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Documento BOE-A-2000-16672

Orden de 12 de septiembre de 2000 por la que se amplían determinados plazos en relación con programas y fondos operativos de las organizaciones de productores de frutas y hortalizas.

Publicado en:
«BOE» núm. 221, de 14 de septiembre de 2000, páginas 31559 a 31559 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Referencia:
BOE-A-2000-16672
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/2000/09/12/(2)

TEXTO ORIGINAL

El Reglamento (CE) 411/97, de la Comisión, de 3 de marzo, por el que se establecen las disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) 2200/1996, del Consejo, en lo relativo a los programas y fondos operativos y a la ayuda financiera comunitaria, señala en el artículo 3, apartado 1 y en el artículo 6, apartado 2, que las fechas límite para la presentación de los proyectos de Programas Operativos y de solicitud de modificaciones en los Programas ya aprobados, es el 15 de septiembre del año anterior al de su aplicación, a la vez que faculta a los Estados Miembros para retrasar dicha fecha.

La aprobación de las excepciones al artículo 37.3 del Reglamento 1257/1999, dentro del Programa de Mejora de estructuras y de los sistemas de producción agrarios por parte de la Unión Europea, precisa la modificación de parte de la normativa que regulaba hasta ahora la presentación y la aprobación de los Programas Operativos por las Organizaciones de Productores de Frutas y Hortalizas contemplados en el Reglamento 2200/96.

Ante la necesidad de que por parte de las Administraciones competentes se adapte la normativa actualmente en vigor y de que las organizaciones de productores dispongan de tiempo suficiente para la toma de decisiones, resulta conveniente prorrogar la fecha límite contemplada en el párrafo anterior para el año 2000.

En la elaboración de la presente disposición han sido consultadas las Comunidades Autónomas y las organizaciones profesionales agrarias.

En su virtud, dispongo:

Artículo único. Ampliación de los plazos de solicitudes y comunicaciones.

Los plazos referidos al 15 de septiembre que figuran en los artículos 3, 6.1 y 7.2 de la Orden de 14 de mayo de 1997 por la que se regulan los programas y los fondos operativos de las organizaciones de productores de frutas y hortalizas, durante el año 2000, se amplían hasta el 14 de octubre de 2000, inclusive.

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado".

Madrid, 12 de septiembre de 2000.

ARIAS CAÑETE

Ilmos. Sres. Secretaria general de Agricultura, Director general de Agricultura y Presidenta del Fondo Español de Garantía Agraria.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 12/09/2000
  • Fecha de publicación: 14/09/2000
Referencias anteriores
  • AMPLÍA el plazo previsto en los arts. 3, 6.1 y 7.2 de la Orden de 14 de mayo de 1997 (Ref. BOE-A-1997-10768).
Materias
  • Ayudas
  • Frutos y productos hortícolas

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