El artículo 18 de la Ley Orgánica 5/1992, de 29 de octubre, de Regulación del Tratamiento Automatizado de Datos de Carácter Personal (LORTAD), establece que la creación, modificación o supresión de ficheros automatizados de las Administraciones Públicas sólo podrán hacerse por medio de disposición general publicada en el «Boletín Oficial del Estado» o en el diario oficial correspondiente.
La Orden de 26 de julio de 1994 del Ministerio de Justicia e Interior («Boletín Oficial del Estado» del 27) regula los ficheros con datos de carácter personal ubicados en los sistemas informáticos del Departamento.
La existencia de tres nuevos ficheros automatizados de carácter personal hace necesario su publicación, a fin de dar cumplimiento al mandato legal del citado artículo 18 de la Ley Orgánica 5/1992 y asegurar a los administrados el ejercicio de sus legítimos derechos.
En su virtud dispongo:
Se amplía el anexo de la Orden de 26 de julio de 1994, que regula los ficheros con datos de carácter personal gestionados por el Ministerio de Justicia e Interior, incorporando al mismo los tres ficheros gestionados por el Centro de Estudios Jurídicos de la Administración de Justicia, descritos en el anexo a la presente Orden.
La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 30 de septiembre de 1999.
MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN
1. Finalidad:
Gestión administrativa del personal de Administración (funcionarios y laboral).
Gestión administrativa de los funcionarios en prácticas.
2. Uso:
Cálculo de la nómina, Seguridad Social y MUGEJU.
Formación del personal de Administración.
Concesión y gestión de permisos y licencias. Acción social.
3. Personas o colectivos sobre los que se pretende obtener datos o resulten obligados a suministrarlos:
Personal funcionario y laboral destinado en el CEJAJ.
Fiscales, Secretarios judiciales y Médicos forenses en prácticas.
4. Procedimiento de recogida de datos: Declaraciones o formularios en soporte papel.
5. Estructura básica del fichero automatizado y descripción de los datos incluidos en el mismo:
Se trata de un fichero de estructura de base de datos instalado en un sistema mediano.
Estructura básica: Fichero de estructura de base de datos de carácter convencional.
Tipos de datos:
De carácter identificativo.
De detalle de empleo y carrera administrativa.
De características personales.
Económico financiero.
6. Cesiones de datos que se prevén:
Seguridad Social.
MUGEJU.
Agencia Estatal de Administración Tributaria.
Entidades bancarias.
Unidades responsables en materias de gestión de personal del Ministerio de Justicia.
7. Responsable del fichero: Subdirector general-Secretario general del CEJAJ.
8. Órgano ante el que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación y cancelación: Subdirector general-Secretario general del CEJAJ. Ciudad Universitaria, sin número, Madrid.
Nombre genérico del fichero: Gestión económica
1. Finalidad: Gestión del régimen económico-administrativo y financiero.
2. Uso: Gestión económica con terceros.
3. Personas o colectivos sobre los que se pretende obtener datos o resulten obligados a suministrarlos:
Profesorado, tutores y personal docente que imparten las actividades formativas que son competencia del CEJAJ.
Proveedores.
4. Procedimiento de recogida de datos: Declaraciones o formularios en soporte papel.
5. Estructura básica del fichero automatizado y descripción de los datos incluidos en el mismo:
Se trata de ficheros automatizados instalados en sistema mediano.
Estructura básica: Fichero de estructura de base de datos de carácter convencional.
Tipo de datos: Económico-financieros.
6. Cesiones de datos que se prevén:
Agencia Estatal de Administración Tributaria.
Entidades financieras colaboradoras del CEJAJ.
7. Responsable del fichero: Subdirector general-Secretario general del CEJAJ.
8. Órgano ante el que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación y cancelación: Subdirector general-Secretario general del CEJAJ. Ciudad Universitaria, sin número, Madrid.
Nombre genérico del fichero: Formación continuada de los miembros de la Carrera Fiscal, Secretarios judiciales y Médicos forenses
1. Finalidad:
Gestión de los cursos y jornadas integrados en los Planes de Formación Continuada del CEJAJ.
Gestión de las solicitudes relativas a inscripciones, licencias de estudios y Comisiones de servicio para asistir a actividades formativas programadas por otras instituciones.
2. Uso: Formación continuada.
3. Personas o colectivos sobre los que se pretende obtener datos o resulten obligados a suministrarlos:
Personas que solicitan asistir a los cursos y jornadas previstos en los distintos Planes de Formación Continuada del CEJAJ.
Personas seleccionadas para asistir a los cursos y jornadas indicadas en el apartado anterior.
Participantes en actividades formativas organizadas por otras instituciones y entidades, con asistencia tramitada por el CEJAJ.
4. Procedimiento de recogida de datos:
Escalafón de la Carrera Fiscal, del Cuerpo de Secretarios Judiciales y del Cuerpo de Médicos Forenses, publicados en el «Boletín Oficial del Estado».
Declaraciones o formularios en soporte papel.
5. Estructura básica del fichero automatizado y descripción de los datos incluidos en el mismo:
Se trata de ficheros automatizados instalados en sistema mediano.
Estructura básica: Fichero de estructura de base de datos de carácter convencional.
Tipo de datos:
De carácter identificativo.
De detalle de destino profesional.
De detalle en cuanto a la asistencia a actividades formativas y cursos comprendidos en los Planes de Formación Continuada del CEJAJ.
6. Cesiones de datos que se prevén: Ninguna.
7. Responsable del fichero: Subdirector general-Jefe de Estudios del CEJAJ.
8. Órgano ante el que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación y cancelación: Subdirector general-Jefe de Estudios del CEJAJ. Ciudad Universitaria, sin número, Madrid.
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