Tipo de registro. | FIJO. VALOR «D». |
2 | 2 | Alf | Tipo de operación. | FIJO. VALOR «26». |
4 | 1 | Alf | Tipo de movimiento. | «A» Alta. «B» Baja. «M» Modificación. |
2. Clave | Identificación del procedimiento | |||
5 | 13 | Num | Convocatoria. | Clave que identifica la convocatoria anual de la subvención. |
18 | 15 | Alf | Beneficiario. | NIF del beneficiario de la subvención. |
33 | 4 | Num | Año de concesión. | Año de la fecha de la resolución de concesión de la subvención. |
37 | 2 | Num | Ordinal de la concesión. | En cada convocatoria, identifica secuencialmente cada una de las concesiones realizadas al beneficiario, empezando por «01». En caso de concesión única tendrá el valor «01». |
39 | 4 | Num | Anualidad. | En caso de concesión que origine reconocimiento de obligaciones en ejercicios posteriores (concesiones plurianuales), identifica la anualidad (año). En otro caso, coincidirá con el contenido del campo «Año de concesión» de este mismo registro. |
43 | 8 | Fec | Fecha de resolución. | Fecha de la resolución administrativa sobre la procedencia del reintegro. |
3. Datos | Datos de la resolución del procedimiento | |||
51 | 8 | Fec | Fecha de inicio. | Fecha de apertura del procedimiento administrativo de procedencia del reintegro de fondos. |
59 | 3 | Alf | Tipo. |
Tipo de resolución que finaliza el procedimiento. Valor existente en tabla «Tipos de resolución del procedimiento de reintegro». |
62 | 3 | Alf | Causa. |
En su caso, causa principal que fundamenta la procedencia del reintegro. Valor existente en tabla «Causas que fundamentan la procedencia del reintegro». Contenido obligatorio en caso de reintegro procedente. |
65 | 15 | Alf | Importe. | En su caso, cuantía de la subvención a reintegrar. |
80 | 8 | Fec | Fecha de notificación. | Fecha de notificación al interesado en el procedimiento. |
88 | 8 | Fec | Fecha de acuse de recibo. | Fecha de acuse de recibo de la notificación de inicio del procedimiento o, en su caso, fecha de publicación con estos efectos. |
Modificaciones en la resolución del procedimiento para el reintegro de subvención
Pos | Lon | Tip | Nombre | Contenido y descripción |
---|---|---|---|---|
1. Clase | ||||
1 | 1 | Alf | Tipo de registro. | FIJO. VALOR «D». |
2 | 2 | Alf | Tipo de operación. | FIJO. VALOR «27». |
4 | 1 | Alf | Tipo de movimiento. | «A» Alta. «B» Baja. «M» Modificación. |
2. Clave | Identificación de la actuación | |||
5 | 13 | Num | Convocatoria. | Clave que identifica la convocatoria anual de la subvención. |
18 | 15 | Alf | Beneficiario. | NIF del beneficiario de la subvención. |
33 | 4 | Num | Año de concesión. | Año de la fecha de la resolución de concesión de la subvención. |
37 | 2 | Num | Ordinal de la concesión. | En cada convocatoria, identifica secuencialmente cada una de las concesiones realizadas al beneficiario, empezando por «01». En caso de concesión única tendrá el valor «01». |
39 | 4 | Num | Anualidad. | En caso de concesión que origine reconocimiento de obligaciones en ejercicios posteriores (concesiones plurianuales), identifica la anualidad (año). En otro caso, coincidirá con el contenido del campo «Año de concesión» de este mismo registro. |
43 | 8 | Fec | Fecha de resolución. | Fecha de la resolución administrativa sobre la procedencia del reintegro. |
51 | 8 | Fec | Fecha de actuación. | Fecha en la que se produce la modificación o anulación del contenido de la resolución, la suspensión de su ejecución o la reanudación de la misma. |
3. Datos | Datos de la actuación | |||
59 | 3 | Alf | Clase de actuación. | Efecto sobre la resolución producido por la actuación. Valor existente en tabla «Clases de actuación». |
62 | 3 | Alf | Motivo de la suspensión. |
En caso de suspensión de la ejecución de la resolución, motivo de la misma. Valor existente en tabla «Motivos de suspensión de resoluciones». |
65 | 3 | Alf | Origen de la modificación. |
En caso de modificación del contenido de la resolución, origen de la misma. Valor existente en tabla «Orígenes de modificación de resoluciones». |
68 | 15 | Alf | Nuevo importe a reintegrar. | En caso de modificación del contenido de la resolución, nueva cuantía a reintegrar. |
83 | 8 | Fec | Fecha de interposición de recurso. | En caso de que la suspensión o modificación de la ejecución de la resolución tenga su origen en recurso interpuesto, fecha de interposición del mismo. |
91 | 3 | Alf | Tipo de recurso. |
En caso de que la suspensión o modificación de la ejecución de la resolución tenga su origen en recurso interpuesto, tipo de recurso interpuesto. Valor existente en tabla «Tipos de recurso». |
94 | 8 | Fec | Fecha de comunicación. | En su caso, fecha de comunicación de la actuación al órgano de recaudación competente. |
Inicio del procedimiento para la recaudación de reintegros de subvención
Pos | Lon | Tip | Nombre | Contenido y descripción |
---|---|---|---|---|
1. Clase | ||||
1 | 1 | Alf | Tipo de registro. | FIJO. VALOR «D». |
2 | 2 | Alf | Tipo de operación. | FIJO. VALOR «28». |
4 | 1 | Alf | Tipo de movimiento. | «A» Alta. «B» Baja. «M» Modificación. |
2. Clave | Identificación del procedimiento | |||
5 | 13 | Num | Convocatoria. | Clave que identifica la convocatoria anual de la subvención. |
18 | 15 | Alf | Beneficiario. | NIF del beneficiario de la subvención. |
33 | 4 | Num | Año de concesión. | Año de la fecha de la resolución de concesión de la subvención. |
37 | 2 | Num | Ordinal de la concesión. | En cada convocatoria, identifica secuencialmente cada una de las concesiones realizadas al beneficiario, empezando por «01». En caso de concesión única tendrá el valor «01». |
39 | 4 | Num | Anualidad. | En caso de concesión que origine reconocimiento de obligaciones en ejercicios posteriores (concesiones plurianuales), identifica la anualidad (año). En otro caso, coincidirá con el contenido del campo «Año de concesión» de este mismo registro. |
43 | 8 | Fec | Fecha de resolución. | Fecha de la resolución administrativa sobre la procedencia del reintegro. |
3. Datos | Datos del inicio de la recaudación | |||
51 | 8 | Fec | Fecha de notificación. | Fecha de notificación al interesado en el procedimiento. |
59 | 8 | Fec | Fecha de acuse de recibo. | Fecha de acuse de recibo de la notificación de inicio del procedimiento o, en su caso, fecha de publicación con estos efectos. |
67 | 8 | Fec | Fecha de comunicación. | Fecha de comunicación de la resolución adoptada a la Delegación de Economía y Hacienda, a efectos de iniciar el procedimiento de recaudación. |
Recaudación de reintegros de subvención
Pos | Lon | Tip | Nombre | Contenido y descripción |
---|---|---|---|---|
1. Clase | ||||
1 | 1 | Alf | Tipo de registro. | FIJO. VALOR «D». |
2 | 2 | Alf | Tipo de operación. | FIJO. VALOR «29». |
4 | 1 | Alf | Tipo de movimiento. | «A» Alta. «B» Baja. «M» Modificación. |
2. Clave | Identificación de la recaudación | |||
5 | 13 | Num | Convocatoria. | Clave que identifica la convocatoria anual de la subvención. |
18 | 15 | Alf | Beneficiario. | NIF del beneficiario de la subvención. |
33 | 4 | Num | Año de concesión. | Año de la fecha de la resolución de concesión de la subvención. |
37 | 2 | Num | Ordinal de la concesión. | En cada convocatoria, identifica secuencialmente cada una de las concesiones realizadas al beneficiario, empezando por «01». En caso de concesión única tendrá el valor «01». |
39 | 4 | Num | Anualidad. | En caso de concesión que origine reconocimiento de obligaciones en ejercicios posteriores (concesiones plurianuales), identifica la anualidad (año). En otro caso, coincidirá con el contenido del campo «Año de concesión» de este mismo registro. |
43 | 8 | Fec | Fecha de resolución. | Fecha de la resolución administrativa sobre la procedencia del reintegro. |
3. Datos | Datos de la recaudación | |||
51 | 1 | Alf | Resultado. |
Resultado de la gestión de recaudación. Valor existente en tabla «Resultados de la recaudación». |
52 | 8 | Fec | Fecha del ingreso. | En su caso, fecha comunicada por los órganos de recaudación en la que se ha producido el ingreso. |
60 | 1 | Alf | Período de recaudación. |
En su caso, momento de recaudación. Valor existente en tabla «Períodos de recaudación». |
61 | 15 | Alf | Importe principal. | En su caso, cuantía de la cantidad a reintegrar ingresada. |
76 | 15 | Alf | Importe intereses. | En su caso, cuantía de los intereses ingresados. |
Inicio del procedimiento sancionador
Pos | Lon | Tip | Nombre | Contenido y descripción |
---|---|---|---|---|
1. Clase | ||||
1 | 1 | Alf | Tipo de registro. | FIJO. VALOR «D». |
2 | 2 | Alf | Tipo de operación. | FIJO. VALOR «40». |
4 | 1 | Alf | Tipo de movimiento. | «A» Alta. «B» Baja. «M» Modificación. |
2. Clave | Identificación del procedimiento | |||
5 | 13 | Num | Convocatoria. | Clave que identifica la convocatoria anual de la subvención. |
18 | 15 | Alf | Beneficiario. | NIF del beneficiario de la subvención. |
33 | 4 | Num | Año de concesión. | Año de la fecha de la resolución de concesión de la subvención. |
37 | 2 | Num | Ordinal de la concesión. | En cada convocatoria, identifica secuencialmente cada una de las concesiones realizadas al beneficiario, empezando por «01». En caso de concesión única tendrá el valor «01». |
39 | 4 | Num | Anualidad. | En caso de concesión que origine reconocimiento de obligaciones en ejercicios posteriores (concesiones plurianuales), identifica la anualidad (año). En otro caso, coincidirá con el contenido del campo «Año de concesión» de este mismo registro. |
43 | 8 | Fec | Fecha de inicio. | Fecha de apertura del procedimiento administrativo sancionador. |
3. Datos | Datos del inicio del procedimiento | |||
51 | 3 | Alf | Causa. | Causa principal que origina el inicio del procedimiento sancionador. Valor existente en tabla «Causas de inicio del procedimiento sancionador». |
54 | 3 | Alf | Forma. |
Forma en que se insta el inicio del procedimiento sancionador. Valor existente en tabla «Formas de instar el procedimiento sancionador». |
57 | 8 | Fec | Fecha de notificación. | Fecha de notificación al interesado en el procedimiento. |
65 | 8 | Fec | Fecha de acuse de recibo. | Fecha de acuse de recibo de la notificación de inicio del procedimiento o, en su caso, fecha de publicación con estos efectos. |
Traslado del procedimiento sancionador a la vía penal
Pos | Lon | Tip | Nombre | Contenido y descripción |
---|---|---|---|---|
1. Clase | ||||
1 | 1 | Alf | Tipo de registro. | FIJO. VALOR «D». |
2 | 2 | Alf | Tipo de operación. | FIJO. VALOR «41». |
4 | 1 | Alf | Tipo de movimiento. | «A» Alta. «B» Baja. «M» Modificación. |
2. Clave | Identificación del procedimiento | |||
5 | 13 | Num | Convocatoria. | Clave que identifica la convocatoria anual de la subvención. |
18 | 15 | Alf | Beneficiario. | NIF del beneficiario de la subvención. |
33 | 4 | Num | Año de concesión. | Año de la fecha de la resolución de concesión de la subvención. |
37 | 2 | Num | Ordinal de la concesión. | En cada convocatoria, identifica secuencialmente cada una de las concesiones realizadas al beneficiario, empezando por «01». En caso de concesión única tendrá el valor «01». |
39 | 4 | Num | Anualidad. | En caso de concesión que origine reconocimiento de obligaciones en ejercicios posteriores (concesiones plurianuales), identifica la anualidad (año). En otro caso, coincidirá con el contenido del campo «Año de concesión» de este mismo registro. |
43 | 8 | Fec | Fecha de inicio. | Fecha de apertura del procedimiento administrativo sancionador. |
51 | 8 | Fec. | Fecha de traslado. | Fecha en la que se interrumpe el procedimiento y se da traslado del mismo a la jurisdicción competente. |
3. Datos | Datos del traslado a la vía penal | |||
59 | 8 | Fec | Fecha de notificación. | Fecha de notificación al interesado en el procedimiento. |
67 | 8 | Fec | Fecha de acuse de recibo. | Fecha de acuse de recibo de la notificación de inicio del procedimiento o, en su caso, fecha de publicación con estos efectos. |
Reanudación del procedimiento sancionador por regreso de vía penal
Pos | Lon | Tip | Nombre | Contenido y descripción |
---|---|---|---|---|
1. Clase | ||||
1 | 1 | Alf | Tipo de registro. | FIJO. VALOR «D». |
2 | 2 | Alf | Tipo de operación. | FIJO. VALOR «42». |
4 | 1 | Alf | Tipo de movimiento. | «A» Alta. «B» Baja. «M» Modificación. |
2. Clave | Identificación del procedimiento | |||
5 | 13 | Num | Convocatoria. | Clave que identifica la convocatoria anual de la subvención. |
18 | 15 | Alf | Beneficiario. | NIF del beneficiario de la subvención. |
33 | 4 | Num | Año de concesión. | Año de la fecha de la resolución de concesión de la subvención. |
37 | 2 | Num | Ordinal de la concesión. | En cada convocatoria, identifica secuencialmente cada una de las concesiones realizadas al beneficiario, empezando por «01». En caso de concesión única tendrá el valor «01». |
39 | 4 | Num | Anualidad. | En caso de concesión que origine reconocimiento de obligaciones en ejercicios posteriores (concesiones plurianuales), identifica la anualidad (año). En otro caso, coincidirá con el contenido del campo «Año de concesión» de este mismo registro. |
43 | 8 | Fec | Fecha de inicio. | Fecha de apertura del procedimiento administrativo sancionador. |
51 | 8 | Fec | Fecha de reanudación. | Fecha en que se reanuda el proceso sancionador por devolución de la jurisdicción competente. |
3. Datos | Datos del traslado a la vía penal | |||
59 | 8 | Fec | Fecha de traslado. | Fecha en la que se interrumpió el procedimiento y se dio traslado del mismo a la jurisdicción competente. |
67 | 8 | Fec | Fecha de notificación. | Fecha de notificación al interesado en el procedimiento. |
75 | 8 | Fec | Fecha de acuse de recibo. | Fecha de acuse de recibo de la notificación de inicio del procedimiento o, en su caso, fecha de publicación con estos efectos. |
Resolución del procedimiento sancionador
Pos | Lon | Tip | Nombre | Contenido y descripción |
---|---|---|---|---|
1. Clase | ||||
1 | 1 | Alf | Tipo de registro. | FIJO. VALOR «D». |
2 | 2 | Alf | Tipo de operación. | FIJO. VALOR «43». |
4 | 1 | Alf | Tipo de movimiento. | «A» Alta. «B» Baja. «M» Modificación. |
2. Clave | Identificación de la actuación | |||
5 | 13 | Num | Convocatoria. | Clave que identifica la convocatoria anual de la subvención. |
18 | 15 | Alf | Beneficiario. | NIF del beneficiario de la subvención. |
33 | 4 | Num | Año de concesión. | Año de la fecha de la resolución de concesión de la subvención. |
37 | 2 | Num | Ordinal de la concesión. | En cada convocatoria, identifica secuencialmente cada una de las concesiones realizadas al beneficiario, empezando por «01». En caso de concesión única tendrá el valor «01». |
39 | 4 | Num | Anualidad. | En caso de concesión que origine reconocimiento de obligaciones en ejercicios posteriores (concesiones plurianuales), identifica la anualidad (año). En otro caso, coincidirá con el contenido del campo «Año de concesión» de este mismo registro. |
43 | 8 | Fec | Fecha de resolución. | Fecha de la resolución administrativa del procedimiento sancionador. |
3. Datos | Datos de la resolución del procedimiento | |||
51 | 8 | Fec | Fecha de inicio. | Fecha de apertura del procedimiento administrativo sancionador. |
59 | 3 | Alf | Tipo. |
Tipo de resolución que finaliza el procedimiento. Valor existente en tabla «Tipos de resolución del procedimiento sancionador». |
62 | 3 | Alf | Causa. |
En su caso, causa principal que fundamenta la sanción. Valor existente en tabla «Causas que fundamentan la sanción». Contenido obligatorio en caso de sanción procedente. |
65 | 3 | Alf | Gravedad. |
En su caso, gravedad de la falta apreciada en la resolución del procedimiento sancionador. Valor existente en tabla «Graduación de la gravedad de las faltas». |
68 | 15 | Alf | Importe. | En su caso, importe de la multa. |
83 | 8 | Fec | Fecha sin subvenciones. | En su caso, fecha hasta la cual pierde el beneficiario la posibilidad de obtener subvenciones públicas. |
91 | 8 | Fec | Fecha sin contratos. | En su caso, fecha hasta la cual pierde el beneficiario la posibilidad de celebrar contratos con el Estado y otros entes públicos. |
99 | 15 | Alf | Nuevo importe. | En caso de condonación, nueva cuantía de la multa impuesta. |
114 | 8 | Fec | Nueva fecha sin subvenciones. | En caso de condonación, nueva fecha hasta la cual pierde el beneficiario la posibilidad de obtener subvenciones públicas. |
122 | 8 | Fec | Nueva fecha sin contratos. | En caso de condonación, nueva fecha hasta la cual pierde el beneficiario la posibilidad de celebrar contratos con el Estado y otros entes públicos. |
130 | 8 | Fec | Fecha de notificación. | Fecha de notificación al interesado en el procedimiento. |
138 | 8 | Fec | Fecha de acuse de recibo. | Fecha de acuse de recibo de la notificación de inicio del procedimiento o, en su caso, fecha de publicación con estos efectos. |
Modificaciones en la resolución del procedimiento sancionador
Pos | Lon | Tip | Nombre | Contenido y descripción |
---|---|---|---|---|
1. Clase | ||||
1 | 1 | Alf | Tipo de registro. | FIJO. VALOR «D». |
2 | 2 | Alf | Tipo de operación. | FIJO. VALOR «44». |
4 | 1 | Alf | Tipo de movimiento. | «A» Alta. «B» Baja. «M» Modificación. |
2. Clave | Identificación de la actuación | |||
5 | 13 | Num | Convocatoria. | Clave que identifica la convocatoria anual de la subvención. |
18 | 15 | Alf | Beneficiario. | NIF del beneficiario de la subvención. |
33 | 4 | Num | Año de concesión. | Año de la fecha de la resolución de concesión de la subvención. |
37 | 2 | Num | Ordinal de la concesión. | En cada convocatoria, identifica secuencialmente cada una de las concesiones realizadas al beneficiario, empezando por «01». En caso de concesión única tendrá el valor «01». |
39 | 4 | Num | Anualidad. | En caso de concesión que origine reconocimiento de obligaciones en ejercicios posteriores (concesiones plurianuales), identifica la anualidad (año). En otro caso, coincidirá con el contenido del campo «Año de concesión» de este mismo registro. |
43 | 8 | Fec | Fecha de resolución. | Fecha de la resolución administrativa del procedimiento sancionador. |
51 | 8 | Fec | Fecha de actuación. | Fecha en la que se produce la modificación o anulación del contenido de la resolución, la suspensión de su ejecución o la reanudación de la misma. |
3. Datos | Datos de la actuación | |||
59 | 3 | Alf | Clase de actuación. | Efecto sobre la resolución producido por la actuación. Valor existente en tabla «Clases de actuación». |
62 | 3 | Alf | Motivo de la suspensión. |
En caso de suspensión de la ejecución de la resolución, motivo de la misma. Valor existente en tabla «Motivos de suspensión de resoluciones». |
65 | 3 | Alf | Origen de la modificación. |
En caso de modificación del contenido de la resolución, origen de la misma. Valor existente en tabla «Orígenes de modificación de resoluciones». |
68 | 15 | Alf | Nuevo importe. | En caso de modificación del contenido de la resolución, nuevo importe de la multa. |
83 | 8 | Fec | Nueva fecha sin subvenciones. | En caso de modificación del contenido de la resolución, nueva fecha hasta la cual pierde el beneficiario la posibilidad de obtener subvenciones públicas. |
91 | 8 | Fec | Nueva fecha sin contratos. | En caso de modificación del contenido de la resolución, nueva fecha hasta la cual pierde el beneficiario la posibilidad de celebrar contratos con el Estado y otros entes públicos. |
99 | 8 | Fec | Fecha de interposición de recurso. | En caso de que la suspensión o modificación de la ejecución de la resolución tenga su origen en recurso interpuesto, fecha de interposición del mismo. |
107 | 3 | Alf | Tipo de recurso. |
En caso de que la suspensión o modificación de la ejecución de la resolución tenga su origen en recurso interpuesto, tipo de recurso interpuesto. Valor existente en tabla «Tipos de recurso». |
110 | 8 | Fec | Fecha de comunicación. | En su caso, fecha de comunicación de la actuación al órgano de recaudación competente. |
Inicio del procedimiento para la recaudación de sanciones dinerarias
Pos | Lon | Tip | Nombre | Contenido y descripción |
---|---|---|---|---|
1. Clase | ||||
1 | 1 | Alf | Tipo de registro. | FIJO. VALOR «D». |
2 | 2 | Alf | Tipo de operación. | FIJO. VALOR «45». |
4 | 1 | Alf | Tipo de movimiento. | «A» Alta. «B» Baja. «M» Modificación. |
2. Clave | Identificación del procedimiento | |||
5 | 13 | Num | Convocatoria. | Clave que identifica la convocatoria anual de la subvención. |
18 | 15 | Alf | Beneficiario. | NIF del beneficiario de la subvención. |
33 | 4 | Num | Año de concesión. | Año de la fecha de la resolución de concesión de la subvención. |
37 | 2 | Num | Ordinal de la concesión. | En cada convocatoria, identifica secuencialmente cada una de las concesiones realizadas al beneficiario, empezando por «01». En caso de concesión única tendrá el valor «01». |
39 | 4 | Num | Anualidad. | En caso de concesión que origine reconocimiento de obligaciones en ejercicios posteriores (concesiones plurianuales), identifica la anualidad (año). En otro caso, coincidirá con el contenido del campo «Año de concesión» de este mismo registro. |
43 | 8 | Fec | Fecha de resolución. | Fecha de la resolución administrativa del procedimiento sancionador. |
3. Datos | Datos del inicio de la recaudación | |||
51 | 8 | Fec | Fecha de notificación. | Fecha de notificación al interesado en el procedimiento. |
59 | 8 | Fec | Fecha de acuse de recibo. | Fecha de acuse de recibo de la notificación de inicio del procedimiento o, en su caso, fecha de publicación con estos efectos. |
67 | 8 | Fec | Fecha de comunicación. | Fecha de comunicación de la resolución adoptada a la Delegación de Economía y Hacienda, a efectos de iniciar el procedimiento de recaudación. |
Recaudación de sanciones dinerarias
Pos | Lon | Tip | Nombre | Contenido y descripción |
---|---|---|---|---|
1. Clase | ||||
1 | 1 | Alf | Tipo de registro. | FIJO. VALOR «D». |
2 | 2 | Alf | Tipo de operación. | FIJO. VALOR «46». |
4 | 1 | Alf | Tipo de movimiento. | «A» Alta. «B» Baja. «M» Modificación. |
2. Clave | Identificación de la recaudación | |||
5 | 13 | Num | Convocatoria. | Clave que identifica la convocatoria anual de la subvención. |
18 | 15 | Alf | Beneficiario. | NIF del beneficiario de la subvención. |
33 | 4 | Num | Año de concesión. | Año de la fecha de la resolución de concesión de la subvención. |
37 | 2 | Num | Ordinal de la concesión. | En cada convocatoria, identifica secuencialmente cada una de las concesiones realizadas al beneficiario, empezando por «01». En caso de concesión única tendrá el valor «01». |
39 | 4 | Num | Anualidad. | En caso de concesión que origine reconocimiento de obligaciones en ejercicios posteriores (concesiones plurianuales), identifica la anualidad (año). En otro caso, coincidirá con el contenido del campo «Año de concesión» de este mismo registro. |
43 | 8 | Fec | Fecha de resolución. | Fecha de la resolución administrativa del procedimiento sancionador. |
3. Datos | Datos de la recaudación | |||
51 | 1 | Alf | Resultado. |
Resultado de la gestión de recaudación. Valor existente en tabla «Resultados de la recaudación». |
52 | 8 | Fec | Fecha del ingreso. | En su caso, fecha comunicada por los órganos de recaudación en la que se ha producido el ingreso. |
60 | 1 | Alf | Período de recaudación. |
En su caso, momento de recaudación. Valor existente en tabla «Períodos de recudación». |
61 | 15 | Alf | Importe principal. | En su caso, cuantía de la cantidad a reintegrar ingresada. |
76 | 15 | Alf | Importe intereses. | En su caso, cuantía de los intereses ingresados. |
Denuncias en vía judicial
Pos | Lon | Tip | Nombre | Contenido y descripción |
---|---|---|---|---|
1. Clase | ||||
1 | 1 | Alf | Tipo de registro. | FIJO. VALOR «D». |
2 | 2 | Alf | Tipo de operación. | FIJO. VALOR «60». |
4 | 1 | Alf | Tipo de movimiento. | «A» Alta. «B» Baja. «M» Modificación. |
2. Clave | Identificación de la denuncia | |||
5 | 13 | Num | Convocatoria. | Clave que identifica la convocatoria anual de la subvención. |
18 | 15 | Alf | Beneficiario. | NIF del beneficiario de la subvención. |
33 | 4 | Num | Año de concesión. | Año de la fecha de la resolución de concesión de la subvención. |
37 | 2 | Num | Ordinal de la concesión. | En cada convocatoria, identifica secuencialmente cada una de las concesiones realizadas al beneficiario, empezando por «01». En caso de concesión única tendrá el valor «01». |
39 | 4 | Num | Anualidad. | En caso de concesión que origine reconocimiento de obligaciones en ejercicios posteriores (concesiones plurianuales), identifica la anualidad (año). En otro caso, coincidirá con el contenido del campo «Año de concesión» de este mismo registro. |
43 | 3 | Alf | Instancia. | Identificación de la instancia ante la que se plantea la denuncia. Valor existente en tabla «Instancias judiciales». |
46 | 8 | Fec | Fecha de admisión. | Fecha en la que la denuncia queda admitida en la instancia del campo «Instancia». |
3. Datos | Datos de la denuncia | |||
54 | 3 | Alf | Forma. | Forma en que se insta el inicio de la vía penal. Valor existente en tabla «Formas de instar la vía penal». |
57 | 3 | Alf | Causa. |
En caso de primera instancia, conducta principal que origina el inicio de la vía penal. Valor existente en tabla «Causas de vía penal». |
60 | 64 | Alf | Tribunal. | Literal del Tribunal que admite la denuncia. |
Sentencias en vía judicial
Pos | Lon | Tip | Nombre | Contenido y descripción |
---|---|---|---|---|
1. Clase | ||||
1 | 1 | Alf | Tipo de registro. | FIJO. VALOR «D». |
2 | 2 | Alf | Tipo de operación. | FIJO. VALOR «61». |
4 | 1 | Alf | Tipo de movimiento. | «A» Alta. «B» Baja. «M» Modificación. |
2. Clave | Identificación de la denuncia | |||
5 | 13 | Num | Convocatoria. | Clave que identifica la convocatoria anual de la subvención. |
18 | 15 | Alf | Beneficiario. | NIF del beneficiario de la subvención. |
33 | 4 | Num | Año de concesión. | Año de la fecha de la resolución de concesión de la subvención. |
37 | 2 | Num | Ordinal de la concesión. | En cada convocatoria, identifica secuencialmente cada una de las concesiones realizadas al beneficiario, empezando por «01». En caso de concesión única tendrá el valor «01». |
39 | 4 | Num | Anualidad. | En caso de concesión que origine reconocimiento de obligaciones en ejercicios posteriores (concesiones plurianuales), identifica la anualidad (año). En otro caso, coincidirá con el contenido del campo «Año de concesión» de este mismo registro. |
43 | 3 | Alf | Instancia. | Identificación de la instancia ante la que se plantea la denuncia. Valor existente en tabla «Instancias judiciales». |
46 | 8 | Fec | Fecha de admisión. | Fecha en la que la denuncia quedó admitida en la instancia del campo «Instancia». |
3. Datos | Datos de la sentencia | |||
54 | 8 | Fec | Fecha de sentencia. | Fecha de la sentencia. |
62 | 3 | Alf | Tipo. |
Tipo de sentencia. Valor existente en tabla «Tipos de sentencias». |
65 | 3 | Alf | Causa. | Conducta principal que fundamenta la sentencia. Valor existente en tabla «Causas que fundamentan la sentencia». Contenido obligatorio en caso de reintegro procedente. |
68 | 15 | Alf | Importe. | En su caso, importe de la multa. |
83 | 8 | Fec | Fecha sin subvenciones. | En su caso, fecha hasta la cual pierde el beneficiario la posibilidad de obtener subvenciones públicas. |
91 | 8 | Fec | Fecha sin contratos. | En su caso, fecha hasta la cual pierde el beneficiario la posibilidad de celebrar contratos con el Estado. |
Datos personales
Pos | Lon | Tip | Nombre | Contenido y descripción |
---|---|---|---|---|
1. Clase | ||||
1 | 1 | Alf | Tipo de registro. | FIJO. VALOR «D». |
2 | 2 | Alf | Tipo de operación. | FIJO. VALOR «70». |
4 | 1 | Alf | Tipo de movimiento. | «A» Alta. «B» Baja. «M» Modificación. |
2. Clave | Identificación | |||
5 | 15 | Alf | Identificación personal. | NIF del beneficiario, del perceptor o del responsable subsidiario. |
3. Datos | Datos personales | |||
20 | 3 | Alf | Tipo de identificación. | Valor existente en tabla «Tipos de beneficiario». |
23 | 64 | Alf | Primer apellido. | En personas físicas, campo de cumplimentación obligatoria. Sin contenido en personas jurídicas. |
87 | 64 | Alf | Segundo apellido. | En personas físicas, campo de cumplimentación obligatoria. Sin contenido en personas jurídicas. |
151 | 64 | Alf | Nombre. | En personas físicas, campo de cumplimentación obligatoria. Sin contenido en personas jurídicas. |
215 | 128 | Alf | Razón social. | En personas jurídicas, campo de cumplimentación obligatoria. Sin contenido en personas físicas. |
343 | 100 | Alf | Domicilio. | Domicilio postal. |
443 | 100 | Alf | Municipio. | Denominación del municipio del domicilio postal. |
543 | 5 | Num | Código postal. | Código postal del municipio. Si el campo «Municipio» se refiere a una localización fuera del territorio nacional, contendrá el valor «99999». |
548 | 2 | Num | Provincia. |
Provincia del municipio. Valor existente en tabla «Provincias». Sin contenido en municipios fuera del territorio nacional. |
Alcance de responsabilidades
Pos | Lon | Tip | Nombre | Contenido y descripción |
---|---|---|---|---|
1. Clase | ||||
1 | 1 | Alf | Tipo de registro. | FIJO. VALOR «D». |
2 | 2 | Alf | Tipo de operación. | FIJO. VALOR «71». |
4 | 1 | Alf | Tipo de movimiento. | «A» Alta. «B» Baja. «M» Modificación. |
2. Clave | Identificación del responsable subsidiario | |||
5 | 13 | Num | Convocatoria. | Clave que identifica la convocatoria anual de la subvención. |
18 | 15 | Alf | Beneficiario. | NIF del beneficiario de la subvención. |
33 | 4 | Num | Año de concesión. | Año de la fecha de la resolución de concesión de la subvención. |
37 | 2 | Num | Ordinal de la concesión. | En cada convocatoria, identifica secuencialmente cada una de las concesiones realizadas al beneficiario, empezando por «01». En caso de concesión única tendrá el valor «01». |
39 | 4 | Num | Anualidad. | En caso de concesión que origine reconocimiento de obligaciones en ejercicios posteriores (concesiones plurianuales), identifica la anualidad (año). En otro caso, coincidirá con el contenido del campo «Año de concesión» de este mismo registro. |
43 | 15 | Alf | Responsable. | NIF del responsable subsidiario legal. |
3. Datos | Alcance de la responsabilidad | |||
58 | 3 | Alf | Alcance. |
Alcance de la responsabilidad. Tabla «Alcance de responsabilidad». |
61 | 15 | Alf | Importe. |
En su caso, cuantía límite de la responsabilidad subsidiaria. Valor máximo, indica que no existe límite de responsabilidad. |
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