El Tribunal Constitucional, por providencia de 15 de septiembre actual, ha admitido a trámite el recurso de inconstitucionalidad número 3.547/1999, promovido por el Presidente del Gobierno, contra los artículos 217; 220.2, salvo el inciso relativo a vertidos al mar; 224.1.a), y 228.3.a) de la Ley 9/1999, de 13 de mayo, de Ordenación del Territorio de Canarias. Y se hace constar que por el Presidente del Gobierno se ha invocado el artículo 161.2 de la Constitución, lo que produce la suspensión de la vigencia y aplicación de los preceptos impugnados desde la fecha de interposición del recurso -5 de agosto de 1999- para las partes del proceso y desde la publicación del correspondiente edicto en el «Boletín Oficial del Estado» para los terceros.
Madrid, 15 de septiembre de 1999.-El Presidente del Tribunal Constitucional,
CRUZ VILLALÓN
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