Advertidos errores en el texto de la Orden de 4 de marzo de 1998, por la que se introducen modificaciones en las Órdenes de 8 de abril de 1997 y de 12 de julio de 1993, por las que se establecieron normas de gestión en relación con los impuestos especiales de fabricación, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 66, de 18 de marzo de 1998, se procede a efectuar las oportunas rectificaciones:
En la línea 7 de la página 9248, donde dice: «Los modelos 554, 555, 557, 570 y 580», incluir entre 557 y 570: «558».
En la página 9250, en los códigos de las Oficinas Gestoras de Impuestos Especiales: sustituir Coruña (La) y Orense por: «A Coruña» y «Ourense», respectivamente.
En la página 9266, apartado 5) Detalle de las operaciones por las que se solicita la devolución, en la línea 13: donde dice: «acopañamiento», debe decir: «acompañamiento».
En la página 9267, en Impuestos sobre el Alcohol y Bebidas Alcohólicas, clase de producto, en la línea 6: Donde dice: «volumétrimo», debe decir: «volumétrico».
Idem en la página 9271 y 9275.
En la página 9274, en las instrucciones del modelo 508, el apartado 2 Devengo, pasa a ser el apartado 3, y el apartado 3 Identificación, pasa a ser el apartado 2, tal y como figura en dicho modelo.
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