El Arancel Integrado de Aplicación (TARIC) fue adaptado completamente por Resolución de 18 de diciembre de 1998 («Boletín Oficial del Estado» del 28) y parcialmente por Resolución de 26 de enero de 1999 («Boletín Oficial del Estado» del 30), Resolución de 24 de febrero de 1999 («Boletín Oficial del Estado» de 9 de marzo), Resolución de 25 de marzo de 1999 («Boletín Oficial del Estado» de 6 de abril), Resolución de 22 de abril de 1999 («Boletín Oficial del Estado» del 30), Resolución de 26 de mayo de 1999 («Boletín Oficial del Estado» de 2 de junio), Resolución de 25 de junio de 1999 («Boletín Oficial del Estado» de 3 de julio) y Resolución de 25 de agosto de 1999 («Boletín Oficial del Estado» de 2 de septiembre). Habiéndose producido desde esta última Resolución la publicación de diferente normativa comunitaria que supone la variación en cuanto a los códigos puntualizables, procede actualizarlos sustituyendo los códigos afectados, por lo que se acuerda lo siguiente:
Actualizar la nomenclatura y codificación del Arancel Integrado de Aplicación (TARIC), reemplazándose los textos de las partidas afectadas por los incluidos como anexo A, y aplicables desde el 1 de octubre de 1999.
Incluir como anexo B los códigos TARIC que se suprimen a partir del 1 de octubre de 1999.
Actualizar la relación de códigos adicionales según los contenidos en el anexo C y aplicables a partir del 1 de octubre de 1999.
Incluir como anexo D los códigos adicionales que se suprimen a partir del 1 de octubre de 1999.
La presente actualización será aplicable desde el 1 de octubre de 1999.
Lo que se dispone para su conocimiento y efectos.
Madrid, 24 de septiembre de 1999.-El Director, Javier Goizueta Sánchez.
3920.62.19.90 8518.29.20.20
3920.62.90.90 8518.29.80.30
7104.10.00.10 8536.50.80.94
7104.10.00.90 9031.80.39.20
8 880
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