El Tribunal Constitucional, por providencia de 25 de noviembre actual, ha admitido a trámite la cuestión de inconstitucionalidad número 4.162/1998, planteada por el Juzgado de lo Penal número 4 de Las Palmas de Gran Canaria, respecto del artículo 403, párrafo primero, inciso segundo, del Código Penal, aprobado por la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, por su posible contradicción con los artículos 9.3, 22.1, 25 y 36 de la Constitución.
Madrid, 24 de noviembre de 1998.-
El Secretario de Justicia.
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