El Tribunal Constitucional, por auto de 18 de febrero actual, ha acordado declarar extinguida la cuestión de inconstitucionalidad número 1.115/1997, que fue planteada por la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Castellón, respecto del artículo 1.2 de la Ley sobre Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos a Motor, así como los apartados 1 y 7 del número primero, en sus dos primeros incisos de su anexo, según la redacción resultante de la disposición adicional octava de la Ley 30/1995, de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados, cuya admisión a trámite se publicó en el «Boletín Oficial del Estado» de 13 de junio de 1997.
Madrid, 18 de febrero de 1998.-El Secretario de Justicia.
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