Advertidas erratas en el texto del Real Decreto 2660/1998, de 14 de diciembre, sobre el cambio de moneda extranjera en establecimientos abiertos al público distintos de las entidades de crédito, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 299, de 15 de diciembre de 1998, se procede a efectuar las oportunas rectificaciones:
En la página 41815, primera columna, artículo 2, apartado 5, primera línea, donde dice: «La liquidación de los clientes...»; debe decir: «La liquidación con los clientes...».
En la página 41817, primera columna, artículo 7, apartado 3.I, párrafo d), penúltima línea, donde dice:
«... la obligación a reiterar»; debe decir: «... la obligación o reiterar...».
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