La Directiva 98/87/CE, de la Comisión, de 13 de noviembre de 1998, por la que se modifica la Directiva 79/373/CEE, del Consejo, de 2 de abril, relativa a la comercialización de piensos compuestos, constituye la última modificación de esta última, que fue incorporada a nuestro ordenamiento jurídico por medio de la Orden de 8 de octubre de 1992.
La modificación tiene por objeto evitar los efectos de eutrofización de ríos, mares y lagos como consecuencia de los elevados niveles de fósforo que alteran el equilibrio de estos ecosistemas, por lo que se hace preciso restringir las emisiones de este elemento a la mínima cantidad posible, objetivo a cuyo logro contribuirá significativamente la indicación obligatoria del contenido en fósforo en el etiquetado de los piensos compuestos para peces, facilitando, además, una mejor práctica en la alimentación de los mismos.
Corresponde ahora modificar, en consecuencia, la citada Orden de 8 de octubre de 1992.
La presente Orden incorpora al ordenamiento jurídico interno la Directiva 98/87/CE, de la Comisión, de 13 de noviembre de 1998.
En la tramitación de la presente Orden han sido consultados los sectores afectados y las Comunidades Autónomas, asimismo, ha sido informado por la Comisión Interministerial para la Ordenación Alimentaria.
En su virtud, previo informe favorable del Ministerio de Sanidad y Consumo, dispongo:
Se modifica el anexo de la Orden del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación de 8 de octubre de 1992, relativa a la comercialización de piensos compuestos, de acuerdo con lo dispuesto en el anexo de la presente Orden.
La presente Orden entrará en vigor el día 1 de julio de 1999.
Madrid, 3 de marzo de 1999.
DE PALACIO DEL VALLE-LERSUNDI
Ilmos. Sres. Secretario general de Agricultura y Alimentación y Director general de Ganadería.
En la parte B del anexo I, la sección «Piensos completos» se sustituye por la siguiente:
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