El Tribunal Constitucional, por providencia de 1 de junio actual, ha admitido a trámite la cuestión de inconstitucionalidad número 2096/99, planteada por la Sección Quince de la Audiencia Provincial de Barcelona, respecto del artículo 38.1, párrafo tercero, de la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres, en la redacción dada por la Ley 13/1996, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, por posible infracción de los artículos 24.1 y 117.3 de la Constitución.
Madrid a 1 de junio de 1999.-El Secretario de Justicia.-Firmado y rubricado.
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