El Tribunal Constitucional, por Auto de 14 de octubre de 1998, ha acordado mantener la suspensión del artículo 1 de la Ley de Cantabria 1/1998, de 6 de febrero, de Regularización del Personal Laboral Temporal e Interino de la Administración de la Diputación Regional de Cantabria, que había sido decretado en el recurso de inconstitucionalidad número 2.115/1998, promovido por el Presidente del Gobierno, quien había invocado el artículo 161.2 de la Constitución, y cuya suspensión se había publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de 26 de mayo de 1998.
Madrid, 14 de octubre de 1998.-
El Presidente del Tribunal Constitucional,
RODRÍGUEZ BEREIJO
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